EXTRACTO de la Orden BSF/1010/2024, de 29 de agosto, por la que se convocan subvenciones a comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de igualdad de trato y no discriminación, para el fomento de la igualdad de oportunidades para el ejercicio 2024.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
BDNS (Identif.): 783536
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/783536).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones a que se refiere la presente Orden las comarcas aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. Tendrán en todo caso la consideración de entidades beneficiarias de las subvenciones, las comarcas destinatarias de los fondos públicos que deban llevar a cabo la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión.
Segundo.- Objeto.
La presente Orden tiene por objeto convocar las subvenciones dirigidas a las comarcas aragonesas para la realización de proyectos de promoción de la igualdad de trato, no discriminación y diversidad afectivo sexual, en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el ejercicio 2024 y que corresponden al ámbito de la competencia de esta dirección general, según lo establecido en la Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades que integran la Administración Local en Aragón, gestionadas por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, Instituto Aragonés de Servicios Sociales e Instituto Aragonés de la Juventud, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 228, de 8 de noviembre de 2021.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía total prevista para esta convocatoria es de 100.000 con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 20030 G/3137/460255/91002 (PEP 2024/000055) del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
La subvención a conceder podrá alcanzar el 100% del proyecto. Las subvenciones previstas en esta Orden son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes del sector público o privado. El importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del proyecto subvencionado.
El importe del proyecto o actuación subvencionable no alcanzado por la subvención, será cubierto con fondos propios de la entidad beneficiaria o con la financiación procedente de otras subvenciones o ayudas, siempre que esto sea compatible, conforme con lo previsto en esta Orden.
Cada entidad podrá presentar un único proyecto cuyo importe no podrá superar la cuantía de 20.000 . En caso de que la subvención solicitada supere estos importes, se ajustará de oficio al importe máximo recogido en esta convocatoria.
La cantidad económica de la ayuda se determinará de manera proporcional a la puntuación obtenida por el proyecto evaluado y al presupuesto aceptado para la ejecución del proyecto, entre las solicitudes que superen la puntuación mínima prevista.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". La convocatoria se hará pública a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el siguiente enlace: http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/index
Sexto.- Otros datos.
Cada comarca podrá presentar una solicitud con un único proyecto, en caso de que se presentara más de una solicitud, solo tendrá validez la primera, atendiendo al orden del registro de entrada.
La solicitud será formulada por el representante de la comarca y se dirigirá a la Dirección General de Igualdad de Oportunidades, presentándose obligatoriamente por medios telemáticos conforme al modelo específico que se genera por la herramienta Tramitador online, disponible en la https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-en-el-ambito-de-la-igualdad-de-trato-y-no-discriminacion/comarcas-convocatoria-2024 o incluyendo en el buscador de trámites del Gobierno de Aragón https://aragon.es/tramites el procedimiento número 10188 y nombre "Subvenciones en el ámbito de la igualdad de trato y no discriminación-Comarcas".
Zaragoza, 29 de agosto de 2024.- La Consejera de Bienestar Social y Familia, Carmen María Susín Gabarre.