ORDEN EMC/1438/2024, de 18 de noviembre, por la que se acuerda la distribución definitiva de los créditos presupuestarios previstos en la Orden EEI/716/2024, de 21 de junio, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones destinadas a los programas experienciales de empleo y formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
El apartado décimo de la Orden EEI/716/2024, de 21 de junio, por la que se convocan para el año 2024, las subvenciones destinadas a los programas experienciales de empleo y formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón relativo al presupuesto y financiación de los programas subvencionables, establece:
1. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a veinticuatro millones seiscientos cinco mil cuatrocientos setenta con veintiocho céntimos (24.605.470,28 euros), que se distribuye con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Instituto Aragonés de Empleo, durante las anualidades que se indican:
2. El importe total del presupuesto de la convocatoria de distribuirá de la siguiente forma, por tipo de programa y tipología de entidad:
a) A los programas experienciales de empleo y formación de carácter general y a los específicos para personas emprendedoras, financiados por fondos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales a la Comunidad Autónoma de Aragón (fondo 33004), se destinarán un total de 21.405.192,52 euros, de los cuales 17.187.230,92 euros se destinarán a financiar proyectos promovidos por entidades públicas (organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas) y 4.217.961,60 euros se destinarán a financiar los proyectos promovidos por entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin fines lucrativos).
b) A los programas experienciales de empleo y formación para personas menores de treinta años, cuyas subvenciones están incluidas dentro del Programa FSE+ Aragón 2021-2027 y, por tanto, están financiadas en un 60% por fondos propios del Gobierno de Aragón y en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus, de conformidad con lo establecido en los artículos 108.2 c) y 112.3 e) del RDC, se destinará un total de 3.200.277,76 euros de los cuales 883.341,88 euros se destinarán a financiar proyectos promovidos por entidades públicas (organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas) y 2.316.935,88 euros se destinarán a financiar los proyectos promovidos por entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin fines lucrativos).
3. Dentro de cada grupo de programas, en caso de que no se llegara a agotar el crédito previsto para cada tipología de entidad, el crédito sobrante podrá aplicarse a financiar la otra. En todo caso, los créditos con fondos financiadores 11202 y 91001 del FSE+, sólo se utilizarán para financiar proyectos experienciales de empleo y formación específicos para menores de 30 años y los créditos con fondo financiador 33004 de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, sólo se utilizarán para la financiación de proyectos experienciales de empleo y formación de carácter general y los específicos para personas emprendedoras.
4. La distribución de los créditos por partidas presupuestarias tiene carácter estimativo y su alteración no precisará de nueva convocatoria. En ese caso, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 58.4 y 5 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, será preciso que el órgano concedente proceda a la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver."
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y vistos los cuatro informes finales de valoración, de acuerdo con lo previsto en el en el artículo 27 puntos 2 y 3 de la Orden EPE/1116/2022, de 18 de julio, por la que desarrollan los programas experienciales de empleo y formación y se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones de dicho programa, que figuran como anexos I al IV del acta de la Comisión de valoración celebrada el 2 de octubre de 2024, resulta lo siguiente de acuerdo con el referido apartado décimo de la orden de convocatoria:
a) Presupuesto previsto para programas experienciales de empleo y formación de carácter general y específicos para personas emprendedoras, promovidos por entidades públicas.
Las subvenciones destinadas a los proyectos a realizar por beneficiarios cuya naturaleza jurídica es de "Corporaciones Locales" (partida presupuestaria 51014 G/3221/460046/33004) han resultado ser superiores en el ejercicio 2024 a la cuantía prevista en la convocatoria. Asimismo, los proyectos a realizar por beneficiarios cuya naturaleza jurídica es de "Organismos Autónomos del Gobierno de Aragón" (partida presupuestaria 51014 G/3221/410025/33004) ha resultado ser inferior a la cuantía prevista inicialmente para este tipo de beneficiarios.
Procedería por ello el siguiente ajuste:
b) Presupuesto previsto para programas experienciales de empleo y formación de carácter general y específicos para personas emprendedoras, promovidos por entidades privadas.
Las subvenciones destinadas a estos proyectos a realizar por beneficiarios cuya naturaleza jurídica es de "Entidades sin ánimo de lucro" (partida presupuestaria 51014 G/3221/480145/33004) han resultado ser superiores en el ejercicio 2024 a la cuantía prevista en la convocatoria.
Procedería por ello el siguiente ajuste:
c) Presupuesto previsto para programas experienciales de empleo específicos para personas menores de treinta años, promovidos por entidades públicas y presupuesto previsto para programas experienciales de empleo específicos para personas menores de treinta años, promovidos por entidades privadas.
Las subvenciones destinadas a los proyectos a realizar por beneficiarios cuya naturaleza jurídica es de "Entidades sin ánimo de lucro" (partidas presupuestarias 51014 G/3221/480145/11202 y 51014 G/3221/480145/91001) y por beneficiarios cuya naturaleza jurídica es de "Corporaciones Locales" (partidas presupuestarias 51014 G/3221/460046/11202 y 51014 G/3221/460046/91001), han resultado ser superiores a la cuantía prevista en la convocatoria. Por el contrario, las subvenciones destinadas a proyectos a desarrollar por beneficiarios cuya naturaleza jurídica es de "Empresas públicas y otros entes públicos" (partidas presupuestarias 51014 G/3221/440278/11202 y 51014 G/3221/440278/91001) han resultado ser inferiores a la cuantía prevista inicialmente para este tipo de beneficiarios.
En virtud del punto 3 del apartado décimo de la convocatoria, que establece que "Dentro de cada grupo de programas, en caso de que no se llegara a agotar el crédito previsto para cada tipología de entidad, el crédito sobrante podrá aplicarse a financiar la otra. En todo caso, los créditos con fondos financiadores 11202 y 91001 del FSE+, sólo se utilizarán para financiar proyectos experienciales de empleo y formación específicos para menores de 30 años y los créditos con fondo financiador 33004 de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, sólo se utilizarán para la financiación de proyectos experienciales de empleo y formación de carácter general y los específicos para personas emprendedoras", procedería el siguiente ajuste:
Por lo tanto, en resumen, es necesario adaptar las partidas presupuestarias y anualidades previstas en la convocatoria a la tipología de entidades que serán perceptoras de la subvención, y al programa al que concurren, que tiene su fondo financiador correspondiente. Por ello, procede realizar en el presupuesto de la convocatoria los siguientes ajustes, de acuerdo con lo establecido en los apartados 4 y 5 del artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y visto el apartado décimo de la Orden EEI/716/2024, de 21 de junio:
Esta modificación en la distribución del presupuesto de la convocatoria mediante los necesarios documentos de ajuste, no supone un incremento sobre el gasto total plurianual ni compromisos en anualidad distinta a la inicialmente autorizada, si bien, el reajuste requerirá con carácter previo el informe de la Dirección General de Presupuestos y su autorización por el órgano competente para su aprobación, de acuerdo con el artículo 15.4 de la Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
En consecuencia, vistos los informes favorables de la Intervención Delegada en relación con los documentos de redistribución de los créditos de la convocatoria, y de conformidad con lo establecido en los apartados 4 y 5 del artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y visto el apartado tercero de la Orden EEI/716/2024, de 21 de junio, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico como Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades, por el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, dispongo:
Primero.- Modificar, tras la adopción del Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 13 de noviembre de 2024 por el que se autoriza la modificación de la distribución temporal del gasto, la distribución de los créditos presupuestarios previstos en la Orden EEI/716/2024, de 21 de junio, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones destinadas a los programas experienciales de empleo y formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, de forma que el presupuesto y financiación de los programas subvencionables queda distribuido en las siguientes aplicaciones presupuestarias y anualidades:
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Tercero.- La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 18 de noviembre de 2024.
La Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades.
CLAUDIA PÉREZ FORNIÉS