RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2024, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, relativa a la convocatoria de subvenciones para los años 2024 y 2025 del Programa de la Red de Integración Social de Personas con Discapacidad (ISPEDIS) en el marco del Programa del Fondo Social Europeo Plus 2021-2027.
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A la vista de las solicitudes presentadas por las entidades sin ánimo de lucro interesadas en desarrollar acciones para la integración de la discapacidad durante los años 2024 y 2025, procede adoptar una resolución sobre la concesión o no de las ayudas a los solicitantes, tomando en consideración los siguientes:
Hechos
Primero.- En el "Boletín Oficial de Aragón", número 247, de 27 de diciembre de 2023, se publicó la Orden BSF/1910/2023, de 12 de diciembre, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones para los años 2024 y 2025 del Programa de la Red de Integración Social de Personas con Discapacidad (ISPEDIS) en el marco del Programa del Fondo Social Europeo Plus 2021-2027.
Segundo.- Todas las entidades participantes en la convocatoria formularon solicitud dentro del plazo establecido al efecto. Para cada una de aquellas se instruyó el oportuno expediente, comprobándose que la documentación presentada se ajustaba a los requisitos establecidos en la citada Orden, requiriéndose en caso necesario la aportación y modificación y modificación de los documentos preceptivos.
Tercero.- Ninguna de las entidades solicitantes formulan renuncia tras la publicación de la propuesta de resolución en la página web.
Cuarto.- Con fecha 19 de abril de 2024, se constituyó la Comisión de valoración prevista en el artículo 13 de la Orden de Convocatoria, celebrando reuniones de trabajo los días 19 y 25 de abril, tras las cuales, se elaboró y elevó el informe a los órganos instructores sobre las solicitudes presentadas y su evaluación.
Quinto.- El referido informe sirvió de base a las propuestas de resolución definitivas formuladas por los órganos instructores, que fueron elevadas a la Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales para resolver la convocatoria de subvenciones, por las Direcciones Provinciales del IASS.
Fundamentos de derecho
Primero.- La competencia para la resolución del procedimiento corresponde, por delegación de la Consejera de Bienestar Social y Familia, al Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Orden de convocatoria (BSF/1910/2023, de 12 de diciembre), y en el artículo 9 de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en adelante IASS.
Segundo.- A la vista del informe elevado por la Comisión de valoración al órgano instructor y las propuestas de resolución elevadas por las tres Direcciones Provinciales del IASS al Director Gerente del IASS, puede determinarse qué proyectos cumplen los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria, su valoración, la puntuación obtenida, el orden de prelación y la cuantía de las ayudas. Las propuestas elevadas por los órganos instructores al Director Gerente del IASS coincide con el contenido del Informe precitado.
Tercero.- Se ha comprobado la existencia de crédito suficiente para hacer efectivas las subvenciones a los Proyectos del Programa de la Red de Integración Social de Personas con Discapacidad (ISPEDIS) que resulten seleccionados, por un importe de 1.428.572 euros, de los cuales 714.286 euros para el año 2024 y 714.286 euros para el año 2025 financiadas al 60% con fondos propios, con cargo a la aplicación presupuestaria G/3132/480158/91001) y al 40% con fondos procedentes del Fondo Social Europeo Plus 2021-2027 con cargo a la aplicación presupuestaria G/3132/480158/11202).
El gasto se realizará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias, dentro de los Presupuestos de Gasto del Instituto Aragonés de Servicios Sociales para los ejercicios 2024 y 2025:
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, en cumplimiento de la normativa aplicable y en el uso de las atribuciones que confiere el ordenamiento jurídico, resuelvo:
1. Conceder las subvenciones para los años 2024 y 2025 del Programa de la Red de Integración Social de Personas con Discapacidad (ISPEDIS) en el marco del Programa del Fondo Social Europeo Plus 2021-2027 por el importe total de un millón cuatrocientos veintiocho mil quinientos setenta y dos euros (1.428.572 ), divididos en dos anualidades de setecientos catorce mil doscientos ochenta y seis euros (714.286 ) a las entidades sin ánimo de lucro que cumplen con los artículos 1, 2, 4, y 10, a las que se les ha aplicado los criterios de valoración y baremos establecidos en el artículo 14 de la Orden de convocatoria y los acuerdos adoptados por la Comisión de valoración, que se muestran detalladamente por provincia en el anexo I.
2. Excluir las solicitudes de subvención, por no obtener la puntuación mínima exigida en el apartado A (30 puntos) para recibir financiación, por lo que no se ha continuado evaluando, de los proyectos presentados por las entidades que se relacionan en el anexo II.
3. Publicar esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", teniendo dicha publicación efectos de notificación a los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así mismo, esta Resolución se publicará en la página web del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Departamento de Bienestar Social y Familia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con los dispuesto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Zaragoza, 2 de septiembre de 2024.
El Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales,
ANGEL VAL PRADILLA