DECRETO 158/2024, de 11 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión a favor del Instituto Aragonés del Agua, de una parcela situada en el término municipal de Albentosa con destino al servicio de depuración de aguas residuales del municipio.

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El 28 de febrero de 2013 se firmó el Convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés del Agua y el Ayuntamiento de Albentosa para la explotación de la depuradora de aguas residuales de Albentosa-Venta del Aire. Dentro del conjunto de actuaciones necesarias se convino la cesión por el Ayuntamiento de los terrenos y las instalaciones de la EDAR.


Tras los oportunos trámites, ambas Administraciones han cumplido los compromisos pactados en dicho Convenio con mutua satisfacción, quedando únicamente pendiente la regularización patrimonial de la situación existente.


La transmisión de la titularidad se ha planteado al amparo de lo previsto en el artículo 118 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, que prevé las cesiones gratuitas de un bien a otra Administración Pública, siempre que los fines que justifiquen la cesión redunden en beneficio de la población de la entidad local, como es el caso.


Tras la instrucción del oportuno expediente, el Ayuntamiento de Albentosa por acuerdo plenario de 31 de enero de 2024 aprobó la cesión gratuita al Instituto Aragonés del Agua la parcela 198 del polígono 2 de su término municipal, sobre la que se levanta la depuradora de depuración de aguas residuales que da servicio al núcleo urbano y al polígono Venta del Aire. La finca objeto de cesión tiene una extensión de 1.551 m².


La Dirección General de Administración Local tomó conocimiento de esta cesión, mediante Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Directora General de Administración Local, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 186 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y en los artículos 119.1.f) y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades y Servicios de las Entidades Locales de Aragón.


El valor de tasación actual de la estación depuradora de Albentosa, suelo e instalaciones, es de 216.126 euros, mediante un informe de la Jefa de Área de Bienes Inmuebles de 17 de junio de 2024, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor.


El Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública ha manifestado su conformidad con la operación mediante informe del Consejero de 15 de agosto de 2024.


El artículo 23.1 del Decreto Legislativo 1/2023, de 22 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón (TRLPA) atribuye al Gobierno de Aragón, mediante Decreto, aceptar y repudiar las herencias, legados y donaciones a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma o de sus organismos públicos.


Por su parte, el artículo 24 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón establece en su apartado 2 que "constituyen el patrimonio del Instituto Aragonés del Agua los que cualquier otro título jurídico, pueda recibir de la Comunidad Autónoma o de otras Administraciones públicas". De acuerdo con el apartado primero, los bienes del Instituto forman parte del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón.


En virtud de cuanto antecede, se consideran cumplidos los requisitos legalmente establecidos para la adquisición de patrimonio por la Comunidad Autónoma de Aragón, en este caso a través de una de sus Entidades de Derecho Público. Por ello, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Turismo, y previo acuerdo del Gobierno de Aragón, en su reunión de 11 de septiembre de 2024.


DISPONGO:


Primero.- Aceptación de la cesión gratuita.


Se acepta la cesión gratuita acordada por el Ayuntamiento de Albentosa, de la finca que a continuación se describe, que pasará a integrarse como bien de dominio público en el patrimonio del Instituto Aragonés del Agua, formando a su vez parte del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón:


1. Rústica, con Referencia Catastral 44010A002001980000LY, de 1.551 m² de superficie catastral, cedida por el Ayuntamiento de Albentosa al Instituto Aragonés del Agua, por acuerdo plenario de 31 de enero de 2024, en los términos del acuerdo de cesión. Sobre la misma se levanta la depuradora de aguas residuales que da servicio al núcleo urbano y al polígono Venta del Aire.


2. Ubicación. La parcela se encuentra situada en el paraje "Venta del Rubio", polígono 2, parcela 198 de la localidad de Albentosa.


3. Linda: norte y este, parcela 87 del Ayuntamiento de Albentosa; sur, parcela 227 de Miguel Redón Villanueva; oeste, parcelas 87 y 211, ambas del Ayuntamiento de Albentosa.


4. La parcela se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de Mora de Rubielos-Aliaga como finca número 3563, al Tomo 543, Libro 24, Folio 62, inscripción 1.ª.


5. Libre de cargas.


6. Valorada en 216.126 euros.


Segundo.- Destino y afectación.


Este inmueble se destinará a la prestación del servicio de depuración de aguas residuales del municipio de Albentosa, a través de las instalaciones actualmente existentes y de las que se puedan construir en orden a su ampliación o mejora. Este destino debe cumplirse con arreglo a los plazos y condiciones establecidos en la normativa patrimonial local, produciéndose la reversión automática de la parcela a la entidad local con todas sus accesiones y mejoras realizadas en caso de incumplimiento o falta de uso del bien.


El inmueble deberá incorporarse al Inventario de Bienes del Instituto Aragonés del Agua y al Inventario General del Patrimonio de Aragón, una vez inscrito a nombre del Instituto Aragonés del Agua en el Registro de la Propiedad.


Dada su afectación al servicio público de depuración de aguas residuales, el Instituto Aragonés del Agua se encargará de su gestión.


Tercero.- Formalización.


De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del texto refundido de Ley del Patrimonio de Aragón, esta cesión se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad.


Se faculta al presidente del Instituto Aragonés del Agua, o persona en quien delegue, para que, indistintamente, en nombre y representación de dicha Entidad, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.


Cuarto.- Gastos e impuestos.


Los gastos e impuestos que se deriven de la formalización de la aceptación de la cesión serán de cargo de la parte cesionaria.


Quinto.- Entrada en vigor.


El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Zaragoza, 11 de septiembre de 2024.


El Presidente del Gobierno de Aragón, JORGE AZCÓN NAVARRO


El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, MANUEL BLASCO MARQUÉS

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