RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2024, del Director General de la Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 176/2021, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2021 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 261, de 27 de diciembre de 2021), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.1.h) del Decreto 298/2023, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, en relación con lo dispuesto en el Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con sujeción a las siguientes bases:
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el turno de promoción interna, una plaza del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
1.2. El órgano de selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de personas aspirantes superior al de plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
1.3. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición.
1.3.1. En la fase de concurso se valorarán como méritos los previstos en la base 8.2, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
1.3.2. La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los dos ejercicios es obligatoria para superar la fase de oposición.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo I a esta convocatoria.
1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los dos meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.
1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón (ubicación disponible en la siguiente página web www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion).
Asimismo, toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/oposiciones.
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar incluidas en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero.
b) Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguna de las Escalas o Clases de Especialidad del Subgrupo A1 o A2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública, hallándose en este último caso incorporado al Sector de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en virtud de convocatoria pública.
c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en el Subgrupo profesional desde el que se promociona.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.
e) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o el título de Máster que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establece la normativa vigente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
g) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace mención la base 3.5.
2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como personal funcionario de carrera.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar y presentar por vía electrónica el modelo 524 de solicitud de admisión a pruebas selectivas, de conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública ("Boletín Oficial de Aragón", número 81, de 15 de abril de 2021).
La solicitud será obligatoriamente cumplimentada accediendo a la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón según lo previsto en la base 3.4 y de acuerdo con las instrucciones que pueden consultarse en la página web www.aragon.es/oposiciones.
El uso del modelo específico de solicitud generado electrónicamente será obligatorio de acuerdo con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2. Las personas aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.
3.3. La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática (https://www.aragon.es/tramites) ante el Registro telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo requisito necesario identificarse y firmar electrónicamente. Para ello deberán disponer de un certificado electrónico en vigor o, alternativamente, cl@ve permanente (habilitada para firmar con cl@ve firma).
La presentación de solicitudes conlleva obligatoriamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen a que se refiere el apartado 5. La documentación acreditativa de la exención de pago se adjuntará telemáticamente como documento pdf.
3.4. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
3.5. La tasa por derechos de examen será de 39,98 euros, cuyo pago se realizará telemáticamente según lo expresado en el apartado 3 de esta base.
La falta de pago de la tasa no será subsanable.
3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.
La circunstancia señalada deberá ser debidamente acreditada con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas.
3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:
a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de las personas aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.
b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.
c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública, la presentación de solicitud de devolución de tasa se realizará de forma telemática, a través del trámite "devolución tasa 524" en la siguiente dirección web https://www.aragon.es/tramites.
3.8. Una vez finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, las personas aspirantes que la hayan superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir de la publicación del Acuerdo por el que se hacen públicos los nombres de las personas aspirantes que han superado la fase de oposición para aportar los méritos que deseen que les sean valorados. Con la publicación de la lista de personas aprobadas de la fase de oposición se determinará la forma de presentación de los méritos descritos.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública dictará resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", por la que se apruebe la relación provisional de las personas aspirantes admitidas y, en su caso, excluidas, indicando las causas de exclusión.
4.2. Las personas aspirantes excluidas o que no figuren en las listas habiendo presentado solicitud, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Asimismo, quienes hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en ese mismo plazo.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.3. La resolución de aprobación de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". En dicha Resolución se señalará lugar y fecha del primer ejercicio.
La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de las personas aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.
5. Tribunal calificador.
5.1. La composición del Tribunal se determinará mediante resolución del Director General de la Función Pública y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".
Cualquier modificación posterior de la composición del Tribunal calificador se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".
A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el artículo 33.2 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en el artículo 34 de la Ley 5/2021, de 29 de junio.
5.3. El presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El secretario del Tribunal tendrá voz y voto.
5.4. El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 23 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
5.6. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera de las señaladas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. Estructura de las pruebas selectivas.
6.1. Fase de oposición.
Se estará a lo dispuesto en el apartado 1.1 "Convocatorias del Grupo A1", subapartado 1.1.1. "Supuestos Generales" de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionarios por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 12 de enero de 2021).
6.2. Fase de concurso.
La fase de concurso no será eliminatoria, y las valoraciones que de ella resulten se sumarán a las de los ejercicios de la fase de oposición para determinar la puntuación total. No podrá aplicarse la puntuación de la fase de concurso para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La valoración de méritos se regirá por lo dispuesto en el apartado 1.6 de la Resolución de 28 de diciembre de 2020 citada en el apartado anterior.
7. Desarrollo de los ejercicios.
7.1. La fecha de realización del primer ejercicio se determinará en la resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.
7.2. En cualquier momento del desarrollo del proceso selectivo el Tribunal calificador podrá requerir la acreditación de su identidad a las personas aspirantes.
7.3. Las personas candidatas serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidas de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal calificador.
7.4. La presentación de alegaciones relativas al contenido de las pruebas sólo se admitirá en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de realización del ejercicio o de la publicación de la plantilla de respuestas correctas, en el caso de ejercicios de tipo test.
Las alegaciones del ejercicio tipo test serán consideradas por el Tribunal en sus deliberaciones, entendiéndose resueltas, y contestadas, con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla de respuestas modificada o, en su caso, de la calificación de la prueba.
7.5. La presentación de solicitudes relativas a la revisión de exámenes realizados sólo se admitirá en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de las calificaciones del correspondiente ejercicio.
7.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal calificador tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública, quien resolverá, previa audiencia de la persona interesada.
7.7. El incumplimiento por parte de cualquier aspirante de las bases de la convocatoria o de las instrucciones dadas por el Tribunal calificador para el desarrollo de cualquiera de los ejercicios podrá comportar la anulación del ejercicio correspondiente de dicha persona mediante Acuerdo del Tribunal adoptado al efecto.
8. Calificación.
8.1. Fase de oposición.
Para la calificación de los ejercicios se estará a lo dispuesto en el apartado 1.1 "Convocatorias del Grupo A1", subapartado 1.1.1. "Supuestos Generales" de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionarios por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 12 de enero de 2021).
Una vez finalizado el proceso de exámenes, se formará una lista, en orden decreciente, con las sumas de las puntuaciones obtenidas por las personas candidatas que, en los términos establecidos para cada caso, hayan superado todos los ejercicios, considerándose aprobados de la fase de oposición un máximo de tres personas por plaza, de conformidad con lo establecido en el apartado 1.5 de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, citada.
8.2. Fase de concurso.
Los méritos alegados por las personas aspirantes, y que resulten debidamente acreditados, se valorarán a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, con arreglo al baremo establecido en la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, para puestos de funcionarios por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 12 de enero de 2021).
8.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios, más la del concurso.
8.4. Concluidos los ejercicios de la oposición y la fase de concurso, y a propuesta del Tribunal, el Director General de la Función Pública hará pública la lista de personas aprobadas por orden de puntuación, sin que el número total de personas aspirantes seleccionadas pueda superar al de plazas convocadas.
Conforme a la base 1.7 de la Resolución 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida sucesivamente en los ejercicios primero y segundo.
Como criterio residual de desempate, regirá lo dispuesto en la Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Directora del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 56, de 19 de marzo de 2024).
9. Presentación de documentos.
9.1. Dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la lista de personas aprobadas en el concurso-oposición, aquellas que figuren en ellas deberán aportar ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en esta convocatoria. Estos documentos son:
a) Fotocopia del título a que se refiere la base 2.1.f) o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de aquél título.
Los títulos procedentes de otros Estados deberán estar debidamente homologados por la Administración educativa española y deberá adjuntarse a ellos la credencial que acredite dicha homologación. En el caso de titulaciones que acrediten la formación en alguno de los otros Estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta credencial podrá suplirse por la credencial de reconocimiento para el ejercicio de una profesión regulada en aplicación de las directivas mutuas de reconocimiento de titulaciones.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario.
9.2. Quienes dentro del plazo señalado no presenten la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ellos se refieren.
10. Nombramiento de personal funcionario de carrera.
Concluido el proceso selectivo, las personas candidatas que lo hubiesen superado, serán nombradas personal funcionario de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, por Orden del Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".
11. Disposiciones finales.
11.1. Al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, será de aplicación, en este proceso, lo establecido en la Orden HAP/11/2019, de 18 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo de 6 de noviembre de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 19 de octubre de 2018, de la Mesa Sectorial de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se establecen medidas para garantizar la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres en relación con el acceso al empleo público.
11.2. El orden de actuación comenzará con la primera persona aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra "C", de acuerdo con el resultado del sorteo celebrado el día 13 de marzo de 2024 ("Boletín Oficial de Aragón", número 56, de 19 de marzo de 2024).
11.3. Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública, y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; en el Decreto 80/1997, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y, promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificado por Decreto 129/2020, de 23 de diciembre; en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la administración general de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad aprobadas por Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.
11.4. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 60 y 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación:
- Contra las resoluciones del Director General de la Función Pública, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública.
- Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación en el procedimiento para la persona interesada o produzcan indefensión, recurso de alzada ante el Director General de la Función Pública.
Zaragoza, 17 de octubre de 2024.
El Director General de la Función Pública,
ANTONIO VILLACAMPA DUQUE
ANEXO I
PROGRAMA DE LAS OPOSICIONES AL CUERPO DE FUNCIONARIOS SUPERIORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, ESCALA FACULTATIVA SUPERIOR, INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Programa de materias específicas. Escala Facultativa Superior. Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
1. La política regional de la Unión Europea. Actuales instrumentos comunitarios. Fondos estructurales comunitarios para el período 2021-2027. Fondos de la política de cohesión: FEDER, FSE, FEADER y FEMP. El Fondo de Compensación Interterritorial.
2. Contratos del Sector Público (I) aplicados a la obra y los servicios públicos. Preparación del contrato. Pliego de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas. Selección del contratista. Procedimientos de contratación. Adjudicación. Revisión de precios.
3. Contratos del Sector público (II) aplicados a la obra y los servicios públicos. Tipos de contratos. Presupuesto y Precio del contrato. Comprobación del Replanteo. Certificaciones. Abonos a cuenta. Modificación del contrato. Recepción de obra y certificación Final.
4. Contratos del Sector Público (III). Particularidades del contrato de Obras, Servicios y del contrato de Suministros. Ejemplos de aplicación.
5. El sector de la construcción en España. La construcción en la economía española. Evolución histórica y Perspectivas de futuro. Variables macroeconómicas.
6. La industria de materiales de construcción. La prefabricación. Las industrias auxiliares de la construcción. Variables macroeconómicas.
7. La maquinaria de obras públicas. Criterios de selección y utilización.
8. Seguridad y salud. Disposiciones durante el proyecto y durante la ejecución. Estudios y Planes de seguridad. Competencias y responsabilidades del coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción.
9. Control de calidad en obras públicas. Aseguramiento de la calidad. Pliegos de condiciones y Normas Técnicas.
10. Obtención de cartografía. Aplicación de las nuevas técnicas cartográficas y sistemas de posicionamiento global G.P.S.
11. La programación del trabajo. Planificación a largo, medio y corto plazo de proyectos y obras. El diagrama de Gantt, Método PERT y Camino Crítico.
12. Ejecución de obras: seguimiento y control. La Subcontratación. La suspensión. Modificación del proyecto. Proyectos Complementarios. Recepción de obra y Certificación Final o Liquidación.
13. La financiación de las obras públicas. Sistemas de financiación. La concesión de obra pública. Financiación público-privada.
14. Evaluación socio-económica de los proyectos de inversión pública: Criterios y variables.
15. Análisis de Demanda y Criterios de planificación en las obras públicas.
16. Gestión Estratégica en el Sector Público. Políticas públicas. Metodologías para la gestión de Proyectos de inversión.
17. Planificación de obras públicas. La planificación estatal. El PITVI 2012-2024.
18. La Gestión del conocimiento. Decisiones públicas y participación ciudadana.
19. Organización de equipos multidisciplinares. Habilidades directivas. Gestión de personal en la administración. Programas de formación.
20. Ley 8/98, de 17 diciembre, de Carreteras de Aragón. Marco competencial. Decreto 206/2003, de 22 de julio, Reglamento General de Carreteras de Aragón. Estructura de la red de Carreteras de la Comunidad Autónoma de Aragón.
21. El Plan General de Carreteras de Aragón 2013-2024. Estructura y contenido. Criterios. Necesidades. Propuestas de actuación y programación. Plan Extraordinario de Carreteras de Aragón.
22. Estudios y proyectos de carreteras.
23. Trazado de carreteras (I): trazado en planta, alzado, sección transversal.
24. Trazado de carreteras (II): enlaces e Intersecciones. Glorietas.
25. Estudios geológicos y geotécnicos de las carreteras.
26. Estudios climatológicos e hidrológicos. Normativa vigente. Cálculo de precipitaciones e intensidades de lluvia. Cálculo de los caudales de referencia.
27. Drenaje superficial. Estudios hidráulicos y dimensionamiento del drenaje transversal y longitudinal: Normativa aplicable. Drenaje subterráneo. Geotextiles: funciones, aplicaciones y características.
28. Tráfico. Estudios de tráfico. Estudios de intensidad, de capacidad, estudios de origen-destino. Sistemas de aforo.
29. Obras de paso. Estructuras, puentes y viaductos. Tipología y condicionantes de diseño. Normativa aplicable al proyecto. Construcción y Explotación.
30. Túneles en carreteras. Proyecto, construcción y explotación. Maquinaria y medios auxiliares. Sostenimiento y revestimiento. Instalaciones auxiliares.
31. Explanaciones. Construcción de terraplenes y pedraplenes. Caracterización de explanadas: normativa y especificaciones. Estabilizaciones.
32. Proyectos y construcción de firmes (I): normativa aplicable y factores de dimensionamiento. Métodos de diseño. Tipos de firmes.
33. Firmes (II): Conservación y Auscultación de firmes.
34. Señalización, balizamiento y defensa. Normativa aplicable estatal y autonómica.
35. El pliego de prescripciones técnicas particulares para obras de carreteras y puentes.
36. Recomendaciones para los pliegos de prescripciones técnicas particulares de firmes y pavimentos bituminosos. Nuevas técnicas. Carreteras de baja intensidad de tráfico.
37. Construcción de carreteras. Fases.
38. Organización de la conservación de carreteras. Sectores de conservación. Trabajos de conservación ordinaria con medios propios y con empresas especializadas. Conservación Integral. Indicadores de conservación.
39. Labores de Auscultación, Inspección y Mantenimiento de elementos singulares: obras de drenaje y de fábrica, viaductos y túneles.
40. Vialidad invernal. Tratamientos Preventivos y Curativos. Gestión de la vialidad. La importancia de la previsión meteorológica. Estudio de riesgo de aludes.
41. Autopistas de peaje: estudios previos, anteproyecto. Contratación. Seguimiento e inspección. Tipologías de peaje.
42. Gestión del inventario de la red, importancia en la toma de decisiones. Sistemas inteligentes de Explotación de carreteras.
43. La seguridad vial. Estudios de accidentes. Factores condicionantes. Índices de peligrosidad y mortalidad. Tramos de Concentración de Accidentes. Planes de Seguridad Vial.
44. Puesta en práctica de la mejora en la seguridad vial. Inspecciones y Medidas de seguridad. Auditorías de Seguridad vial.
45. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y su Reglamento de desarrollo: la red ferroviaria de interés general. La planificación, proyecto y construcción de sus infraestructuras. Estudios y proyectos: tipos, contenido y tramitación. La construcción y puesta en servicio.
46. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y su Reglamento de desarrollo: incidencia sobre el planeamiento urbanístico. Zonas de servicio. Limitaciones a la propiedad. Infraestructuras ferroviarias en puertos y aeropuertos. Infraestructuras ferroviarias privadas.
47. Infraestructura ferroviaria. Características específicas: Trazado, Geometría de la vía, peraltes y secciones. La plataforma y las estructuras de asiento. La vía. Tipología de carril y Juntas. Líneas convencionales, alta velocidad y casos especiales: tranvías, metros ligeros y convencionales.
48. Superestructura ferroviaria. Electrificación: sistemas de sustentación y tipología de catenarias. Señalización e instalaciones de seguridad. Líneas convencionales, alta velocidad y casos especiales. Tranvías, metros ligeros y convencionales.
49. La política europea de transporte. El espacio único europeo de transporte. Las redes transeuropeas de transportes. Las nuevas orientaciones comunitarias para el desarrollo de las RTE-T. Propuesta de Reglamentos para el futuro Marco de Financiación 2021-2027.
50. Los transportes en España. Evolución de la política de transportes. La ordenación del transporte.
51. La red de transportes en Aragón. El transporte por carretera. El transporte ferroviario. El Transporte aéreo. Intermodalidad. Plataformas logísticas y puertos secos.
52. La gestión de los servicios públicos de transporte. Gestión directa y gestión indirecta. Obligaciones de servicio público. El Reglamento europeo (CE) 1370/2007 sobre servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera.
53. El transporte en medio urbano: movilidad sostenible. Transporte público y privado. Reparto competencial.
54. El transporte metropolitano. Sistemas de transporte público. Planificación y gestión. Consorcios de transporte.
55. Estaciones de viajeros y mercancías. Diferencias entre estaciones de autobuses y ferroviarias. Criterios de dimensionamiento y principales parámetros.
56. Infraestructuras aeroportuarias. Aeropuertos, aeródromos y helipuertos. Características básicas de la infraestructura civil.
57. Aeropuertos. Calificación de aeropuertos. Planes directores y Planes Especiales. Contenido y tramitación.
58. Gestión de la competencia en infraestructuras aeroportuarias de la Comunidad Autónoma de Aragón. Aeródromos.
59. Infraestructuras de transporte sostenible. Vías verdes y senderos ecológicos. Carriles bici. Dimensionamiento, criterios de implantación y tipologías.
60. Hidrología. Magnitudes hidrológicas. Rasgos hidrológicos e hidrográficos del territorio aragonés.
61. Hidrología superficial. Avenidas y sequías. Previsión y cálculo de máximas crecidas. Regulación de caudales. Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación. Protección de márgenes.
62. Hidrología subterránea. Efecto regulador y recarga de acuíferos. Contribución de los acuíferos a la optimización de los recursos hídricos. Problemas actuales y potenciales de la explotación de aguas subterráneas.
63. Calidad del agua. Normativa estatal y autonómica y directivas europeas. Zonas sensibles. Vertidos. Autorizaciones de vertidos.
64. Obras hidráulicas de regulación. Embalses y Presas: Tipologías. Normativa de seguridad de presas. Elementos constructivos Explotación y Conservación. Elementos de desagüe.
65. Canales. Tipos. Revestimientos. Juntas. Canales en terrenos yesíferos. Sifones y acueductos. Elementos funcionales. Maquinaria específica para la construcción. Explotación y conservación.
66. Abastecimiento de agua. Prognosis de la demanda de abastecimiento. Obras de Captación. Redes de Abastecimiento. Pérdidas en la red de distribución.
67. Tratamiento de aguas potables. Condiciones de potabilidad del agua. Técnicas de potabilización y desalación.
68. Saneamiento y Depuración de aguas residuales. Redes de saneamiento y estaciones depuradoras. Reutilización de agua depurada.
69. Ley 10/2014 de Aguas y Ríos de Aragón. Administración hidráulica de Aragón. Planes. Dominio Público Hidráulico, zonas de servidumbre y policía. Disciplina en materia de agua. Canon de Saneamiento.
70. Encauzamiento y defensa de ríos. Bioingeniería fluvial: Técnicas y Objetivos.
71. Obras civiles de carácter hidroeléctrico. Otros almacenamientos de energía.
72. La directiva Marco del agua. Red Natura 2000. LIC y ZEPAS. Zonas húmedas. Delimitación, mecanismos de protección y conservación. Directiva de hábitats y de aves.
73. La contaminación: costes sociales y costes ecológicos. Legislación de Medio Ambiente.
74. El impacto ambiental en las obras públicas. Marco competencial y legislación aplicable. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental en Aragón. Clases y contenido de los estudios.
75. Emergencia Climática. La Ingeniería ante el cambio climático. La Agenda 2030. La des carbonación de la construcción. El cambio climático en Aragón. Incidencia y métodos para paliar sus efectos.
76. La planificación territorial. Marco competencial. Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón (Decreto Legislativo 2/2015) y modificaciones posteriores. Instrumentos de planeamiento territorial.
77. La Estrategia de Ordenación del Territorio en Aragón (EOTA). Estructura del Sistema de Asentamientos. Índice Sintético de Desarrollo Territorial.
78. Los Planes y Proyectos de Interés General de Aragón. Contenido y tramitación. Instrumentos de protección, gestión y ordenación del paisaje. Mapas de Paisaje.
79. Marco competencial del urbanismo: Estado, comunidades autónomas y entidades locales. Legislación vigente: situación actual.
80. Valoraciones. Metodología. Las valoraciones del suelo en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
81. Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón. Principios que la informan y análisis de su contenido. Norma Técnica de Planeamiento de Aragón.
82. Organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios. Marco legislativo actual.
83. La clasificación del suelo. Criterios. Régimen jurídico de las distintas clases de suelo.
84. Planeamiento general de acuerdo a la normativa aragonesa. Planes generales de ordenación urbana. Determinaciones generales. Contenido y tramitación. Régimen urbanístico simplificado. Delimitación de suelo urbano en municipios sin Plan General.
85. Planeamiento de desarrollo en la Comunidad Autónoma de Aragón. Planes parciales. Planes especiales y su tipología. Estudios de detalle. Contenido y tramitación.
86. Ejecución del planeamiento. Proyectos de reparcelación. Proyectos de urbanización. Sistemas de gestión: gestión directa por expropiación, cooperación, gestión indirecta, compensación.
87. Edificación y régimen de obra en zonas afectas a carreteras.
88. Sistemas de información geográfica. Técnicas de Información aplicadas al urbanismo, al territorio y las infraestructuras.
89. Las autopistas y las grandes infraestructuras en la ordenación del territorio.
90. Urbanismo y patrimonio histórico-artístico cultural. La Ley 3/1999, de 10 de marzo de Patrimonio Cultural Aragonés.