ORDEN EMC/1595/2024, de 17 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo de 10 de diciembre de 2024, del Gobierno de Aragón, por el que se sustituye el título de Master Universitario en Ingeniería Telecomunicación (código RUCT 4314706) de la Universidad de Zaragoza, a partir del curso académico 2024-2025, por el título oficial de igual denominación (código RUCT 3500352) y se autoriza su extinción.
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Con fecha 10 de diciembre de 2024, el Gobierno de Aragón adoptó el acuerdo por el que se autoriza la extinción del título de Master Universitario en Ingeniería de Telecomunicación, con código RUCT 4314706, a partir del curso académico 2024-2025, habiendo sido solicitada por la Universidad de Zaragoza y habiendo sido sustituido dicho título oficial por otro de igual denominación con código RUCT 3500352.
De conformidad con el apartado segundo del citado acuerdo, éste debe ser publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".
En su virtud, resuelvo:
Ordenar la publicación del referido acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón" cuyo texto figura como anexo.
Zaragoza, 17 de diciembre de 2024.
La Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades,
CLAUDIA PÉREZ FORNIÉS
ANEXO
ACUERDO DE 10 DE DICIEMBRE DE 2024, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE SUSTITUYE EL TÍTULO DE MASTER UNIVERSITARIO EN INGENIERÍA TELECOMUNICACIÓN (CÓDIGO RUCT 4314706) DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, A PARTIR DEL CURSO ACADÉMICO 2024-2025, POR EL TÍTULO OFICIAL DE IGUAL DENOMINACIÓN (CÓDIGO RUCT 3500352) Y SE AUTORIZA SU EXTINCIÓN
La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.
Mediante el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, corresponden al Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades las competencias en materia de universidades atribuidas al anterior Departamento de Educación, Ciencia y Universidades. El Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, integra en el Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades a la Dirección General de Universidades.
Al amparo de esa competencia, y en aplicación de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, corresponde al Gobierno de Aragón la competencia para autorizar la implantación, modificación y supresión de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
El marco jurídico descrito se completa a su vez, con el Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 72/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón.
El 29 de agosto de 2014, el Gobierno de Aragón adoptó el Acuerdo por el que se autorizó la implantación del título de Master Universitario en Ingeniería de Telecomunicación por la Universidad de Zaragoza a partir del curso académico 2014-2015, (publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 188, de 24 de septiembre de 2014), conforme a su plan de estudios verificado, y se inscribió en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) con el código 4314706.
Posteriormente, la Universidad de Zaragoza solicitó la implantación de un nuevo título con la misma denominación, pero con un plan de estudios distinto, siendo autorizada mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón de 19 de junio de 2024, ("Boletín Oficial de Aragón", número 135, de 12 de julio de 2024), dando lugar a una nueva inscripción del título en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, conforme a su nuevo plan de estudios, con el código 3500352, con efectos a partir del curso académico 2024-2025.
El artículo 15 del Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón regula el procedimiento de extinción de títulos universitarios oficiales a instancia de la universidad responsable, señalando que dicha solicitud deberá ser razonada, incluirá las causas de la extinción y las medidas específicas adoptadas para garantizar los derechos académicos de quienes se encuentren cursando dichos estudios, el curso académico a partir del cual se iniciará el proceso de extinción, cronograma del mismo, y se acompañará del acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad en el que se propone solicitar al Gobierno de Aragón la autorización de extinción, incluyendo los mecanismos específicos establecidos para garantizar la finalización de estudios al alumnado que, con un aprovechamiento académico suficiente, los hubieran iniciado; del acuerdo del Consejo Social de la Universidad por el que se informa favorablemente la propuesta de solicitud de extinción de la titulación y del convenio suscrito por las universidades participantes en caso de estudios conjuntos.
Recibida la solicitud, la Dirección General competente en materia de universidades requerirá informe preceptivo de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón en el que se valorarán las causas de la extinción y la adopción de medidas específicas para garantizar los derechos académicos del estudiantado.
Una vez concluida la tramitación del procedimiento y a la vista del informe de la Agencia, el departamento competente en materia de enseñanza universitaria elevará propuesta al Gobierno de Aragón para que proceda a dictar el acuerdo de extinción correspondiente.
En este contexto, con fecha 9 de octubre de 2024, la Universidad de Zaragoza formula solicitud de extinción del título de Master Universitario en Ingeniería de Telecomunicación por la Universidad de Zaragoza, con código RUCT 4314706, a partir del curso académico 2024-2025, adjuntando certificados acreditativos de los acuerdos adoptados en su Consejo de Gobierno y en su Consejo Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón.
En relación con las medidas adoptadas para garantizar los derechos académicos de los estudiantes, en el certificado acreditativo de la sesión de 27 de septiembre de 2024 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, consta que dicho órgano acuerda que el estudiantado matriculado en el curso 2023-2024 en dicho título de acuerdo al plan que se extingue, y que no haya finalizado sus estudios, con objeto de que pueda finalizarlos, dispondrá de la posibilidad de matrícula sin docencia en los dos cursos siguientes, es decir 2024-2025 y 2025-2026, en las asignaturas no superadas.
Por otro lado, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 15 del citado Reglamento, la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón emite, con fecha 7 de noviembre de 2024, informe favorable a la solicitud de extinción del título de Master Universitario en Ingeniería de Telecomunicación inscrito con código RUCT 4314706.
De acuerdo con el procedimiento descrito, el 20 de noviembre de 2024 se emite por la Dirección General de Universidades un informe propuesta en el cual se señala que, tras examinar la solicitud recibida y la documentación presentada, se constata que obra en el expediente la documentación necesaria para resolver el procedimiento y se informa favorablemente la elevación de la propuesta para que se dicte el correspondiente Acuerdo del Gobierno de Aragón de autorización para la extinción de las enseñanzas.
Según se ha indicado anteriormente, de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, determina que una vez concluida la tramitación, el departamento competente en materia de enseñanza universitaria elevará propuesta al Gobierno de Aragón para que proceda a dictar el Acuerdo.
En virtud de cuanto antecede, a propuesta de la Consejera de Empleo, Ciencia, y Universidades, y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 10 de diciembre de 2024 adopta el siguiente Acuerdo:
Primero.- Autorizar la extinción del título de Master Universitario en Ingeniería de Telecomunicación, con código RUCT 4314706, a partir del curso académico 2024-2025, habiendo sido solicitada por la Universidad de Zaragoza y habiendo sido sustituido dicho título oficial por otro de igual denominación con código RUCT 3500352.
Segundo.- Este Acuerdo producirá sus efectos desde la fecha de su adopción y será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" y trasladado al Registro de Universidades, Centros y Títulos.