ORDEN HAP/970/2024, de 15 de agosto, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Aragón la Fundación Isabel Martín, ya constituida, por adoptar como ámbito de actuación territorial la Comunidad Autónoma de Aragón.

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Examinada la documentación presentada por la Fundación Isabel Martín y la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de 11 de marzo de 2024, como consecuencia de la modificación del ámbito de actuación de la Fundación, al desarrollar principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma de Aragón, tras haber modificado el artículo 4 de los estatutos de la Fundación relativo al ámbito territorial y al domicilio social, aprobando el traslado del expediente de la Fundación al Registro de Fundaciones de Aragón, para su inscripción en dicho Registro, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, desarrollada por el Reglamento de Fundaciones, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, el Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones, así como la Orden de 16 de abril de 1996, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, referente al funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma, consta lo siguiente:


Hechos


Primero.- Constitución de la Fundación.


La Fundación Isabel Martín fue constituida en escritura número 2482, de 23 de abril de 2015, otorgada ante el Notario de Madrid Antonio de la Esperanza Rodríguez, subsanada por otra de 5 de octubre de 2015, otorgada ante el Notario Miguel Yuste Rojas, como sustituto de Antonio de la Esperanza Rodríguez, con el número 5152, constando su inscripción en el Registro de Fundaciones de competencia estatal con el número de registro asignado 1128SND, siendo sus fundadores Ángel Sanz Fernández, Ignacio Javier Aragües Dufol y Johny Joseph.


Segundo.- Traslado al Registro autonómico.


El 30 de noviembre de 2023, mediante presentación telemática en el Registro electrónico general de Aragón, la Fundación Isabel Martín, presenta solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones de Aragón por cambio de ámbito territorial de actuación, aportando junto a la solicitud copia de la escritura de modificación de estatutos número 4423, de 22 de noviembre de 2023, otorgada en Zaragoza, ante el Notario del Colegio Notarial de Aragón Juan Antonio Yuste González de Rueda, acordado por el Patronato de la Fundación el 20 de junio de 2023.


El 12 de marzo de 2024, se remite por la Subdirección General del Notariado y de los Registros del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a la Dirección General de Interior y Emergencias del Gobierno de Aragón, oficio de comunicación que adjunta Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública por la que se resuelve el cambio de ámbito de actuación de la Fundación Isabel Martín pasando a ser la Comunidad Autónoma de Aragón y certificación de 11 de marzo de 2024, de la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de los fines de la Fundación, composición actual del patronato, apoderados, domicilio y anotaciones registrales.


Mediante la citada Resolución dictada el 11 de marzo de 2024 se aprueba el traslado del expediente de la Fundación Isabel Martín al Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón una vez quede inscrita la Fundación en este Registro.


Tercero.- Fines de la Fundación.


La atención sanitaria y social de personas desfavorecidas y en situación de exclusión social, especialmente mujeres, infancia y adolescencia y la promoción del voluntariado social.


Cuarto.- Dotación.


La dotación fundacional, de carácter dinerario, es de 30.000 (treinta mil euros), totalmente desembolsada, habiendo sido aportada por las siguientes personas: Ignacio Javier Aragües Dufol (2.500 euros), Johny Joseph (2.500 euros), Ángel Sanz Fernández (2.500 euros), Ignacio Aragües Lafarga (11.250 euros) y María Paz Dufol Pallares (11.250 euros).


La dotación fundacional está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.


Quinto.- Patronato.


El Patronato de la Fundación actualmente está formado por las siguientes personas con expresión de sus cargos:


Presidente: Ángel Sánchez Fernández.


Vicepresidente: Ignacio Aragües Dufol.


Vocales: Paz Aragües Dufol, María Paz Dufol Pallares, Johny Joseph, Ignacio Javier Aragües Lafarga.


Secretaria (No patrona): Olga Estella Ibarbuen.


Sexto.- Domicilio y ámbito de la Fundación.


El domicilio social de la Fundación se establece en calle Mayor, número 6, local, 50001 - Zaragoza, siendo el ámbito territorial en el que la Fundación desarrollará principalmente sus actividades todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, según el artículo 4 de los estatutos de la Fundación, cuya modificación ha sido elevada a escritura pública número 4423, de 22 de noviembre de 2023, otorgada en Zaragoza, ante el Notario del Colegio Notarial de Aragón Juan Antonio Yuste González de Rueda.


Séptimo.- Estatutos.


Las cuestiones relativas al gobierno y gestión de la Fundación están recogidas actualmente en los estatutos vigentes (excepto lo relativo al domicilio social y ámbito territorial) por los que se rige la Fundación, incorporados en la escritura de constitución número 2482, de 23 de abril de 2015, otorgada ante el Notario de Madrid Antonio de la Esperanza Rodríguez, subsanada por otra de 5 de octubre de 2015, otorgada ante el Notario Miguel Yuste Rojas, con el número 5152.


Dichos estatutos cumplen con las disposiciones del artículo 11 de la citada Ley 50/2002, conteniendo, entre otras exigencias: la denominación de la entidad, los fines fundacionales, el domicilio, el ámbito territorial en que haya de desarrollar principalmente sus actividades, las reglas básicas para la aplicación de los recursos al cumplimiento de los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios, así como la composición del patronato, las reglas para la designación y sustitución de sus miembros, las causas de su cese, sus atribuciones, la forma de deliberar y adoptar acuerdos y su carácter gratuito, estando el patronato obligado a la presentación de las cuentas anuales y remisión del Plan de Actuación de cada ejercicio al Protectorado de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuya aprobación se realice a partir de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Aragón.


Octavo.- Apoderamientos.


En la certificación emitida el 11 de marzo de 2024 por la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, constan inscritos en el Registro estatal de Fundaciones, otorgamiento de poderes sin revocación, contenidos en la escritura pública número 557, de 26 de febrero de 2016, del Notario Fernando-Félix Picón Chisbert, a favor de Ignacio Aragües Dufol, en los términos que constan en la escritura, y escritura pública número 1389, de 6 de mayo de 2016, otorgada por el Notario Gonzalo Divar Loyola, a favor de Olga Estella Ibarbuen, igualmente en los términos que constan en la escritura.


Fundamentos de derecho


Primero.- El artículo 34 de la Constitución Española reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general, con arreglo a la Ley. En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 569/1995, de 7 de abril, la Comunidad Autónoma de Aragón asumió la competencia exclusiva que, conforme a lo establecido en su Estatuto de Autonomía, le corresponde en materia de Fundaciones que desarrollan principalmente sus actividades en el ámbito territorial de Aragón.


Segundo.- El artículo 2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, dispone que son Fundaciones las organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.


Tercero.- El Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública es competente para ejercer el Protectorado de la Diputación General de Aragón sobre las fundaciones que desarrollan principalmente sus actividades en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos y en el Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondiendo al Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón de la Fundación Isabel Martín, ya constituida, por adoptar como ámbito de actuación el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, en aplicación de lo establecido en el artículo 2.2 a) del Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, modificado por Decreto 25/2004, de 10 de febrero, e interpretado de conformidad con la legislación vigente.


Cuarto.- Según consta en la Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Directora General de Seguridad Jurídica y Fé Pública del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, la modificación del ámbito territorial fue acordada en la reunión del Patronato de la Fundación celebrada el 20 de junio de 2023 y consta en la escritura número 4423, de 22 de noviembre de 2023, otorgada en Zaragoza, ante el Notario del Colegio Notarial de Aragón Juan Antonio Yuste González de Rueda, junto al informe de no oposición al cambio de Protectorado emitido por el Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Cultura y Deportes el 24 de octubre de 2023.


Mediante dicha Resolución, recibida en el Registro general del Gobierno de Aragón el 12 de marzo de 2024, se comunica la modificación estatutaria y se aprueba el traslado del expediente de la Fundación al Registro de Fundaciones de Aragón, remitiendo certificación de sus fines, composición actual del patronato, apoderados, domicilio y anotaciones registrales.


Quinto.- El Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, establece que se inscribirán en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, las que desarrollen principalmente sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, y los actos que con arreglo a las leyes sean inscribibles, entre los que se encuentran la constitución de la fundación, la composición inicial del órgano de gobierno y todas las variaciones posteriores que se produzcan en el mismo, así como la aceptación de los cargos, y las delegaciones y apoderamientos generales que efectúen los órganos de gobierno y su revocación.


Por cuanto antecede, emitido el informe favorable a que se refiere el Decreto 25/2004, de 10 de febrero, dispongo:


1.º Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón de la denominada Fundación Isabel Martín, ya constituida, por adoptar como ámbito de actuación el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.


2.º A dicha Fundación le corresponde en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón el número 426 (I).


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.


Zaragoza, 15 de agosto de 2024.


El Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública,


ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

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