ORDEN HAP/840/2024, de 18 de julio, por la que se modifica la Orden HAP/482/2024, de 14 de mayo, por la que se dictan instrucciones para la elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2025.

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Con fecha 20 de mayo de 2024, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 96, la Orden HAP/482/2024, de 14 de mayo por la que se dictan instrucciones para la elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2025.


El anexo II "Clasificación Orgánica" de la citada Orden, definió la codificación de la estructura orgánica del presupuesto con arreglo a la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, recogida en el Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos y el Decreto 102/2023, de 11 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


No obstante lo anterior con el objeto de alcanzar la máxima eficacia en la acción del Gobierno, se ha considerado conveniente modificar la estructura departamental para adecuarla a los nuevos retos, mediante Decreto de 12 de julio de 2024, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y por Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


Siendo necesario adaptar la codificación de las estructuras presupuestarias recogidas en la Orden HAP/482/2024, de 14 de mayo, por la que se dictan instrucciones para la elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2025, a la nueva organización de la Comunidad Autónoma y de conformidad con las facultades conferidas en el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón a favor del Departamento competente en materia de Hacienda, a propuesta de la Dirección General de Presupuestos, resuelvo:


Primero.- Codificación de la estructura orgánica.


Las Secciones a considerar para la elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2025, serán las siguientes:


Código - Sección.


01 - Cortes de Aragón.


02 - Presidencia del Gobierno de Aragón.


03 - Consejo Consultivo de Aragón.


04 - Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.


09 - Consejo Económico y Social de Aragón.


10 - Departamento de Presidencia, Economía y Justicia.


12 - Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública.


13 - Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial.


14 - Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.


15 - Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades.


16 - Departamento de Sanidad.


18 - Departamento de Educación, Cultura y Deporte.


20 - Departamento de Bienestar Social y Familia.


22 - Departamento de Medio Ambiente y Turismo.


26 - A las Administraciones Comarcales.


30 - Diversos Departamentos.


No se producen cambios en la codificación de los organismos autónomos y de las entidades de derecho público.


Las Secciones se desglosarán en los Servicios que correspondan, según las nuevas estructuras actualmente en vigor, que se detallan en el anexo I.


Se mantienen las directrices específicas de presupuestación del Servicio Aragonés de Salud que figuran en el apartado 7 del anexo I de la Orden HAP/482/2024, de 14 de mayo, por la que se dictan instrucciones para la elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2025.


Segundo.- Habilitación de desarrollo.


Dado que, en cumplimiento de los plazos establecidos en la Orden HAP/482/2024, de 14 de mayo que ahora se modifica, ya se dispone de propuestas de gastos e ingresos en los módulos de elaboración del Presupuesto del sistema económico-financiero SERPA y Módulo de Simulación y Presupuestación de SIRHGA (Sistema Integrado de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón), se faculta a la Dirección General de Presupuestos y a la Dirección General de la Función Pública, para realizar los ajustes que resulten necesarios al objeto de adaptar dichas propuestas a la nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


Las propuestas grabadas en SERPA en los programas de gasto relativos a "Servicios Generales" de aquellos Departamentos afectados por la reestructuración, no se trasladarán.


Una vez realizados los trabajos técnicos de reestructuración de las propuestas, se informará a los Departamentos del plazo para que por su parte se proceda a su revisión, así como a la grabación de los importes que correspondan en los programas de "Servicios Generales" que no se hayan trasladado en el volcado de propuestas inicial.


Asímismo se faculta a la Dirección General de Presupuestos para dictar las resoluciones que procedan, en particular el desarrollo y la mayor desagregación de la estructura del Presupuesto, la identificación de fuentes de financiación, contenido de las memorias o el establecimiento de formatos de documentación necesaria, en desarrollo de esta Orden, a los fines establecidos en la misma, en la normativa vigente y en los acuerdos y directrices que se fijen por el Gobierno de Aragón.


Tercero.- Efectos.


Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Zaragoza, 18 de julio de 2024.


El Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública,


ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

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