ORDEN ECD/1248/2024, de 18 de octubre, por la que se modifica la Orden ECD/1226/2024, de 14 de octubre, por la que se establecen los servicios mínimos del personal docente no universitario de los centros públicos dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en la huelga convocada para los días 16, 23 y 30 de octubre de 2024.
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Con fecha de registro de 4 de octubre de 2024, se convocó huelga, consistente en paros de una hora diaria durante la primera hora lectiva en el cuerpo de Maestros y de 10:00 a 11:00 y de 17:00 a 18:00 en los cuerpos de Enseñanzas Medias y Régimen Especial para los días 16, 23 y 30 de octubre, por los Sindicatos CGT, CCOO, STEA-i y UGT, teniendo entrada dicha comunicación en la Dirección General competente en materia de personal docente el día 10 de octubre de 2024.
Convocando Comité de Huelga el día 14 de octubre de 2024, se establecieron los servicios mínimos del personal docente que desempeña sus servicios en la Red de Centros Públicos docentes no universitarios dependientes del Gobierno de Aragón, siendo publicados en el "Boletín Oficial de Aragón", número 201, de 15 de octubre de 2024, mediante Orden ECD/1226/2024, de 14 de octubre.
Con fecha 7 de octubre de 2024, la Organización Sindical CGT registra electrónicamente documento por el que subsana los horarios de los paros de la huelga comunicada previamente, modificando el paro de una hora de la mañana de 10:30 a 11:30. Si bien, dado lo ajustado de los plazos y las fechas de entrada de las comunicaciones emitidas, en el momento de elaboración del expediente normativo únicamente constaba la comunicación de huelga inicial, siendo esta la razón por que en la Orden ECD/1226/2024, de 14 de octubre se señalaron las horas que las Organizaciones Sindicales convocantes habían comunicado inicialmente.
No obstante, y con el fin de subsanar la comunicación del horario de la huelga que de forma errónea plateó la Organización Sindical, procede modificar la Orden ECD/1226/2024, de 14 de octubre, en lo relativo a la franja horaria de la mañana para el profesorado de los cuerpos de Enseñanzas Medias y Régimen Especial.
En su virtud, de conformidad con el Acuerdo de 21 de marzo de 2012, del Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 201, de 22 de marzo de 2012, por Orden del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por el que se delegaron en la Consejería competente en materia de educación la capacidad para adoptar las medidas que garanticen los servicios mínimos, así como la gestión y el seguimiento de la misma, respecto al personal adscrito a los centros públicos docentes, acuerdo:
Modificar el párrafo sexto del preámbulo de la Orden ECD/1226/2024, de 14 de octubre, por la que se establecen los servicios mínimos del personal docente no universitario de los centros públicos dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en la huelga convocada para los días 16, 23 y 30 de octubre de 2024 que queda redactado en los siguientes términos:
"Convocada la huelga, consistente en paros de una hora diaria durante la primera hora lectiva en el cuerpo de Maestros y de 10:30 a 11:30 y de 17:00 a 18:00 en los cuerpos de Enseñanzas Medias y Régimen Especial para los próximos días 16, 23 y 30 de octubre, por los Sindicatos CGT, CCOO, STEA-i y UGT, resulta necesario señalar los medios personales correspondientes al personal docente del ámbito de la enseñanza pública de la Red de Centros Públicos docentes no universitarios dependientes del Gobierno de Aragón, que atenderán dicho día los servicios mínimos."
Zaragoza, 18 de octubre de 2024.
La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,
TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN