ORDEN HAP/1466/2024, de 19 de noviembre, por la que se dispone la inscripción de la modificación de los Estatutos del Colegio de Enfermería de Zaragoza en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón y su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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Los Estatutos del Colegio de Enfermería de Zaragoza fueron inscritos en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón mediante Orden 6 de junio de 2005 del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales ("Boletín Oficial de Aragón", número 73, de 20 de junio de 2005).


El artículo 19 de la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón, establece que los Colegios Profesionales de Aragón gozarán de autonomía para la aprobación y modificación de sus estatutos, con las limitaciones que establezca el ordenamiento jurídico. Los estatutos aprobados y, en su caso, sus modificaciones serán remitidos por el Colegio al Departamento correspondiente del Gobierno de Aragón, cuyo titular, previa calificación de legalidad por el órgano competente del Departamento, ordenará su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón y su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


El Colegio de Enfermería de Zaragoza, en Asamblea General celebrada el 1 de junio de 2022, de acuerdo al procedimiento establecido a tal efecto en sus estatutos, aprobó una modificación de los Estatutos afectando a la práctica totalidad de los mismos.


El Decreto 158/2002, de 30 de abril, por el que se regulan los procedimientos para la creación de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, y la organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, determina el procedimiento que debe observarse para la inscripción de la modificación de los estatutos en el Registro en el artículo 3 por remisión del artículo 8.2.


Según dicho procedimiento, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 4, de 9 de enero de 2023, mediante Resolución de la entonces Directora General de Interior y Emergencias se sometió a información pública el citado texto de modificación estatutaria, sin que se recibieran alegaciones.


Asimismo, se solicitó informe tanto a los Colegios Oficiales de Enfermería de Huesca y Teruel, quienes no manifestaron alegaciones.


Igualmente, se solicitó informe al Departamento de Sanidad quien lo emitió en fecha 2 de junio de 2023.


Posteriormente en fecha 26 de mayo de 2023, el Colegio presentó nuevo texto estatutario con algunas modificaciones, tras informe del Consejo General de Enfermería. El texto fue nuevamente sometido a información pública en el "Boletín Oficial de Aragón", número 224, de 21 de noviembre de 2023, recibiéndose varias alegaciones, que fueron remitidas al Colegio para su valoración.


De conformidad con lo previsto en el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, corresponden al Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública el ejercicio de las competencias en materia de Colegios Profesionales cuyo ámbito territorial esté comprendido en la Comunidad Autónoma de Aragón.


En aplicación del procedimiento previsto en el artículo 8 del citado Decreto 158/2002, de 30 de abril, la Dirección General de Interior y Emergencias, como órgano competente del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública ha informado favorablemente sobre la legalidad de la modificación de los estatutos incorporada a la tramitación del procedimiento, tal y como consta en el expediente.


Por cuanto antecede, en virtud de la competencia atribuida al titular del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública en el artículo 19.2 de la Ley de Colegios Profesionales de Aragón, dispongo:


Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Aragón de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de Zaragoza.


Segundo.- Se adjunta como anexo a la presente Orden, la redacción definitiva de los estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de Zaragoza.


Tercero.- La presente Orden con sus Estatutos anexos se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.


Zaragoza, 19 de noviembre de 2024.


El Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública,


ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

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