ORDEN HAP/1311/2024, de 22 de octubre, por la que se adjudican destinos definitivos al personal funcionario de carrera, nombrado en destino provisional por Orden de 9 de abril de 2024, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Bibliotecas.
Mediante Orden HAP/369/2024, de 9 de abril, ("Boletín Oficial de Aragón", número 79, de 24 de abril de 2024), fueron nombrados funcionarios de carrera, del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Bibliotecas, las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo, para la estabilización de empleo temporal, convocado por Resolución de 8 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios ("Boletín Oficial de Aragón", número 120, de 19 de junio de 2020).
Los destinos adjudicados al personal funcionario de nuevo ingreso del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Bibliotecas, lo fueron con carácter provisional, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con lo dispuesto en la disposición transitoria 6.ª de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023 ("Boletín Oficial de Aragón", número 251, de 30 de diciembre de 2022).
Por ello, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 1 de la mencionada disposición transitoria 6.ª de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, y en virtud de lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, y en el artículo 3.3.k) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, de competencias en materia de personal, este Departamento dispone:
Primero.- Adjudicar destino definitivo al personal funcionario de carrera del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Bibliotecas, nombrados en virtud de la citada Orden, y que no han obtenido destino definitivo en otros procesos, en los términos que figuran en el anexo de esta Orden.
Segundo.- La incorporación a dichos destinos definitivos se efectuará sin solución de continuidad desde los destinos provisionales que se hallen ocupando en la actualidad las personas interesadas, debiéndose diligenciar dicho cambio de destino o situación, en su caso, con efectos del día 1 de noviembre de 2024.
Tercero.- De conformidad con los artículos 17, 18 y 19 del Decreto 68/2021, de 19 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y sus Organismos Públicos, las personas adjudicatarias deberán cumplir con los requisitos de titulación académica, formación específica u otros legalmente establecidos del puesto adjudicado como primer destino definitivo, según se recojan en la correspondiente Orden por la que se apruebe o modifique la relación de puestos de trabajo del Departamento u Organismo Público a los que se encuentre adscrito el mencionado puesto. En caso contrario, no podrá hacerse efectiva la toma de posesión en el puesto adjudicado, permaneciendo el interesado en situación de destino provisional y quedando sin efecto el nombramiento recogido en la presente Orden. Contra la presente Orden
, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 60 y 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.
También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Zaragoza
, 22 de octubre de 2024. El Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR