ORDEN FOM/1586/2024, de 16 de diciembre, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Gúdar para la concertación de una operación de crédito a largo plazo, con la Caja Rural de Teruel, por importe de ochenta y cinco mil euros (85.000 euros) y destino a la financiación de inversiones previstas en el presupuesto municipal de 2024.

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Examinada la solicitud del Ayuntamiento de Gúdar de autorización de una operación de crédito a largo plazo y resultando que:


Primero.- El Pleno de ese Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2024, aprobó la concertación de la operación de crédito con la Caja Rural de Teruel, por importe de ochenta y cinco mil euros (85.000 euros), con un plazo de amortización de dos años, con una carencia de 6 meses y destinado a financiar la construcción de cuatro viviendas en Gúdar.


Segundo.- El Ayuntamiento de Gúdar dispone de Presupuesto aprobado para el ejercicio de 2024, en el que se ha incluido la operación de crédito a través de la modificación presupuestaria número 2/2024, cuya aprobación definitiva se publicó en el "Boletín Oficial de la Provincia de Teruel", con fecha 2 de diciembre de 2024, cumpliendo lo preceptuado en el artículo 50 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.


Tercero.- El ahorro neto del Ayuntamiento de Gúdar, conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1 TRLHL y la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, asciende a 48.476,47 euros y representa el 21,66 % sobre los ingresos corrientes liquidados del Presupuesto de 2023, según cálculo efectuado por dicho Ayuntamiento, siendo por lo tanto de signo positivo.


Cuarto.- El volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo, incluidas las operaciones proyectadas, representa el 95,57 por 100 de los ingresos corrientes consolidados liquidados en el ejercicio de 2023, según cálculo realizado por el mismo Ayuntamiento conforme al artículo 53.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.


Quinto.- El Presupuesto del ejercicio 2023 ha sido liquidado con un remanente de tesorería para gastos generales de signo positivo cuyo importe asciende a 35.966,46 euros.


Sexto.- El periodo medio de pago de la entidad local del tercer trimestre de 2024, se sitúa en 9,50 días, según certificado emitido por el Secretario interventor.


Séptimo.- El Ayuntamiento de Gúdar no cumple estabilidad presupuestaria en la liquidación del presupuesto del ejercicio 2023, con una necesidad de financiación de 113.841,34 euros.


Considerando que:


Primero.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 a 55 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, según la documentación aportada por el mismo, puede concertar operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de sus inversiones.


Segundo.- La disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, establece la posibilidad de que las Entidades locales que liquiden el ejercicio inmediato anterior con ahorro neto positivo y un volumen de endeudamiento que, excediendo del 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados, no supere al establecido en el artículo 53 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, es decir, el 110% de dichos recursos, puedan concertar operaciones de endeudamiento previa autorización del órgano competente que tenga atribuida la tutela financiera de las entidades locales.


Tercero.- Que, de los resultados de los ingresos corrientes reflejados en la última liquidación presupuestaria del año 2023, resulta un ahorro neto positivo del 21,66% y el volumen del capital vivo de las operaciones vigentes a corto y largo plazo, incluyendo el importe de la operación proyectada, representa el 95,57% de los ingresos corrientes consolidados liquidados en el ejercicio de 2023; el Ayuntamiento de Gúdar, en aplicación de la normativa señalada, precisa autorización para concertar la operación de crédito, por un importe de 85.000 , con destino a la financiación de inversiones del presupuesto municipal de 2024.


Cuarto.- Que conforme a lo previsto en los artículos 114 del Estatuto de Autonomía de Aragón y 53 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, corresponde al Gobierno de Aragón la autorización de dicha operación de crédito, en ejercicio de su competencia para velar por los intereses financieros de los Entes Locales de su territorio.


Vistos el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; la Ley Orgánica 5/2007, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público; la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales, y demás disposiciones de aplicación.


El Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial, en ejercicio de las facultades atribuidas por Decreto 11/2024, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística, y su reorganización posterior como Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial por Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Gúdar la concertación de una operación de crédito a largo plazo con la Caja Rural de Teruel, por importe ochenta y cinco mil euros (85.000 euros), con un plazo de amortización de dos años, con seis meses de carencia con destino a la financiación de inversiones previstas en el presupuesto municipal de 2024.


Zaragoza, 16 diciembre de 2024.


El Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial,


OCTAVIO ADOLFO LÓPEZ Rodríguez

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