CORRECCIÓN de errores de la Orden FOM/1019/2024, de 3 de septiembre, por la que se convocan subvenciones a entidades locales para la realización, durante el año 2024, de actuaciones destinadas a la adquisición e instalación de sistemas de videovigilancia, en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.
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Advertidos errores materiales en la publicación de la Orden citada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 179, de 13 de septiembre de 2024, se procede a su subsanación de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los siguientes términos:
En la página 27257:
Exposición de motivos, primer párrafo
Donde dice:
"En cuanto al ámbito temporal de ejecución y buscando el máximo impacto dinamizador, se ha pretendido que las ayudas abarquen la máxima cantidad de inversiones y actividades subvencionables, con lo que la convocatoria comprenderá las actuaciones elegibles ejecutadas entre el 1 de enero de 2024 y el 10 de noviembre de 2024."
Debe decir:
"En cuanto al ámbito temporal de ejecución y buscando el máximo impacto dinamizador, se ha pretendido que las ayudas abarquen la máxima cantidad de inversiones y actividades subvencionables, con lo que la convocatoria comprenderá las actuaciones elegibles ejecutadas entre el 1 de enero de 2024 y el 5 de diciembre de 2024."
En la página 27258:
Primer párrafo.
Donde dice:
"Estas actuaciones deberán ser ejecutadas entre el día 1 de enero de 2024 y el 5 de noviembre de 2024, circunstancia que se acreditará con la fecha de la emisión de la correspondiente factura."
Debe decir:
"Estas actuaciones deberán ser ejecutadas entre el día 1 de enero de 2024 y el 5 de diciembre de 2024, circunstancia que se acreditará con la fecha de la emisión de la correspondiente factura."
En la página 27267:
Vigesimosegundo.- Justificación de las subvenciones.
Donde dice:
"La justificación de la subvención podrá realizarse desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Orden de otorgamiento de la subvención hasta el día 10 de noviembre de 2024, ambos incluidos."
Debe decir:
"La justificación de la subvención podrá realizarse desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Orden de otorgamiento de la subvención hasta el día 5 de diciembre de 2024, ambos incluidos."