ORDEN EMC/1256/2024, de 15 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de 25 de septiembre de 2024, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la adscripción de la Escuela de Estudios Superiores ESIC (ESIC Business & Marketing School), con la denominación "Escuela de Estudios Superiores ESIC Zaragoza", a la Universidad "ESIC Universidad".
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Con fecha 25 de septiembre de 2024 el Gobierno de Aragón, adoptó el Acuerdo por el que se autoriza la adscripción de la Escuela de Estudios Superiores ESIC (ESIC Business & Marketing School), con la denominación "Escuela de Estudios Superiores ESIC Zaragoza", a la Universidad "ESIC Universidad" para la impartición de la enseñanza universitaria oficial de Grado en Marketing, a partir del curso académico 2025/2026.
De conformidad con el apartado tercero del citado Acuerdo, éste debe ser publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".
En su virtud, resuelvo:
Ordenar la publicación del referido Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón" cuyo texto figura como anexo.
Zaragoza, 15 de octubre de 2024.
La Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades,
CLAUDIA PÉREZ FORNIÉS
ANEXO
ACUERDO DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE AUTORIZA LA ADSCRIPCIÓN DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES ESIC (ESIC BUSINESS & MARKETING SCHOOL), CON LA DENOMINACIÓN "ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES ESIC ZARAGOZA", A LA UNIVERSIDAD "ESIC UNIVERSIDAD"
La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.
Mediante el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan al Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades las competencias en materia de universidades atribuidas al anterior Departamento de Educación, Ciencia y Universidades.
El Decreto 45/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, cuyo artículo 26.1.a) atribuye a la Dirección General de Universidades la tramitación del procedimiento de adscripción de centros universitarios.
El artículo 13 bis de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, prevé que la resolución del Gobierno de Aragón sobre la adscripción mediante convenio a una universidad de centros docentes para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se adoptará en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales, sin resolución expresa, se entenderá rechazada.
El Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento, y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, dispone en el artículo 13.7 que la adscripción de un centro a una universidad requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma correspondiente, salvo que se trate de la adscripción a una universidad de ámbito estatal, en cuyo caso corresponderá al Ministerio de Universidades. (). En el caso de las universidades privadas, se elevará la petición previa aprobación por su órgano de gobierno. El artículo 13.8 de este Real Decreto establece que la aprobación de la propuesta de adscripción deberá ser objeto de inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), y comunicación a la Conferencia General de Política Universitaria por el Ministerio de Universidades. Si la propuesta es aprobada por la Comunidad Autónoma, esta deberá informar de la adscripción al citado Ministerio, a efectos de inscripción y comunicación.
De conformidad con dicho precepto, el 12 de junio de 2024, "ESIC Universidad", universidad privada reconocida mediante Ley de la Asamblea de Madrid 4/2019, de 20 de marzo, presentó una solicitud de autorización de adscripción de la Escuela de Estudios Superiores ESIC (ESIC Business & Marketing School), con la denominación "Escuela de Estudios Superiores ESIC Zaragoza", a dicha Universidad.
De acuerdo con el artículo 13 del citado Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, es precisa la aprobación de la Comunidad Autónoma correspondiente y para ello se considera procedente que, para el caso concreto, deban observarse las mismas reglas previstas para las universidades públicas en el artículo 42.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario donde se establece que la adscripción de centros docentes universitarios requerirá la previa celebración de un convenio con la universidad, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos de la universidad, y con lo establecido reglamentariamente por el Gobierno que, asimismo, establecerá los requisitos básicos que deben cumplir los centros adscritos. Asimismo, el apartado 2 de este precepto dispone que la adscripción de centros docentes requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma correspondiente al ámbito territorial en la que estuvieren ubicados los centros.
Conforme al citado artículo 42, el Patronato de la Fundación de Estudios Superiores e Investigación ESIC, como órgano de gobierno de la citada universidad, acordó la adscripción de la Escuela de Estudios Superiores ESIC Zaragoza a la Universidad "ESIC Universidad". Asimismo, se ha celebrado previamente, con fecha 5 de junio de 2024, el convenio de adscripción de la "Escuela de Estudios Superiores ESIC Zaragoza" a "ESIC Universidad" para la impartición de la enseñanza universitaria oficial de Grado en Marketing.
Posteriormente, la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón (ACPUA) emite el 18 de septiembre de 2024 un informe favorable a la solicitud de autorización de la adscripción del citado centro a "ESIC Universidad", dado que se ha demostrado, en las evaluaciones anteriores, que el centro cumple con los requisitos establecidos en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento, y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, para la adscripción de un centro a una universidad.
Con fecha 19 de septiembre de 2024, la Dirección General de Universidades emite un informe en el que se hace constar que, comprobada la documentación, la solicitud de adscripción de la "Escuela de Estudios Superiores ESIC Zaragoza" a la universidad "ESIC Universidad" cumple con los requisitos generales establecidos en la normativa de aplicación, dado que se ha demostrado, en las evaluaciones anteriores, que el centro cumple con los requisitos establecidos en el mencionado Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, para la adscripción de un centro a una universidad.
En virtud de cuanto antecede, a propuesta de la Consejera de Empleo, Ciencia, y Universidades, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 25 de septiembre de 2024, se adopta el siguiente acuerdo:
Primero.- Autorizar la adscripción de la Escuela de Estudios Superiores ESIC (ESIC Business & Marketing School), con la denominación "Escuela de Estudios Superiores ESIC Zaragoza", a la universidad "ESIC Universidad", para la impartición de la enseñanza universitaria oficial de Grado en Marketing, a partir del curso académico 2025/2026.
La impartición de nuevas enseñanzas o extinción de las mismas conllevará la modificación del Convenio de adscripción, de fecha 5 de junio de 2024, y se comunicarán a la Comunidad Autónoma de Aragón.
Segundo.- La Escuela de Estudios Superiores ESIC Zaragoza se ubicará en Vía Ibérica número 28 de Zaragoza.
Tercero.- Este Acuerdo producirá sus efectos desde la fecha de su adopción y será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" y será comunicado al Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) y a la Conferencia General de Política Universitaria.