RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2024, del Director General de la Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de la Administración, Administradores Superiores.


En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 176/2021, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2021 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 261, de 27 de diciembre de 2021), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.1.h) del Decreto 298/2023, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con sujeción a las siguientes bases:


1. Normas generales.


1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el turno de promoción interna, 6 plazas del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de la Administración, Administradores Superiores.


1.2. El órgano de selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de personas aspirantes superior al de las plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.


1.3. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición.


1.3.1. En la fase de concurso se valorarán como méritos los previstos en la base 8.2, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.


1.3.2. La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los dos ejercicios es obligatoria para superar la fase de oposición.


1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo I a esta convocatoria.


1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los dos meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.


1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón (ubicación disponible en la siguiente página web www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion).


Asimismo, toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/oposiciones.


2. Requisitos de las personas aspirantes.


2.1. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:


a) Estar incluidas en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón.


b) Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguna de las Escalas o Clases de Especialidad del Subgrupo A1 o A2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública, hallándose en este último caso incorporado al Sector de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en virtud de convocatoria pública.


c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en el Subgrupo profesional desde el que se promociona.


d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.


e) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario.


En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.


f) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título Universitario Oficial de Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Grado.


En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.


g) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace mención la base 3.5.


2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como personal funcionario de carrera.


3. Solicitudes.


3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar y presentar por vía electrónica el modelo 524 de solicitud de admisión a pruebas selectivas, de conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública ("Boletín Oficial de Aragón", número 81, de 15 de abril de 2021).


La solicitud será obligatoriamente cumplimentada accediendo a la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón según lo previsto en la base 3.4 y de acuerdo con las instrucciones que pueden consultarse en la página web www.aragon.es/oposiciones.


El uso del modelo específico de solicitud generado electrónicamente será obligatorio de acuerdo con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


3.2. Las personas aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.


3.3. La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática (https://www.aragon.es/tramites) de acuerdo con lo especificado a continuación:


a) Las personas aspirantes deberán presentar su solicitud ante el Registro telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 2, siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo requisito necesario identificarse y firmar electrónicamente. Para ello deberán disponer de un certificado electrónico en vigor o, alternativamente, cl@ve permanente (habilitada para firmar con cl@ve firma).


La presentación de solicitudes conlleva obligatoriamente el pago telemático de la tasa por derechos de examen a que se refiere el apartado 6. La documentación acreditativa de la exención de pago se adjuntará telemáticamente como documento pdf.


b) Las personas aspirantes podrán manifestar en su solicitud la opción de realizar el primer ejercicio de la fase de oposición en una de estas tres localidades: Zaragoza, Huesca o Teruel.


3.4. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.


3.5. La tasa por derechos de examen será de 39,98 euros, cuyo pago se realizará telemáticamente según lo expresado en el apartado 3.a) de esta base.


La falta de pago de la tasa no será subsanable.


3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.


La circunstancia señalada deberá ser debidamente acreditada con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas.


3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:


a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de las personas aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.


b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.


c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.


De conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública, la presentación de solicitud de devolución de tasa se realizará de forma telemática, a través del trámite "devolución tasa 524" en la siguiente dirección web https://www.aragon.es/tramites.


3.8. Una vez finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, las personas aspirantes que la hayan superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir de la publicación del Acuerdo por el que se hacen públicos los nombres de las personas aspirantes que han superado la fase de oposición para aportar los méritos que deseen que les sean valorados. Con la publicación de la lista de personas aprobadas de la fase de oposición se determinará la forma de presentación de los méritos descritos.


4. Admisión de aspirantes.


4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública dictará resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", por la que se apruebe la relación provisional de las personas aspirantes admitidas y, en su caso, excluidas, indicando las causas de exclusión.


4.2. Las personas aspirantes excluidas o que no figuren en las listas habiendo presentado solicitud, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Asimismo, quienes hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en ese mismo plazo.


Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.


4.3. La resolución de aprobación de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". En dicha Resolución se señalará lugar y fecha del primer ejercicio.


La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de las personas aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.


5. Comisión Permanente de Selección.


5.1. El órgano encargado de la selección en este proceso selectivo será la Comisión Permanente de Selección creada y regulada por Orden HAP/579/2023, de 28 de abril, modificada por Orden HAP/383/2024, de 25 de abril.


A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Permanente de Selección tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública.


5.2. El procedimiento de actuación de la Comisión Permanente de Selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en los artículos 23 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; en la normativa que regula la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección y en las demás disposiciones vigentes.


5.3. Los miembros de la Comisión Permanente de Selección deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o en el artículo 33.2 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.


Asimismo, las personas candidatas podrán recusar a los miembros de la Comisión Permanente de Selección cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015 y en el artículo 34 de la Ley 5/2021, ambas anteriormente citadas.


5.4. La persona que ejerza las funciones de la Presidencia de la Comisión coordinará la actuación y trabajos de sus miembros y dirimirá con su voto los posibles empates a efectos de la adopción de acuerdos.


5.5. La Comisión Permanente de Selección resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.


6. Estructura de las pruebas selectivas.


6.1. Fase de oposición:


Se estará a lo dispuesto en el apartado 1.1 "Convocatorias del Grupo A1", subapartado 1.1.2.1. "Supuestos específicos. Administradores superiores" y 1.9 "Reserva de examen" de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionarios por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 12 de enero de 2021).


6.2. Fase de concurso.


La fase de concurso no será eliminatoria, y las valoraciones que de ella resulten se sumarán a las de los ejercicios de la fase de oposición para determinar la puntuación total. No podrá aplicarse la puntuación de la fase de concurso para superar los ejercicios de la fase de oposición.


La valoración de méritos se regirá por lo dispuesto en el apartado 1.6 de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, citada en el apartado anterior.


7. Desarrollo de los ejercicios.


7.1. La fecha de realización del primer ejercicio se determinará en la resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.


7.2. En cualquier momento del desarrollo del proceso selectivo la Comisión Permanente de Selección podrá requerir la acreditación de su identidad a las personas aspirantes.


7.3. Las personas candidatas serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidas de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por la Comisión Permanente de Selección.


7.4. La presentación de alegaciones relativas al contenido de las pruebas, sólo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de realización del ejercicio.


7.5. La presentación de solicitudes relativas a la revisión de exámenes realizados sólo se admitirá en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente a que se publiquen las calificaciones del correspondiente ejercicio.


7.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión Permanente de Selección tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública, quien resolverá, previa audiencia de la persona interesada.


7.7. El incumplimiento por parte de cualquier aspirante de las bases de la convocatoria o de las instrucciones dadas por la Comisión Permanente de Selección para el desarrollo de cualquiera de los ejercicios podrá comportar la anulación del ejercicio correspondiente de dicha persona mediante Acuerdo de la Comisión Permanente de Selección adoptado al efecto.


8. Calificación.


8.1. Fase de oposición:


Para la calificación de los ejercicios se estará a lo dispuesto en el apartado 1.1 "Convocatorias del Grupo A1", subapartado 1.1.2.1. "Supuestos específicos. Administradores superiores" y 1.9 "reserva de examen" de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionarios por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 12 de enero de 2021).


Una vez finalizado el proceso de exámenes, se formará una lista, en orden decreciente, con las sumas de las puntuaciones obtenidas por las personas candidatas que, en los términos establecidos para cada caso, hayan superado todos los ejercicios, considerándose aprobados de la fase de oposición un máximo de tres personas por plaza, de conformidad con lo establecido en el apartado 1.5 de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionarios por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 6, de 12 de enero de 2021).


8.2. Fase de concurso:


Será de aplicación lo dispuesto en el apartado 1.6 de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puesto de funcionario por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad.


8.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios obligatorios, más la del concurso.


8.4. Concluidos los ejercicios de la oposición y la fase de concurso, y a propuesta de la Comisión Permanente de Selección, el Director General de la Función Pública hará pública la lista de personas aprobadas por orden de puntuación, sin que el número total de personas aspirantes seleccionadas pueda superar al de plazas convocadas.


Conforme a la base 1.7 de la Resolución 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida sucesivamente en los ejercicios primero y segundo.


Como criterio residual de desempate, regirá lo dispuesto en la Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Directora del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.


9. Presentación de documentos.


9.1. Dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la lista de personas aprobadas en el concurso-oposición, aquellas que figuren en ellas deberán aportar ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en esta convocatoria. Estos documentos son:


a) Fotocopia del título a que se refiere la base 2.1.f) o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de aquél título.


Los títulos procedentes de otros Estados deberán estar debidamente homologados por la Administración educativa española y deberá adjuntarse a ellos la credencial que acredite dicha homologación. En el caso de titulaciones que acrediten la formación en alguno de los otros Estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta credencial podrá suplirse por la credencial de reconocimiento para el ejercicio de una profesión regulada en aplicación de las directivas mutuas de reconocimiento de titulaciones.


b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario.


9.2. Quienes dentro del plazo señalado no presenten la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ellos se refieren.


10. Nombramiento de personal funcionario de carrera.


Concluido el proceso selectivo, las personas candidatas que lo hubiesen superado, serán nombradas personal funcionario de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de Administración, Administradores Superiores por Orden del Consejero de Hacienda y Administración publica, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".


11. Disposiciones finales.


11.1. Al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, será de aplicación, en este proceso, lo establecido en la Orden HAP/11/2019, de 18 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo de 6 de noviembre de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 19 de octubre de 2018, de la Mesa Sectorial de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se establecen medidas para garantizar la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres en relación con el acceso al empleo público.


11.2. El orden de actuación comenzará con la primera persona aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra "C", de acuerdo con el resultado del sorteo celebrado el día 13 de marzo de 2024 ("Boletín Oficial de Aragón", número 56, de 19 de marzo de 2024).


11.3. Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública, y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; en el Decreto 80/1997, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y, promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificado por Decreto 129/2020, de 23 de diciembre; en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario por los turnos de promoción interna y de personas con discapacidad, aprobadas por Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.


11.4. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 60 y 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.


Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión Permanente de Selección podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación:


- Contra las resoluciones del Director General de la Función Pública, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.


- Contra los actos y decisiones de la Comisión Permanente de Selección que imposibiliten la continuación en el procedimiento para la persona interesada o produzcan indefensión, recurso de alzada ante el Director General de la Función Pública.


Zaragoza, 11 de julio de 2024.


El Director General de la Función Pública,


ANTONIO VILLACAMPA DUQUE


ANEXO I


PROGRAMA DE LAS OPOSICIONES AL CUERPO DE FUNCIONARIOS SUPERIORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, ESCALA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN, ADMINISTRADORES SUPERIORES, PROMOCIÓN INTERNA


Grupo primero.


1. Las Comunidades Autónomas en la Constitución. Su consideración como instituciones del Estado. Principios constitucionales de unidad y autonomía. Principio de cooperación.


2. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza y contenido. Posición normativa en el ordenamiento jurídico. La reforma de los Estatutos.


3. Distribución de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. Normas de delimitación de competencias. Proceso de traspasos de funciones y servicios. Relaciones entre la Administración del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas.


4. Relaciones entre ordenamiento jurídico estatal y ordenamientos autonómicos. Ejecución autonómica de la legislación estatal. Cláusulas de prevalencia y supletoriedad del Derecho estatal.


5. La financiación de las Comunidades Autónomas. Principios generales. Recursos de las Comunidades Autónomas. El Fondo de Compensación Interterritorial. Fondos Europeos y Comunidades Autónomas.


6. El Estatuto de Autonomía de Aragón. Proceso de elaboración, estructura y características generales. Reforma del Estatuto. Régimen de competencias de la Comunidad Autónoma.


7. Las Cortes de Aragón. Composición y régimen de funcionamiento. Funciones legislativa, presupuestaria y de control. Estatuto de los parlamentarios.


8. El Presidente. El Gobierno de Aragón o Diputación General. El estatuto personal de sus miembros. Responsabilidad política del Presidente y de los Consejeros. Funciones y reglas de funcionamiento.


9. El Justicia de Aragón. La Cámara de Cuentas. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón.


10. Régimen Local español: principios básicos. La Provincia y el Municipio. Relaciones de la Administración Local con la Administración estatal y autonómica.


11. La actividad de las Administraciones Públicas (I). Actividad limitativa y protección del orden público. Actividad de fomento.


12. La actividad de las Administraciones Públicas (II). Servicio público. La doctrina clásica y su evolución. Los distintos modos de gestión de los servicios públicos. La llamada actividad industrial de la Administración. La asunción por la Administración de actividades privadas: sus instrumentos.


13. Contratación pública (I). Directivas comunitarias en materia de contratación pública. Legislación estatal en materia de contratos del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación subjetivo y objetivo. Normativa aragonesa en materia de contratación pública.


14. Contratación pública (II). Los contratos del sector público. Clases de contratos. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos.


15. Contratación pública (III). Contratos de las Administraciones Públicas: Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Prerrogativas de la Administración. Ejecución y modificación de los contratos; legislación sobre lucha contra la morosidad de las Administraciones Públicas. Extinción. La cesión de los contratos y la subcontratación.


16. Contratación pública (IV). Contratación de las entidades del sector público que no tienen el carácter de Administración Pública. Técnicas para la racionalización de la contratación. Contratación electrónica.


17. La potestad sancionadora. Concepto. Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador. Clases de sanciones. El procedimiento sancionador, especialidades en materia sancionadora y tramitación simplificada.


18. La potestad expropiatoria: naturaleza y justificación. Los sujetos, el objeto y la causa. El procedimiento expropiatorio en general. La indemnización expropiatoria o justiprecio. Procedimientos especiales: la expropiación por razones de urgencia. Garantías jurisdiccionales.


19. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Antecedentes y régimen vigente. Presupuestos. Efectividad de la reparación. El procedimiento de responsabilidad patrimonial, especialidades en esta materia y tramitación simplificada. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de la Administración por actos de los contratistas. La responsabilidad del Estado legislador.


20. El control jurisdiccional de la Administración (I). El recurso contencioso-administrativo. Las partes. El objeto. El procedimiento. La sentencia. Recursos contra las sentencias.


21. El control jurisdiccional de la Administración (II). La Administración y la Justicia ordinaria. La posición especial de la Administración en el proceso ordinario.


22. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón (I). El dominio público: concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico.


23. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón. (II) El dominio privado: concepto y régimen jurídico. El sector empresarial del patrimonio de Aragón.


24. La Función Pública en Aragón (I). Bases constitucionales y estatutarias, regulación legal. Clases de Empleados Públicos. Acceso a la función pública. Carrera administrativa. Situaciones administrativas y extinción de la relación funcionarial.


25.La Función Pública en Aragón (II). Derechos y deberes. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Órganos de representación y participación. Régimen del personal laboral. Seguridad social de los empleados públicos.


26. La Función Pública en Aragón (III). Personal docente e investigador. Personal de las instituciones sanitarias. Personal al servicio de la Administración de Justicia.


27. Sanidad Pública en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. El Sistema Nacional de Salud. El Servicio Aragonés de Salud: organización territorial y ordenación funcional. Derechos y autonomía del paciente.


28. La Educación en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Estructura del sistema educativo. La autonomía universitaria. Investigación e innovación en Aragón: bases constitucionales y estatutarias. El Sistema Aragonés de Investigación, Desarrollo y Transferencia de conocimiento.


29. Servicios sociales en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Situaciones de dependencia. Marginación o exclusión social. Políticas de apoyo a colectivos desfavorecidos: inmigración, mayores, menores. Políticas de igualdad entre hombres y mujeres. Voluntariado social.


30. Cultura y deporte en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Acción cultural. Patrimonio cultural. Propiedad intelectual. Deporte: la ordenación jurídica del deporte.


31. Ordenación del Territorio en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Instrumentos de ordenación territorial en Aragón. Ordenación del territorio y regulaciones sectoriales. El modelo territorial europeo. La ordenación del territorio y el desarrollo sostenible.


32. Medio Ambiente en Aragón (I). Bases constitucionales y estatutarias. Información y participación ambiental. Espacios naturales protegidos de Aragón. Protección de la flora y fauna silvestres.


33. Medio Ambiente en Aragón (II). Montes: concepto, clasificación y régimen jurídico. El catálogo de montes. Incendios forestales. Gestión sostenible de los montes. Caza y pesca fluvial. Vías pecuarias.


34. Medio Ambiente en Aragón (III). Residuos. Contaminación atmosférica. Ruido. Técnicas de control ambiental: actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas; evaluación de impacto ambiental; prevención y control integrado de la contaminación.


35. Aguas en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Dominio público hidráulico. Gestión pública del agua: planes hidrológicos y organismos de cuenca. La utilización del dominio público hidráulico. Protección y calidad de las aguas.


36. Agricultura y ganadería en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Medidas de reforma y desarrollo agrario. Protección y sanidad Animal. Calidad y seguridad alimentaria.


37. Urbanismo en Aragón (I). Evolución de la normativa urbanística en España. Bases constitucionales y estatutarias. Normativa urbanística de aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón. Clasificación y régimen del suelo; el papel de la jurisprudencia constitucional en su definición.


38. Urbanismo en Aragón (II). Planeamiento urbanístico: clases de planes, formación, aprobación y efectos; vigencia, revisión y modificación. La suspensión de licencias en el proceso de aprobación de un instrumento de planeamiento. La ordenación urbanística en ausencia de planeamiento. Instrumentos especiales.


39. Urbanismo en Aragón (III). La ejecución del planeamiento. Presupuestos. La gestión urbanística. Actuaciones aisladas y actuaciones integradas o ejecución sistemática. Gestión directa y gestión indirecta. La obtención de terrenos dotacionales.


40. Urbanismo en Aragón (IV). Edificación y uso del suelo. Normas de directa aplicación y edificación forzosa. La licencia urbanística. El deber de conservación y la ruina. Disciplina urbanística. Régimen urbanístico de pequeños municipios. Vivienda: control y fomento de la construcción de viviendas.


41. Carreteras y transportes en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Carreteras: régimen jurídico. Transportes: ordenación jurídica.


42. Industria, energía y minas en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Industria: intervención pública. Energía: régimen jurídico del Sector Eléctrico, gas e hidrocarburos. Minas: propiedad, clasificación de los recursos mineros, investigación y explotación.


43. Comercio interior y turismo en Aragón. Bases constitucionales y estatutarias. Comercio interior: ordenación de la actividad comercial. Consumo y defensa de los consumidores. Turismo: ordenación de la actividad turística.


44. De la Comunidad Económica Europea a la Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea. Evolución y ampliación de la Unión. El Tratado de Lisboa: El Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


45. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. Cooperación en los ámbitos de justicia e interior. El acuerdo de Schengen.


46. El Derecho comunitario (I). Las fuentes: derecho originario y derecho derivado. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los estados miembros. La participación de los estados miembros en la formación del derecho comunitario.


47. El Derecho comunitario (II). La aplicación del Derecho comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho comunitario.


48. Las Instituciones de la Unión Europea (I). El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión.


49. Las Instituciones de la Unión Europea (II). El Parlamento, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas. Los medios financieros y personales. El Presupuesto. La función pública comunitaria.


50. La ciudadanía de la Unión Europea. La libre circulación de personas. Los derechos de residencia. Derecho de sufragio activo y pasivo. El Defensor del Pueblo y el derecho de petición. La protección diplomática y consular. La libre circulación de trabajadores y la política social.


51. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libertad de circulación de capitales. La Unión Económica y Monetaria y la política económica.


52. Libre circulación de mercancías y política comercial común. El régimen sobre la competencia.


53. La política regional de la Unión Europea. Los fondos estructurales. La cohesión económica y social.


54. Las regiones en la Unión Europea. La participación institucional. La cooperación interregional y transfronteriza. La acción de la Comunidad Autónoma de Aragón en el exterior. La cooperación al desarrollo.


55. La legitimidad democrática de la Administración. La cultura del servicio a los intereses generales y la ética en las instituciones públicas.


56. La Administración Pública como organización al servicio de los ciudadanos en un entorno socioeconómico e internacional cambiante. Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Nuevas exigencias sociales y creciente complejidad del sector público. La gestión del cambio.


57. Los procesos de modernización de las Administraciones y de la gestión pública. Del modelo burocrático weberiano al management gerencial y de éste a la gobernanza.


58. Las políticas públicas: formulación, implementación, ejecución, control y evaluación. La función directiva en las organizaciones públicas. El directivo público y sus instrumentos de actuación. La participación cívica.


59. Planificación estratégica y planificación operativa. Presupuestación de planes y de inversiones. Planificación de recursos humanos: oferta de empleo público y relación de puestos de trabajo.


60. Dirección por objetivos. Programación y gestión de proyectos. Análisis de costes y valoración de resultados. Eficacia y eficiencia.


61. Técnicas directivas de gestión. Análisis de problemas y toma de decisiones: generación de alternativas e identificación de riesgos. La gestión del conocimiento.


62. Organización formal e informal en la Administración. La gestión de personal y las relaciones humanas. Liderazgo, trabajo en equipo y motivación del factor humano.


63. El nuevo derecho a una buena administración. Su proclamación europea en la Carta de Niza y sus posibles manifestaciones en el ordenamiento interno español. Administrado, cliente-usuario de los servicios públicos, contribuyente y ciudadano.


64. La gestión de la calidad. Indicadores. Planes y normas de calidad: las cartas de servicios. El marketing y las relaciones públicas en la Administración.


65. La transparencia de las Administraciones Públicas. Legislación en la materia.


66. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal: regulación europea, estatal y autonómica. Principios en el tratamiento de los datos personales. La seguridad de los datos. Ejercicio y tutela de los derechos del titular de los datos.


67. El régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y la firma electrónica. Gobierno electrónico. Derecho administrativo y administración electrónica. Información al ciudadano. Tramitación por medios electrónicos.


68. El Derecho Civil Español. El Código Civil y la legislación complementaria. Derechos Civiles Forales o especiales, su relación con la Constitución de 1978. El Derecho Civil Aragonés. El Código de Derecho Foral de Aragón: antecedentes y regulación actual. El Derecho Civil Aragonés según la Constitución y el Estatuto de Autonomía.


69. El concepto de persona. La persona física. Capacidad jurídica y de obrar. Los estados civiles. Especialidades en el Derecho Civil de Aragón.


70. El derecho real: naturaleza y caracteres. La tipicidad de los derechos reales. Derechos reales conocidos en la legislación española. El usufructo. La servidumbre.


71. El derecho real de dominio. La posesión. Derecho inmobiliario y derecho hipotecario: el Registro de la Propiedad. Principios hipotecarios.


72. Los derechos reales de garantía. La hipoteca: tipos, requisitos y efectos.


73. Los contratos de transmisión de la propiedad. La compra-venta: concepto y elementos personales, reales y formales. Obligaciones del vendedor y del comprador. Perfección del contrato. La donación: concepto y elementos personales, reales y formales; perfección del contrato.


74. El contrato de arrendamiento. El arrendamiento de fincas urbanas y su legislación especial. El arrendamiento de fincas rústicas y su legislación especial.


75. El Derecho de familia. El matrimonio: sistema español vigente. Principios generales del régimen de la tutela en el Código Civil. Derecho Civil Aragonés: relaciones entre ascendientes y descendientes, efectos de la ruptura de la convivencia de los padres con hijos a cargo, la tutela, la junta de parientes. El acogimiento y la adopción. Legislación general y autonómica en materia de protección de menores.


76. Los efectos patrimoniales del matrimonio. El régimen económico conyugal en el Derecho Civil de Aragón. El régimen matrimonial paccionado. El régimen matrimonial legal. El régimen de separación de bienes. La comunidad que continúa tras la disolución. La viudedad.


77. La sucesión "mortis causa". El derecho de sucesiones en Aragón. La sucesión testamentaria: modalidades. La sucesión paccionada: su régimen. La fiducia sucesoria. Las legítimas. La sucesión legal. El consorcio foral.


78. El Derecho Tributario, concepto y contenido. La Ley General Tributaria: Principios Generales. Los tributos: conceptos, fines y clases. La potestad tributaria de las Comunidades Autónomas. Los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón.


79. El Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.


80. El Impuesto de Sociedades.


81. El Impuesto sobre el Valor Añadido.


82. El régimen de los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas. La cesión a la Comunidad Autónoma de Aragón. El Impuesto sobre el Patrimonio


83. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

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