ORDEN EEI/727/2024, de 27 de junio, por la que se modifica la Orden EEI/516/2024, de 17 de mayo, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones reguladas en la Orden EEI/367/2024, de 12 de abril, por la que aprueban las bases reguladoras del programa ARINSER PLUS para la concesión de subvenciones destinadas a la inclusión laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social a través de empresas de inserción.


Mediante Orden EEI/516/2024, de 17 de mayo, se convocan para el año 2024 las subvenciones reguladas en la Orden EEI/367/2024, de 12 de abril, por la que aprueban las bases reguladoras del programa ARINSER PLUS para la concesión de subvenciones destinadas a la inclusión laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social a través de empresas de inserción.


Se ha detectado falta de concreción en la redacción del apartado tercero relativo a la financiación de las diferentes líneas de subvención de la convocatoria, por lo que, en aras de garantizar la correcta aplicación del marco normativo, en la gestión y control posterior aplicable para cada una de las líneas de subvención, se procede a delimitar la fuente de financiación de las cinco líneas de subvención previstas en la convocatoria.


Es por ello que las líneas de subvención por creación y mantenimiento del empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social y por la contratación de personal técnico de inserción, que se conceden y justifican a través del sistema de costes simplificados, en la modalidad de costes unitarios, se financiarán en un 60% por fondos propios del Gobierno de Aragón y en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus, por estar incluidas dentro del Programa FSE+ Aragón 2021-2027.


En cuanto a las líneas de subvención de apoyo a la función gerencial, subvención por incorporación al mercado ordinario de trabajo por personas participantes en itinerarios de inserción, y subvención por inversión fija generadora de empleo, se financiarán con cargo a los fondos de empleo de ámbito estatal, transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.


Visto el informe favorable de la Intervención Delegada de 25 de junio de 2024, en virtud de lo anterior y de conformidad con las competencias que tengo atribuidas por el artículo 19.1 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, en relación con el artículo 4 del Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, dispongo:


Primero.- Modificar la Orden EEI/516/2024, de 17 de mayo, se convocan para el año 2024 las subvenciones reguladas en la Orden EEI/367/2024, de 12 de abril, por la que aprueban las bases reguladoras del programa ARINSER PLUS para la concesión de subvenciones destinadas a la inclusión laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social a través de empresas de inserción en los siguientes términos:


Uno. Se da una nueva redacción al número 1 del apartado tercero, que queda redactado en los siguientes términos:


"1. Las subvenciones por creación y mantenimiento del empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social y por la contratación de personal técnico de inserción, se financiarán en un 60% por fondos propios del Gobierno de Aragón (91001) y en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus (11202), por estar incluidas dentro del Programa FSE+ Aragón 2021-2027, mientras que las líneas de subvención de apoyo a la función gerencial, subvención por incorporación al mercado ordinario de trabajo por personas participantes en itinerarios de inserción, y subvención por inversión fija generadora de empleo, se financiarán con cargo a los fondos de empleo de ámbito estatal, transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales (33005)."


Dos. Ordenar la publicación de esta modificación en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 27 de junio de 2024.


La Vicepresidenta Segunda


y Consejera de Economía, Empleo e Industria,


MARÍA DEL MAR VAQUERO PERIANEZ

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