ORDEN BSF/1136/2024, de 20 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la implementación de actividades de capacitación en competencias digitales a la infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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Con fecha 25 de junio de 2024, fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden BSF/672/2024, de 5 de junio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la implementación de actividades de capacitación en competencias digitales a la infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con la Orden CDS/420/2022, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


El objeto de dicha convocatoria es conceder subvenciones a entidades o agrupación de entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector de Acción Social dirigidas a la realización de proyectos de actividades extraescolares de formación a infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del programa "Competencias Digitales para la Infancia" (CODI), encuadrado en el Componente 19 "Plan Nacional de Competencias Digitales", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Estas subvenciones contribuirán a la consecución de los objetivos número 286 y número 288 establecidos en el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo (UE), de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.


La finalidad de las ayudas es reducir la brecha digital que afecta a la infancia, adolescencia y juventud vulnerable, ofreciendo un programa de formación extraescolar en las competencias incluidas en el Marco Europeo de Referencia de las Competencias Digitales de la Ciudadanía (DigComp) de la Comisión Europea, "The Digital Competence Framework for Citizens-With new examples of knowledge, skills and attitudes".


Las subvenciones irán destinadas al desarrollo de proyectos de actividades extraescolares destinados a niños, niñas, adolescentes y personas jóvenes para la formación en competencias digitales, siguiendo el contenido formativo establecido por la Comisión Europea en el DigiCOMP.


Se establecen 3 líneas formativas dentro del programa de formación CODI:


a) Línea formativa 1.1: nivel básico (subniveles 1 y 2), para niños y niñas de 9 a 11 años.


b) Línea formativa 1.2: nivel intermedio (subnivel 3), para niños y niñas de 12 a 13 años.


c) Línea formativa 2: nivel intermedio (subnivel 4) y nivel avanzado (subniveles 5 y 6), para adolescentes de 14 a 17 años y ex tutelados de 18 a 25 años.


Estas subvenciones se tramitan con cargo a la partida presupuestaria 20050 G/3241/480038/32454 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2024.


Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el 16 de julio de 2024, se abre fase de preevaluación para revisar la documentación presentada y solicitada su subsanación del expediente si se carecía de algún documento necesario para obtener la condición de entidad beneficiaria. Posteriormente se valoraron las solicitudes presentadas, con propuesta del equipo técnico llevada a la Comisión de valoración constituida al efecto, según el artículo 15 de la Orden BSF/672/2024, de 5 de junio, de convocatoria, que emitió informe técnico de valoración.


El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, sin apartarse de él, formuló propuesta de resolución provisional, en acto único, con fecha 22 de agosto de 2024, cuyo contenido se notificó a todas las entidades solicitantes, concediéndoles plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones o desistir de la solicitud.


La propuesta de resolución provisional detalla las propuestas de concesión a las solicitudes presentadas.


Notificada la propuesta de resolución provisional no se presentan alegaciones a la misma.


El informe de la Comisión de valoración fue la base de la propuesta de Resolución definitiva única del órgano instructor, que se ha publicado en Sede electrónica.


Vista la propuesta elevada por el órgano instructor según el informe de la Comisión de valoración, y la fiscalización favorable por la Intervención, la Consejera de Bienestar Social y Familia, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 8.1.a) del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, y el artículo 18.1 de la Orden BSF/672/2024, de 5 de junio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la implementación de actividades de capacitación en competencias digitales a la infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Dispone:


Primero.- Conceder a las entidades solicitantes relacionadas en el anexo I de la presente Orden, en aras a la puntuación obtenida y de los lotes asignados, las cuantías que se detallan con cargo a la aplicación presupuestaria 20050 G/3241/480038/32454 para el año 2024. En el citado anexo se relaciona por orden de prelación según puntuación obtenida, las entidades beneficiarias, el nombre del proyecto, la puntuación obtenida, el número de lotes y la cuantía de subvención concedida.


Segundo.- Poner de manifiesto que las entidades beneficiarias están obligadas a cumplir la finalidad de la subvención concedida, formar, como mínimo, a 820 niños, niñas, adolescentes y personas jóvenes por cada uno de los lotes adjudicados, así como el resto de las obligaciones impuestas por la convocatoria y demás normativa de aplicación.


En el supuesto de incumplimiento de estas obligaciones se podrá proceder el reintegro de las cuantías percibidas o, en su caso, se producirá la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida.


Tercero.- La formación deberá impartirse en los términos establecidos en el artículo 5.3 de la convocatoria. Asimismo, los municipios en los que se deberá impartir dicha formación se concretarán con las entidades beneficiarias en las reuniones técnicas de coordinación que se establezcan al efecto.


Cuarto.- Publicar la presente Orden de Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, por lo que surtirá sus mismos efectos.


Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes desde su notificación, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, de conformidad en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


Zaragoza, 20 de septiembre de 2024.


La Consejera de Bienestar Social y Familia,


CARMEN MARÍA SUSÍN GABARRE


ANEXO I: SUBVENCIONES CONCEDIDAS


SOLICITUDES PROPUESTAS PARA SER SUBVENCIONADAS, POR ORDEN DE PRELACIÓN


*No se asigna lote adicional al no haber manifestado su consentimiento en la solicitud de subvención para que se le asignaran lotes adicionales en el caso de que quedase desierto algún lote.


**Cada lote tiene asignada una subvención de 188.600 euros.

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