RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2024, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del proyecto de planta de tratamiento de residuos no peligrosos promovido por Recuperaciones Navarro Garrido SL en el paraje Los Arcos, polígono 12, parcela 45, de Calatayud (Zaragoza), (Número de expediente: INAGA 500301/01/2022/11278).

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Tipo de procedimiento: Evaluación de impacto ambiental simplificada para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria (grupo 9.b del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio).


1. Descripción básica, características y ubicación del proyecto presentado


1.1. Actividad


La empresa Recuperaciones Navarro Garrido SL, es titular de un centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil (CAT) en el paraje Los Arcos, polígono 12, parcela 45, de Calatayud (Zaragoza). La capacidad de tratamiento autorizada actualmente es de 600 t/año, correspondiente aproximadamente a unos 500 vehículos por año.


Esta actividad ya cuenta con la autorización previa del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental otorgada por Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental de 3 de julio de 2017 (Exp. INAGA 50303/15.2016/9492), modificada por la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental de 22 de noviembre de 2018 (Exp INAGA 50303/15.2018/6062). La efectividad de la autorización data del 19 de noviembre de 2018, siéndole asignados los números AR/CAT-186 a la instalación y el AR/CATO-22 como operador.


La empresa pretende ampliar su Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT) pasando de 600 t/año (500 vehículos/año) a 2.329,75 t/año, además de incluir nueva tipos de VFVU, los cuales, según consta en el documento ambiental, se pueden desagregar de este modo: 1.500 turismos/año, 20 camiones/año, 60 motos/año y 20 tractores/año


No planea expandir las instalaciones ni ocupar más suelo, por lo que la ampliación se enfocará en mejorar la capacidad de almacenamiento y estiba mediante la incorporación de nuevos soportes y la redistribución de los recintos actuales. El proceso de tratamiento en el CAT seguirá siendo el mismo, pero se reorganizarán las zonas destinadas a cada fase y se aumentará la capacidad de almacenamiento para recibir más vehículos.


Además de ampliar la gestión de VFVU del CAT, la empresa pretende realizar una nueva actividad de recepción, clasificación, almacenamiento temporal y entrega a gestor autorizado de residuos metálicos no peligrosos con una capacidad máxima de 1.000 t/año.


1.2. Alternativas propuestas por el promotor y justificación dada a la alternativa seleccionada


Para seleccionar la alternativa más viable el promotor ha considerado en el documento ambiental presentado aspectos medioambientales de localización, técnicos y económicos. Este ha analizado dos opciones:


a) Alternativa 0: No realizar la ampliación.


- Ventajas: No se generan nuevos impactos ambientales.


- Desventajas: No se mejora el proceso de gestión de residuos, lo que podría contribuir al abandono de residuos en la zona. Además, se pierde la oportunidad de crear empleo local y de mejorar el servicio de gestión de residuos.


b) Alternativa 1: Ampliación de la producción y tipología de residuos (Alternativa escogida).


- Se descarta la reubicación porque la parcela actual ya cuenta con los servicios e instalaciones necesarias y cumple con la normativa vigente.


- La ubicación actual minimiza el impacto visual, ofrece buenos accesos y tiene el espacio suficiente para la ampliación.


- La gestión adecuada de los residuos peligrosos generados garantiza que no haya riesgos para el medio ambiente.


- La ampliación permitirá gestionar residuos no peligrosos evitando su abandono.


Esta alternativa maximiza los beneficios socioeconómicos y mejora la gestión ambiental de la zona.


1.3. Ubicación.


Paraje Los Arcos, polígono 12, parcela 45, Calatayud (Zaragoza).


NIMA: 5000063847.


Coordenadas UTM (HUSO 30): X: 614.956 Y: 4.580.856.


Referencia catastral: 50067A012000450000WK.


1.4. Descripción del proyecto.


1.4.1. Residuos gestionados en la instalación.


Se solicita ampliar la capacidad de tratamiento de VFVU en el CAT alcanzándose las 2.297,75 t/año, incluyéndose nuevas tipologías, aparte de turismos, como camiones, motos y tractores. Por lo tanto, la previsión de ampliación de vehículos fuera de uso (VFU) de este desguace se estima por parte del promotor en:


- 1.500 turismos/año 1.800 t/año.


- 20 camiones/año 425 t/año.


- 60 motos/año 12,75 t/año.


- 20 tractores/año 60 t/año.


Tipología de residuos de la actividad de CAT con sus respectivos códigos LER_VEH:


- 16 01 04* 10 Automóviles al final de su vida útil.


- 16 01 04* 20 Vehículos al final de su vida útil no incluidos en el LER 16 01 04* 10.


- 16 01 04* 90 Otros medios de transporte autopropulsados.


Además, como nueva actividad y con una capacidad de 1.000 t/año, se pretende realizar la recepción, clasificación, almacenamiento temporal y entrega a gestor autorizado de los residuos metálicos no peligrosos que se describen a continuación:


- 12 01 01 Limaduras y virutas de metales férreos.


- 12 01 03 Limaduras y virutas de metales no férreos.


- 15 01 04 Envases metálicos.


- 16 01 17 Metales férreos.


- 16 01 18 Metales no férreos.


- 17 04 01 Cobre, bronce, latón.


- 17 04 02 Aluminio.


- 17 04 03 Plomo.


- 17 04 04 Zinc.


- 17 04 05 Hierro y acero.


- 17 04 06 Estaño.


- 17 04 07 Metales mezclados.


- 19 10 01 Residuos de hierro y acero.


- 19 10 02 Residuos no férreos.


- 19 12 02 Metales férreos.


1.4.2. Transporte de residuos.


En el documento ambiental no se hace referencia específica al transporte de los residuos. La información disponible se enfoca principalmente en la gestión, almacenamiento y tratamiento de los residuos, pero no se menciona cómo se transportan los residuos desde o hacia la instalación.


1.4.3. Gestión y almacenamiento de los residuos.


El proceso de gestión de residuos en el Centro de Almacenamiento y Transferencia (CAT) se mantiene sin cambios, exceptuando la redistribución de las zonas de trabajo. El proceso inicia con la recepción del vehículo en la zona designada, donde se verifica la documentación y se tramita la baja del vehículo.


Posteriormente, el vehículo se traslada a la nave de descontaminación, despiece y almacén. En esta fase se extraen y separan los residuos peligrosos y no peligrosos, los cuales se almacenan en recipientes específicos para su posterior gestión por un gestor autorizado. Los neumáticos fuera de uso se almacenan en un área exterior techada, destinada específicamente a este tipo de residuo, mientras que el resto de los materiales recuperables se conservan en la misma nave.


Finalmente, los vehículos descontaminados se almacenan en una zona exterior hasta que son compactados en las propias instalaciones mediante una compactadora móvil que se desplaza al centro.


La instalación cuenta con diversos contenedores y recipientes diseñados para la correcta gestión y almacenamiento de los residuos generados. Entre ellos se incluyen:


- Contenedores de 1 m³ para baterías, catalizadores, envases metálicos y plásticos contaminados, trapos impregnados, y otros residuos específicos.


- Bidones de PVC de 100 litros para componentes que contienen mercurio y sepiolita.


- Recipientes de 200 litros para filtros de aceite y de 300 unidades para filtros de combustible.


- Contenedores cerrados metálicos para gasoil y líquido de frenos, con cubetos antiderrames.


- Recipientes a presión para la retirada de fluidos de aire acondicionado (CFC-12 y CFC-134).


Los envases están sellados, fabricados en materiales adecuados y etiquetados con códigos identificativos y pictogramas de riesgos. Además, los residuos peligrosos se almacenan en recipientes estancos, colocados en cubetos para controlar posibles vertidos accidentales. La zona de almacenamiento está protegida contra la intemperie y señalizada, con una separación física de residuos incompatibles. El tiempo de almacenamiento de los residuos peligrosos en la instalación no excede de seis meses.


Por otro lado, los residuos metálicos no peligrosos llegan a las instalaciones de Recuperaciones Navarro Garrido SL, a través del productor de los residuos o del dueño de estos con sus propios medios.


Según se continúa indicando en la memoria ambiental, una vez que los residuos entren en las instalaciones se procederá a registrar su entrada, verificando los datos declarados por el productor y completando los datos que correspondan. Posteriormente se realizará una clasificación somera de los distintos tipos de residuos metálicos que reciba, según la naturaleza de estos y sus dimensiones, para almacenarlos en la zona habilitada para ello.


La instalación también dispone de un sistema de separación de hidrocarburos compuesto por tres cámaras: un decantador-desarenador, una célula coalescente, y una cámara de retención de hidrocarburos, asegurando el cumplimiento de las normativas UNE-EN y certificaciones de calidad.


1.4.4. Instalaciones.


Descripción de la Instalación.


La instalación en cuestión no amplía su superficie actual, sino que reorganiza las actividades dentro de un perímetro existente de 5.079,75 m². Las zonas principales incluyen: zona de recepción de vehículos (285 m²), una nave para descontaminación y despiece (432,80 m²), zonas de almacenamiento para piezas y neumáticos fuera de uso (30 m² y 80 m², respectivamente), una amplia zona para vehículos descontaminados (2.787,95 m²), y una zona de chatarra de 389 m². Además, cuenta con áreas dedicadas a la compactación de vehículos (732 m²), oficinas y almacenes (343 m²). Toda la superficie de la instalación está hormigonada o equipada con solera impermeable y sistemas para la recogida de líquidos, cumpliendo con las normativas vigentes de gestión de residuos.


Justificación del Cumplimiento del Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre vehículos al final de su vida útil.


Según el promotor se dispone de una nave cubierta de 432,80 m² con pavimento impermeable y sistemas de recogida de derrames para la descontaminación y almacenamiento de componentes con residuos peligrosos. Además, existe una zona específica cubierta de 80 m² para neumáticos usados, equipada con medidas contra incendios y prevención de riesgos. La instalación está diseñada para gestionar adecuadamente los residuos y cuenta con sistemas de tratamiento de aguas y separación de hidrocarburos, garantizando la conformidad con las regulaciones sanitarias y medioambientales.


1.4.5. Residuos generados en los procesos de tratamiento.


Como se solicita triplicar la cantidad de turismos a descontaminar, además de añadirse nuevas tipologías de vehículos (camiones, motos y tractores), se estima que la cantidad de residuos peligrosos y no peligrosos derivados de este proceso en cuantía anual se ampliará también, siendo la cantidad estimada por el promotor la siguiente:


Se prevén generar en la actividad de CAT 2.601,76 t/año de residuos, 2.490,32 t/año de residuos no peligrosos y unos 111,44 t/año de residuos peligrosos (incluidas 2.444,24 t/año de vehículos fuera de uso descontaminados).


En la memoria ambiental presentada se ha identificado un desfase en el flujo de residuo de salida de la actividad de CAT en comparación con la capacidad de tratamiento de Vehículos Fuera de Uso (VFU) declarada por el promotor. En la memoria se indica que en el CAT se generan 111,44 t/año de residuos peligrosos y 2.490,32 t/año de residuos no peligrosos, lo que da 2.601,76 t/año, cuando la capacidad máxima de tratamiento de VFVU indicada por el promotor en la misma es de solo 2.297,75 t/año.


Por otro lado, la lista de residuos generados en la actividad de descontaminación de vehículos presentada en la memoria ambiental, indicada anteriormente, está incompleta. No se incluyen ciertos residuos que sí se mencionan en el apartado de la memoria relativo a la descripción de los almacenamientos de los residuos peligrosos obtenidos en el tratamiento de VFVU, en el que se incluyen detalles sobre los tipos de envases utilizados, la ubicación dentro de la instalación y la superficie o volumen asignado para su almacenamiento hasta la entrega a gestor autorizado. Esta información se deberá completar cuando se haga el proyecto de modificación de la autorización conforme a Ley 7/2022, de 8 de abril.


En el caso de los residuos metálicos no peligrosos que se incorporan a la autorización de la instalación, los residuos que ingresan a la planta son los mismos que salen (1.000 t/año), dado que la única gestión realizada es su almacenamiento y posterior transferencia a un gestor autorizado.


1.4.6. Recursos energéticos, agua.


La energía utilizada en el establecimiento es principalmente energía eléctrica proveniente de la instalación existente destinada a la iluminación y a las tomas de corriente para la maquinaria. No hay referencias a cambios en la potencia eléctrica.


En cuanto al suministro de agua, la parcela cuenta con una conexión a la red de abastecimiento municipal situada en el extremo oeste de la misma. El consumo de agua previsto se destina a los usos higiénicos y sanitarios de los trabajadores, así como a la limpieza de los vehículos de la actividad y de las instalaciones, incluyendo aseos, oficina y nave. La estimación del consumo anual de agua es de 120 m³.


1.4.7. Vertido.


Además de las aguas negras, la empresa genera otros tipos de vertidos líquidos procedentes del lavado de vehículos y de las actividades de desmontaje, así como lixiviados del almacenamiento de chatarra debido a las lluvias.


Para los fluidos peligrosos la extracción se realiza mediante sistemas de bombeo que llevan los fluidos directamente a la zona de almacenamiento de residuos o utilizando unidades móviles o depósitos intermedios. Los vertidos no almacenables directamente se tratan con un separador de hidrocarburos SHRY-80 con bypass, que tiene un volumen total de 1.570 litros y recoge todos los vertidos de las distintas zonas.


El separador de hidrocarburos consta de tres cámaras:


1. Decantador-desarenador.


2. Célula coalescente.


3. Cámara de retención de hidrocarburos.


Según se indica en la memoria ambiental el líquido tratado se acumula en un tanque de 60.000 litros para su posterior gestión por un gestor autorizado. La red de aguas hidrocarburadas recoge todas las aguas que puedan contener aceite, gasolina, gasóleo o restos de hidrocarburos, provenientes de diversas zonas como la nave de descontaminación, la zona de recepción, y otras áreas específicas.


En relación con lo indicado anteriormente, según la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental de autorización del CAT de 3 de julio de 2017, modificada por la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental de 22 de noviembre de 2018 (Exp INAGA 50303/15.2018/6062), la instalación debe contar con la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro de vertido a dominio público hidráulico para las aguas procedentes del decantador-separador, debiéndose entregar a gestor autorizado solo los residuos del separador de HC.


La red de tuberías tiene un diámetro de 160 mm al inicio de cada ramal y de 200 mm después de acumular tres puntos de recogida, con una pendiente del 2%. Las entradas de líquidos se realizan mediante sifones para evitar la salida de gases y toda la red cuenta con arquetas estancas.


La zona de almacenamiento de chatarra también está conectada al separador de hidrocarburos, canalizando los posibles lixiviados. Los vertidos líquidos generados incluyen efluentes sanitarios y aguas pluviales, que pueden arrastrar óxidos o hidrocarburos de la chatarra. Para filtrar el agua antes de su vertido, se utiliza un separador de hidrocarburos y toda la parcela está pavimentada y con las pendientes necesarias para evitar vertidos accidentales.


1.4.8. Equipamiento y maquinaria.


Los únicos equipos y maquinaria disponible en la instalación indicados en el documento ambiental son los siguientes:


- 3 carretillas elevadoras de 60 CV.


- 4 extractores de 250 W.


- 2 extractores de 550 W.


- Herramientas de mano, radiales, taladros, atornilladores, soplete, soldadura.


1.5. Caracterización de la ubicación y entorno de la instalación.


Localización y geografía: La instalación se encuentra en la comarca de la Comunidad de Calatayud, en la provincia de Zaragoza, Aragón, que es una de las más extensas de la región. Está situada en el corazón del Sistema Ibérico, caracterizada por una diversidad geológica e hidrogeológica, con territorios que varían desde zonas yesíferas semidesérticas hasta surgencias de aguas calientes.


Clima: El clima en la comarca es de tipo mediterráneo continentalizado, con características clave como aridez, irregularidad en las lluvias, y contrastes térmicos significativos entre un invierno frío y un verano cálido. El viento dominante es el cierzo, seco y frío, que circula en dirección NW-SE.


El tipo climático específico es "Mediterráneo templado", con un régimen de humedad "Mediterráneo seco".


Geología y geomorfología: La instalación está situada al pie de la ladera sur de la Cordillera Ibérica Zaragozana, en la sierra paleozoica de Vicort. El área presenta formaciones de margas y calizas del Terciario, con materiales paleozoicos como pizarras, cuarcitas, y areniscas. La red fluvial en la zona incluye barrancos de incisión lineal y valles de fondo plano en las áreas de menor pendiente.


Hidrología superficial e hidrogeología: La comarca pertenece principalmente a la cuenca del río Jalón, con la red hidrográfica local dominada por barrancos tributarios del río Perejiles.


Hidrogeológicamente, la instalación se encuentra dentro del Dominio Central-Ibérico, específicamente en la Depresión de Calatayud, dentro de la masa subterránea Manubles-Ribota. Este dominio se caracteriza por macizos paleozoicos con baja permeabilidad, donde los flujos subterráneos están limitados por la topografía local.


Vegetación y flora protegida:


- Vegetación natural: La zona presenta una vegetación característica de ambientes secos, predominando matorrales, espartales, tomillares, y formaciones de coscojares y encinares degradados. Estas comunidades vegetales están adaptadas a las condiciones climáticas y edáficas del entorno.


- Especies protegidas de flora: En el documento ambiental no se mencionan especies de flora protegida en el área de la instalación. Sin embargo, se subraya la importancia de respetar la vegetación autóctona y minimizar el impacto sobre el entorno natural.


Cultivos agrícolas: La comarca tiene un importante componente agrícola, con cultivos de secano como cereales y olivos predominando. En las terrazas irrigadas se cultivan productos hortofrutícolas, destacando la importancia de la agricultura en la economía local.


Fauna:


- Fauna Terrestre: La fauna de la zona es típica de ecosistemas mediterráneos áridos. Incluye especies de mamíferos como conejos y zorros, reptiles como lagartos y culebras, y una diversidad de aves esteparias y rapaces.


- Especies Protegidas: La documentación entregada no detalla especies protegidas de fauna en el área directa de la instalación, pero se hace referencia a la necesidad de evaluar y proteger cualquier hábitat sensible presente en la zona.


Espacios de interés y ámbitos de protección:


- Espacios naturales protegidos: La instalación no está ubicada dentro de ningún espacio natural protegido específico, pero se encuentran áreas de interés ecológico en la comarca que podrían verse afectadas por el proyecto.


- Ámbitos de protección de especies: La zona podría estar influenciada por áreas críticas para la conservación de especies protegidas, especialmente en relación con las aves esteparias y rapaces, que tienen hábitats en las cercanías.


Paisaje: Caracterización del paisaje: El paisaje en el área es de carácter rural y natural, con predominancia de laderas y terrenos áridos, junto a áreas cultivadas. La visibilidad de la instalación desde los puntos más elevados de la comarca es baja, lo que minimiza su impacto visual.


Medio Socioeconómico:


- Actividades Económicas: La economía local está basada en la agricultura de secano y regadío, junto a pequeñas actividades industriales y de servicios. La instalación de gestión de residuos podría tener implicaciones en el empleo local y en la economía, particularmente en sectores relacionados con la agricultura.


- Usos del Suelo: Predomina el uso agrícola del suelo, con una combinación de cultivos de secano y regadío. Los usos industriales son limitados y están concentrados en áreas específicas, generalmente cerca de núcleos de población.


Patrimonio y Figuras de Protección: No se mencionan específicamente figuras de protección directa sobre la instalación, pero se resalta la necesidad de tener en cuenta cualquier normativa de protección cultural y ambiental vigente.


Vías Pecuarias: La comarca cuenta con una red de vías pecuarias que son importantes para la ganadería y la conectividad ecológica. Se debe considerar su trazado para evitar impactos negativos derivados de la actividad de la instalación.


2. Tramitación del expediente.


2.1. Información pública y consultas preceptivas.


Con fecha 22 de noviembre de 2023 se realizan las consultas preceptivas a los siguientes organismos:


- Dirección General de Movilidad e Infraestructuras (Carreteras).


- Asociación Española para la Conservación y Estudio de los Murciélagos (SECEMU).


- Asociación Naturalista de Aragón ANSAR.


- Comunidad de Calatayud.


- Ecologistas en Acción - Ecofontaneros.


- Ecologistas en Acción - Calatayud.


- Fundación Ecología y Desarrollo.


- Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife).


Anuncio en "Boletín Oficial de Aragón", número 237, de 12 de diciembre de 2023, por el que se pone en público conocimiento la tramitación del procedimiento administrativo de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto.


Con fecha 14 de diciembre de 2023, se realizan consultas preceptivas ordinarias al Ayuntamiento de Calatayud.


Hasta la fecha no ha contestado ningún organismo consultado.


3. Potenciales impactos del proyecto y valoración.


3.1. Contaminación atmosférica.


Impacto.


- Emisión de gases de combustión de los vehículos utilizados en el transporte de residuos.


- Emisión de ruido, polvo y partículas durante la manipulación de residuos metálicos.


Medidas preventivas y/o correctoras.


- Mantenimiento adecuado de los vehículos de transporte.


- Instalación de sistemas de control de polvo en las áreas de manipulación de residuos.


Valoración.


- Compatible, siempre y cuando se implementen las medidas preventivas adecuadas.


3.2. Contaminación de suelos y aguas superficiales.


Impacto.


- Posibilidad de vertidos accidentales de líquidos peligrosos.


- Lixiviados de almacenamiento de chatarra debido a las lluvias.


Medidas preventivas y/o correctoras.


- Instalación de pavimento impermeable y sistemas de recogida de derrames.


- Uso de separadores de hidrocarburos para tratar las aguas pluviales.


Valoración.


- Compatible, considerando las medidas preventivas y correctoras previstas.


3.3. Recursos naturales.


Impacto.


- Consumo de agua y energía.


Medidas preventivas y/o correctoras.


- Optimización del uso de agua y energía.


- Implementación de tecnologías eficientes.


Valoración.


- Moderado, debido al aumento en el consumo de recursos.


3.4. Residuos.


Impacto.


- Generación de residuos peligrosos y no peligrosos.


Medidas preventivas y/o correctoras.


- Gestión adecuada de residuos mediante entrega a gestores autorizados.


- Almacenamiento adecuado de residuos peligrosos y no peligrosos.


Valoración.


- Compatible, siempre y cuando se gestionen correctamente los residuos generados.


3.5. Vertidos.


Impacto.


- Vertidos accidentales de líquidos peligrosos.


Medidas preventivas y/o correctoras.


- Implementación de medidas correctoras para reducir a cero la posibilidad de vertidos accidentales.


- Uso de separadores de hidrocarburos.


Valoración.


- Moderado, con las medidas correctoras adecuadas.


3.6. Flora y Fauna.


Impacto.


- No se detectan riesgos significativos sobre la flora y fauna.


Medidas preventivas y/o correctoras.


- Mantenimiento de las condiciones actuales del entorno.


Valoración.


- Compatible.


3.7. Socioeconomía.


Impacto.


Efectos positivos sobre la economía local y las tasas de empleo.


Medidas Preventivas y/o correctoras.


- Fomento de la contratación local y el desarrollo económico.


Valoración.


- Compatible.


3.8. Paisaje.


Impacto.


- Impacto visual mínimo debido a la existencia de un entorno antrópico.


Medidas preventivas y/o correctoras.


- Mantenimiento del cerramiento perimetral con bloques de hormigón.


Valoración.


- Compatible.


3.9. Patrimonio.


Impacto.


- No se generan nuevas afecciones sobre el patrimonio cultural.


Medidas preventivas y/o correctoras.


- Mantenimiento de los usos locales actuales de tránsito de vehículos.


Valoración.


- Compatible.


3.10. Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes, según lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por Ley 9/2018, de 5 de diciembre


El análisis de riesgos en la zona de estudio, basado en los mapas de susceptibilidad del Plan Territorial de Protección Civil de Aragón (PLATEAR) y los datos del Instituto Geográfico de Aragón (IDEARAGON), identifica los siguientes riesgos:


- Colapsos: La parcela se clasifica como una zona de riesgo bajo, mientras que los alrededores inmediatos tienen un riesgo medio.


- Deslizamientos: La zona de estudio se clasifica con un riesgo muy bajo, sin fenómenos visibles que alerten de potenciales deslizamientos.


- Inundaciones: La parcela no está cartografiada en los mapas de inundabilidad y se clasifica con un riesgo bajo.


- Vientos Fuertes: La zona se clasifica con un riesgo medio.


- Sismos: La susceptibilidad a sismos es menor de 0,04 g.


- Incendios Forestales: La zona se clasifica como de Tipo 7 (importancia de protección baja y peligrosidad media/baja). Se deben tomar medidas preventivas y correctoras según el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales y otras normativas aplicables.


Según el redactor de la memoria ambiental la actividad a desarrollar posee una densidad de carga de fuego de 1.060 Mcal/m². Valor que según la tabla 1.3 del Real Decreto 2267/2004 supone un "Nivel de riesgo intrínseco" 6, ALTO (Qs entre 800 y menor de 1.600 Mcal/m²).


3.11. Control de la actividad y plan de vigilancia ambiental.


En el documento ambiental se indica que se llevarán a cabo actuaciones para asegurar el correcto funcionamiento de la actividad y la minimización de los impactos derivados de ésta, añadiendo que se verificará la no afección a elementos singulares y valiosos, contemplados o no en el documento ambiental y que se mantendrá la delimitación y señalización de las zonas de actividad.


Se aporta el Plan de Vigilancia Ambiental cuyo objeto definir un sistema que permita verificar el cumplimiento de medidas ambientales con objeto de minimizar los posibles impactos ambientales asociados a la instalación. Además, en el caso de que sea necesario, se definirán nuevas medidas que eviten que se generen impactos no previstos o se corrijan las posibles afecciones no consideradas inicialmente.


Visto el expediente administrativo incoado, los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente, el contenido de las consultas previas, así como la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se resuelve:


a) No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de instalación de tratamiento de residuos no peligrosos de Recuperaciones Navarro Garrido SL, ubicada en el paraje Los Arcos, polígono 12, parcela 45, de Calatayud (Zaragoza), por no tener efectos significativos sobre el medio ambiente.


b) Establecer las siguientes medidas preventivas y correctoras:


1. De acuerdo con la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, deberá notificar al Ayuntamiento de Calatayud la modificación de la actividad en la instalación para la obtención, en su caso, de la modificación de la licencia ambiental de actividades clasificadas.


2. Deberá modificarse la autorización de la instalación y la autorización como operador para el tratamiento de residuos peligrosos como centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil otorgada por Resolución del INAGA, de 3 de julio de 2017, modificada por la Resolución de 22 de noviembre de 2018, también del INAGA, adaptándose a las condiciones y requisitos establecidos en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, y a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, así como obtener una nueva autorización de instalación y para realizar operaciones de gestión de residuos no peligrosos metálicos, también según el régimen establecido en la citada Ley 7/2022, de 8 de abril, en cuya tramitación se deberán tener en cuenta, entre otros asuntos, los siguientes:


- No deberá existir discordancia entre la capacidad anual de tratamiento de VFVU y las cantidades de residuos generados expresadas ambas en t/año.


- Se deberán incluir todos los residuos generados en la operación de tratamiento de VFVU.


- En el documento ambiental se menciona que una prensa móvil visitará periódicamente la instalación para compactar los Vehículos Fuera de Uso (VFU) descontaminados. Este hecho debe incluirse en los proyectos técnicos y de explotación que se presentarán al INAGA, de conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados, para solicitar la correspondiente autorización para el tratamiento de residuos no peligrosos.


- Del modo en el que ya se indicaba en la autorización de CAT otorgada por Resolución del INAGA, de 3 de julio de 2017, modificada por la Resolución del INAGA, de 22 de noviembre de 2018 (Exp INAGA 50303/15.2018/6062), la instalación deberá contar con la autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro de vertido a dominio público hidráulico para las aguas procedentes del decantador-separador, debiéndose entregar a gestor autorizado los residuos del separador de HC.


3. Deberá obtener la autorización o inscripción como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, para el conjunto de la instalación de tratamiento de residuos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.


4. Deberá cumplir la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón, y las ordenanzas municipales contra la contaminación por ruidos y vibraciones.


5. Se deberá cumplir lo dispuesto en la normativa de prevención y protección contra incendios aplicable a la instalación.


6. Cuando se desmantelen las instalaciones deberá restaurarse el espacio ocupado a condiciones similares a las iniciales.


De acuerdo con el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, la presente Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".


Conforme a lo previsto en el artículo 47.4 de la mencionada Ley, la presente Resolución perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación.


Zaragoza, 25 de octubre de 2024.


El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,


LUIS FERNANDO SIMAL DOMÍNGUEZ

688413 {"title":"RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2024, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del proyecto de planta de tratamiento de residuos no peligrosos promovido por Recuperaciones Navarro Garrido SL en el paraje Los Arcos, polígono 12, parcela 45, de Calatayud (Zaragoza), (Número de expediente: INAGA 500301\/01\/2022\/11278).","published_date":"2024-11-28","region":"aragon","region_text":"Aragón","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-aragon.png","id":"688413"} aragon BOA;boa 2024 nº 232;Departamento de medio ambiente y turismo;Otras disposiciones y acuerdos;Resolución https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search https://govclipping.com/search?keywords= Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/aragon/boa/2024-11-28/688413-resolucion-25-octubre-2024-instituto-aragones-gestion-ambiental-se-decide-someter-procedimiento-evaluacion-impacto-ambiental-ordinaria-se-emite-informe-impacto-ambiental-proyecto-planta-tratamiento-residuos-peligrosos-promovido-recuperaciones-navarro-garrido-sl-paraje-arcos-poligono-12-parcela-45-calatayud-zaragoza-numero-expediente-inaga-500301-01-2022-11278 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.