ANUNCIO del Ayuntamiento de Altorricón, por el que se hace pública la convocatoria del acuerdo de acción concertada para la gestión de la residencia municipal de la tercera edad y centro de día.
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El Pleno Municipal, en sesión extraordinaria, celebrada el 8 de octubre de 2024, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, adoptó los siguientes acuerdos:
Primero.- Convocar el procedimiento para suscribir concierto social para la gestión de la residencia municipal de Altorricón de la tercera edad y centro de día, con arreglo a lo establecido en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, la Ley 11/2016, de 15 de diciembre, de acción concertada para la prestación a las personas de servicios de carácter social y sanitario, y en el Decreto 100/2024 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sociales en Aragón.
Segundo.- Aprobar las bases técnicas y administrativas de gestión de la residencia municipal de Altorricón de la tercera edad y centro de día que figuran como anexo al presente acuerdo
Tercero.- Podrán acceder al concierto social previsto en la presente convocatoria las entidades públicas o privadas de iniciativa social sin ánimo de lucro que tengan plena capacidad de obrar, no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración y acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5 en el Decreto 100/2024 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sociales en Aragón.
Cuarto.- Los módulos económicos del concierto para el primer año se ajustarán a: un importe unitario por residente y día, siendo el importe de 4,53 euros. La aportación municipal se incrementará en caso de que existan plazas de residentes vacantes y consistirá dicha aportación en un importe de 15,04 euros día (5.490 año) por plaza vacante de residente (No hay aportaciones por el servicio de centro de día al estar contemplado en el déficit general).
La vigencia del concierto comenzará desde la fecha que se fije en el documento de formalización por un período de dos años, pudiéndose formalizar sucesivas prórrogas por períodos de dos años hasta completar un periodo de vigencia total del concierto de diez años. El coste del concierto se actualizará de forma periódica conforme a lo previsto en el Decreto 100/2024 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sociales en Aragón.
Quinto.- Las entidades que participen en el procedimiento para la acción concertada de la gestión del servicio de residencia municipal de Altorricón de la tercera edad y centro de día, asumirán la subrogación del personal que viniera prestando el servicio. En el anexo I figura la relación del personal a subrogar en cada uno de los lotes indicando el número de profesionales, puesto de trabajo, jornada laboral, antigüedad y salario mensual.
Sexto.- Las entidades participantes en el procedimiento del presente concierto, deberán presentar la documentación que figura relacionada en las bases administrativas de la presente convocatoria.
Séptimo.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón", en el Portal Web y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Altorricón, con expresión de los recursos legalmente establecidos. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles desde su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".
Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Altorricón o en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónoma, de las Entidades que integran la Administración Local o del sector institucional, de conformidad con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Octavo.- Finalizado el procedimiento de valoración, las entidades propuestas para suscribir el concierto, deberán presentan en el plazo de tres días hábiles, la documentación acreditativa de los requisitos, de los criterios de selección y del cumplimiento de las cláusulas sociales
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Altorricón, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere procedente
Altorricón, 11 de octubre de 2024.- La Alcaldesa, Susana Ramón Purroy.