ORDEN MAT/611/2024, de 3 de junio, por la que se aprueba la exclusión de 0,9364 hectáreas de terrenos sitos en el polígono 27, parcela 324, de Montalbán, que quedaron incluidos en el deslinde del monte de utilidad pública número 430 del Catálogo de Teruel, aprobado por Orden DRS/1088/2017, de 3 de julio, por reconocimiento de su propiedad particular.


Visto el expediente de exclusión parcial de la parcela 324, del polígono 27, de monte de utilidad pública número 430, denominado "Sur del Río", propiedad del Ayuntamiento de Montalbán (Teruel) y situado en su término municipal, por reconocimiento de su propiedad particular, resultan de él los siguientes:


Antecedentes


Primero.- Con fecha 14 de febrero de 2022, D. José Luis Martínez Milián presenta en el registro General de Aragón una solicitud para que se restituya la parcela 324, del polígono 27, sita en el paraje "Umbría" de Montalbán a su legítimo propietario, según consta en escritura notarias del año 1987, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Calamocha en el año 1988.


Segundo.- Con fecha 20 de diciembre de 2023, se redacta, por la Jefa de Sección de Defensa de la Propiedad del Servicio Provincial del Departamento de Medio Ambiente y Turismo de Teruel, informe en el que se justifica como necesaria la exclusión de la parcela 324, del polígono 27, del monte, y en consecuencia revisar las superficies del monte 430 tras la exclusión, ya que la propiedad de la citada parcela no corresponde al Ayuntamiento de Montalbán, que es el titular del MUP 430.


Tercero.- Con fecha 20 de diciembre de 2023, por el Director del Servicio Provincial de Teruel se acuerda el inicio del expediente de exclusión de la parcela 324, del polígono 27, del monte de utilidad pública número 430, del Catálogo de Teruel, denominado "Sur del Río", perteneciente al Ayuntamiento de Montalbán y situado en su término municipal.


Cuarto.- Con fecha 22 de diciembre, se remite a D. José Luis Martínez Milián, interesado y solicitante del procedimiento, un oficio en el que se le informa de la apertura del expediente de exclusión TE-EX 1/2023, del plazo máximo de resolución y del sentido del silencio, y se le convoca, para el reconocimiento de la finca sobre el terreno, el día 9 de enero de 2024, fijando el punto de encuentro en el Ayuntamiento de Montalbán a las 10:00 horas.


Quinto.- Con la misma fecha se le remite oficio al Ayuntamiento de Montalbán, informándole de la apertura del expediente y convocándolo para el reconocimiento de la finca sobre el terreno, el día 9 de enero de 2024, fijando el punto de encuentro en el Ayuntamiento de Montalbán a las 10:00 horas.


Sexto.- El día 9 de enero de 2024 se realiza el apeo de la exclusión en presencia del Alcalde de Montalbán, del Concejal de Montes de Montalbán, y del representante de la propietaria de la parcela 324, del polígono 27, excluyendo la parte de ésta que no fue objeto de repoblación forestal en el consorcio del monte TE-3019. El replanteo se realiza desde el piquete 578 del perímetro exterior: con rumbo Sur el lindero prosigue subiendo en máxima pendiente, por el límite de los campos en ladera que corresponden a esta parcela hasta el piquete 6Y, situado en un ribazo. Gira al Este y prosigue por el ribazo, a nivel, situando en éste los piquetes 578´ y 579´. Desde este último, vuelve a girar al Norte-Nordeste para descender en máxima pendiente hasta el piquete 579 del perímetro exterior. El apeo se realiza de conformidad entre todos los presentes.


Séptimo.- Se dio publicidad al anuncio de trámite de audiencia y vista del expediente y periodo de reclamaciones en "Boletín Oficial de Aragón", número 22, de 31 de enero de 2024.


Octavo.- Dicho anuncio es remitido para su exposición en el Tablón de anuncios al Ayuntamiento de Montalbán, y es comunicado al interesado en el expediente.


Noveno.- Con fecha 6 de marzo de 2024 el Secretario del Ayuntamiento de Montalbán certifica la exposición del Anuncio del periodo de vista sin haber recibido alegaciones al mismo.


Décimo.- Consta en el expediente la certificación de la Secretaria del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, de 3 de abril de 2024, que indica que durante el periodo de vista del expediente no se presentaron reclamaciones.


Undécimo.- El Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en Teruel, con fecha 3 de abril de 2024, emite Informe-propuesta favorable a la aprobación del deslinde y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por la Jefa de Sección de Defensa de la Propiedad de Teruel.


Fundamentos jurídicos


Primero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa a la exclusión parcial en montes de utilidad pública, habiéndose insertado el anuncio de vista del expediente en el "Boletín Oficial de Aragón", y se ha notificado debidamente al Ayuntamiento Montalbán, y al interesado en el expediente.


Segundo.- Durante la práctica del apeo no se presentó protesta alguna respecto al mismo, según consta en las actas del apeo.


Tercero.- Durante el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentó ninguna reclamación.


Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón; el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y sus modificaciones; el Reglamento de Montes, aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos; el Decreto 102/2023, de 12 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Decreto 56/2024, de 3 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo; el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.


De conformidad con el informe-propuesta del Director del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Medio Ambiente y Turismo, y a propuesta de la Directora General de Gestión Forestal, resuelvo:


Primero.- Aprobar la exclusión de la parte de la parcela 324, del polígono 27, del MUP 430 "Sur del Río", perteneciente al Ayuntamiento de Montalbán y situado en su término municipal, de acuerdo con la propuesta recogida en el Informe de la Jefa de Sección de Defensa de la Propiedad de Teruel de fecha 22 de enero de 2024, fundamentado en las Actas y Plano que figuran en el expediente.


Segundo.- Que, como consecuencia de la exclusión de la parcela, el deslinde del Monte 430 se modifica quedando de la siguiente manera:


1. La línea que unía los piquetes 578 y 579 se anula.


2. Se reduce la superficie del MUP 430 en 0,9364 ha, que afecta al perímetro 2 del Monte 430, así asignado en el deslinde aprobado en 2017.


3. Se crean 3 nuevos vértices con las siguientes coordenadas (Sistema de referencia ETRS 89, Huso 30N):


4. Las cabidas del Monte, quedan de la siguiente manera:


Cabida Total: 2.261,1465 ha.


Cabida Pública: 2.176,0975 ha.


Cabida Pública perímetro 1: 964,8051 ha.


Cabida Pública perímetro 2: 1.031,1339 ha.


Cabida Pública perímetro 3: 177,9537 ha.


Cabida Pública perímetro 4: 2,2048 ha.


Cabida enclavados: 85,0491 ha.


Tercero.- Que se lleven los datos de este expediente al Catálogo de montes de utilidad pública de la provincia de Teruel.


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 3 de junio de 2024.


El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, MANUEL BLASCO MARQUÉS

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