ORDEN SAN/993/2024, de 2 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones de salud pública para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de promoción de la salud y prevención de drogodependencias y otras adicciones y proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida, para el año 2024.

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Mediante la Orden SAN/472/2024, de 3 de mayo, se realizó la convocatoria de subvenciones de salud pública para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de promoción de la salud y prevención de drogodependencias y otras adicciones y proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida, para el año 2024 ("Boletín Oficial de Aragón", número 94, de 16 de mayo de 2024), de acuerdo con lo establecido en la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para concesión de subvenciones en materia de salud, modificada por la Orden SAN/653/2023, de 10 de mayo.


En el apartado quinto de la citada Orden SAN/472/2024, de 3 de mayo, se establece que se consideran subvencionables los siguientes proyectos:


1. Proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida que fomenten la inclusión social y la prevención del VIH en el marco de la salud sexual:


1.1. Promoción de la prevención combinada del VIH y otras ITS. Acciones de formación, educación y promoción de la salud sexual integral dirigidas a población general y a población vulnerable, incorporando el enfoque de género y promoviendo acciones para promover el buen trato y reducir la violencia de cualquier tipo. Promoción de la salud sexual en población GBHSH y personas trans. Promoción de la salud en personas que ejercen la prostitución. Promoción de la salud en colectivos en situación de especial vulnerabilidad tales como, inmigrantes, personas en situación económica precaria, etc.


1.2. Promoción del diagnóstico precoz de la infección por el VIH y otras ITS especialmente en las poblaciones más vulnerables o que no tienen acceso a la atención sanitaria normalizada. Actividades de promoción de la prueba del VIH en diferentes entornos y en diferentes colectivos, teniendo en cuenta el perfil de las personas con diagnóstico tardío.


1.3. Promoción de respuestas sociales constructivas frente al VIH y otras ITS fomentando la inclusión social y haciendo frente al estigma. Acciones para potenciar la resiliencia de las personas con VIH mediante intervenciones de sensibilización encaminadas a corregir creencias erróneas sobre el VIH, sus vías de transmisión y medidas de prevención.


2. Proyectos de promoción de la salud y prevención de las adicciones de acuerdo con las líneas previstas en el III Plan de Autonómico de Adicciones de la Comunidad Autónoma de Aragón:


2.1. Proyectos de prevención de adicciones en el ámbito familiar. Dirigidos a fortalecer la capacidad y la responsabilidad familiar y comunitaria para la prevención de las conductas adictivas y la promoción de los estilos de vida saludables, facilitando a las personas que ejercen las responsabilidades parentales pautas positivas de educación de los niños, niñas y adolescentes a su cargo.


2.2. Proyectos de prevención de adicciones en el ámbito comunitario. Dirigidos a promover el desarrollo educativo y socio-sanitario de la comunidad, fundamentalmente a través de actividades que fomenten hábitos de vida saludable, favorezcan la participación y la inclusión social y/o ayuden a la sensibilización sobre las adicciones.


2.3. Proyectos de prevención de adicciones en el ámbito laboral. Dirigidos a la promoción y mejora de la salud y seguridad en el entorno de la empresa, favoreciendo una cultura preventiva y rehabilitadora relativa a las conductas adictivas, a través de la prevención, la intervención y la asistencia a empleados.


2.4. Proyectos de prevención selectiva e indicada. Dirigidos a la promoción de estilos de vida saludables entre jóvenes con consumos problemáticos de sustancias o conductas adictivas y entre otros colectivos y personas en situación de vulnerabilidad con problemas incipientes de adicciones.


2.5. Proyectos de ayuda mutua de personas afectadas por conductas adictivas. Dirigidos a proporcionar información y asesoramiento, fomentar el intercambio de experiencias, la ayuda mutua y el apoyo, y realizar actividades sociales dirigidas a la sensibilización de la población en el marco de asociaciones de afectados para la mejora de su autoestima y de su recuperación.


2.6. Proyectos de reducción de daños. Dirigidos a disminuir comportamientos arriesgados asociados al consumo de sustancias, transmitir información objetiva sobre la reducción de riesgos asociados este consumo, facilitar el desarrollo de competencias en quienes consumen para gestionar las conductas adecuadas a cada situación y promover un consumo de sustancias menos perjudicial.


Conforme al apartado décimo de la citada Orden SAN/472/2024, de 3 de mayo, la instrucción del procedimiento ha correspondido a la persona titular de la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón.


El procedimiento de concesión se ha efectuado en régimen de concurrencia competitiva, conforme al artículo 16 y siguientes del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, y el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


La Comisión de valoración ha procedido a valorar los proyectos presentados siguiendo los criterios establecidos en el apartado decimoprimero de la Orden de convocatoria, acordando proponer la concesión de una subvención a aquellos proyectos que han superado la puntuación necesaria en la fase de evaluación.


Con fecha de 31 de julio de 2024, la Directora General de Salud Pública ha formulado la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones de salud pública para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen programas de promoción de la salud y prevención de drogodependencias y otras adicciones y proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida para el año 2024, en la que se expresan la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de subvención, una vez realizada la evaluación de las solicitudes y los criterios de valoración seguidos para efectuarla y cumpliendo los requisitos necesarios para acceder a la subvención.


Por ello, y de acuerdo con lo establecido en el apartado decimotercero de la Orden SAN/472/2024, de 3 de mayo, por la se realiza la convocatoria de subvenciones de salud pública para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de promoción de la salud y prevención de drogodependencias y otras adicciones y proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida, para el año 2024, resuelvo:


Primero.- Conceder una subvención de salud pública para las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen programas de promoción de la salud y prevención de drogodependencias y otras adicciones y proyectos de promoción de la salud y prevención de VIH/Sida para el año 2024 relacionadas y por las cuantías señaladas en los anexos I y II respectivamente de la presente Orden, con cargo a la aplicación presupuestaria 16040.4134.480067.91002 del presupuesto del Departamento de Sanidad, quedando obligados al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la convocatoria.


Segundo.- Desestimar las solicitudes presentadas por las siguientes entidades por no haber alcanzado, en la valoración de las mismas, una puntuación mínima de 15 puntos en la valoración de la entidad solicitante y/o una puntuación mínima de 36 puntos en la valoración del proyecto solicitado, con arreglo al apartado decimoprimero, puntos números 1 y 2 de la Orden SAN/472/2024, de 3 de mayo.


Proyectos no subvencionables para prevención VIH/SIDA:


1. Nombre de la Entidad: Fundación Scout Griébal.


CIF/NIF: G99451163.


Título proyecto: Conoce y decide.


Puntuación relativa al proyecto: 21.


2. Nombre de la Entidad: Fundación Secretariado Gitano.


CIF/NIF: G83117374.


Título proyecto: Promoción de la salud y prevención de VIH/ITS en la población gitana.


Puntuación relativa al proyecto: 33.


Proyectos no subvencionables para prevención adicciones:


1. Nombre de la Entidad: Asde Scouts de Aragón.


CIF: G50169788.


Título del proyecto: Prevención de Adicciones en la Infancia y la Juventud de Aragón 2024.


Puntuación relativa a la entidad: 15.


Puntuación relativa al proyecto: 31.


2. Nombre de la Entidad: Asociación Impulsa para el desarrollo y la formación.


CIF: G99231185.


Título del proyecto: Prevención de la adicción a redes sociales y trastorno dismórfico corporal.


Puntuación relativa a la entidad: 11.


3. Nombre de la Entidad: Servicio Capuchino de cooperación al desarrollo - Aragón.


CIF: G82192287.


Título del proyecto: Transformando realidades.


Puntuación relativa a la entidad: 17.


Puntuación relativa al proyecto: 33.


4. Nombre de la Entidad: Fundación Agustín Serrate.


CIF: G50856137.


Título del proyecto: Prevención de recaídas en el consumo de tóxicos a través de la promoción del ocio saludable en el entorno rural.


Puntuación relativa a la entidad: 17.


Puntuación relativa al proyecto: 34.


5. Nombre de la Entidad: Fundación el Tranvía.


CIF: G50654433.


Título del proyecto: Anda soñando por tu salud.


Puntuación relativa a la entidad: 17.


Puntuación relativa al proyecto: 31.


6. Nombre de la Entidad: Fundación Luis de Azua.


CIF: G50596212.


Título del proyecto: El cuidado de la salud, accesible para todos.


Puntuación relativa a la entidad: 16.


Puntuación relativa al proyecto: 27.


7. Nombre de la Entidad: Fundación Secretariado Gitano.


CIF/NIF: G83117374.


Título del proyecto: Proyecto de prevención de adicciones en el ámbito comunitario de la población gitana.


Puntuación relativa a la entidad: 15.


Puntuación relativa al proyecto: 31.


8. Nombre de la Entidad: Fundación de atención a la discapacidad intelectual en Aragón- Ser Más.


CIF: G99191538.


Título del proyecto: Des-conéctate.


Puntuación relativa a la entidad: 16.


Puntuación relativa al proyecto: 23.


9. Nombre de la Entidad: Integra voluntariado joven.


CIF: G50738004.


Título del proyecto: Prevención consumo tabaco, alcohol y otras drogas en el tiempo libre.


Puntuación relativa a la entidad: 16.


Puntuación relativa al proyecto: 30.


Tercero.- La justificación del proyecto subvencionado deberá realizarse mediante la presentación de la documentación a través de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón y en la forma establecidas en el apartado vigésimo de la Orden de convocatoria. El plazo para la justificación de los proyectos subvencionables de la presente convocatoria finalizará el día 19 de noviembre de 2024, no admitiéndose ninguna justificación de gasto posterior a esta fecha.


Cuarto.- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para concesión de subvenciones en materia de salud, las subvenciones concedidas serán publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón" con expresión de la convocatoria o acto de concesión, programa o crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención. En consecuencia, la presente Orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" así como en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón, según lo establecido en el artículo 15 de las bases reguladoras aprobadas por la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril.


En el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de esta Resolución, las entidades beneficiarias de la subvención deberán manifestar la aceptación expresa de la subvención, entendiéndose que aceptan todas y cada una de las condiciones expresadas en la resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se produzca la aceptación, se entenderá que la entidad beneficiaria renuncia a la misma.


Quinto.- Con arreglo a lo establecido en el artículo 15 de la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para concesión de subvenciones en materia de salud, las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad activa, a través del Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón y se incluirán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


La presente Orden pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ("Boletín Oficial del Estado", número 236, de 2 de octubre de 2015) o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


Zaragoza, 2 de septiembre de 2024.


El Consejero de Sanidad, JOSÉ LUIS BANCALERO FLORES

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