EXTRACTO de la Orden EEI/551/2024, de 24 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2024, de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.
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BDNS (Identif.): 763339
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/763339).
Primero.- Beneficiarios.
1. Serán beneficiarios de las ayudas las personas físicas que adquieran aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras adheridas al "Plan Renove Aragón 2024".
2. Los beneficiarios recibirán la ayuda mediante la aplicación del correspondiente descuento en el precio de compra.
Segundo.- Finalidad o actuaciones subvencionables.
1. Se considera susceptible de ayuda la adquisición de aparatos y equipos nuevos, con las categorías que se indican a continuación, y que sustituyan a otros menos eficientes o más contaminantes:
a) Electrodomésticos con alta eficiencia energética con las siguientes prestaciones mínimas:
- Frigorífico y frigorífico - congelador, categoría D o superior.
- Congelador, categoría D o superior.
- Lavadora, categoría C o superior.
- Lavavajillas, categoría D o superior.
- Encimeras de inducción total.
- Horno, clase energética A+ o superior.
b) Aparatos de aire acondicionado individuales con clasificación energética A + o superior en refrigeración y al menos A en calefacción, que requieran instalación y que trabajen en modo frío o en modo frío/calor con una potencia térmica nominal en refrigeración inferior o igual a 12 kW.
c) Calderas estancas de condensación de uso individual, sólo calefacción o mixta, con clasificación energética A o superior, que utilicen gas natural o GLP, con una potencia máxima inferior a 70 kW y que además sean de baja emisión NOx (Clase 6 o superior).
2. Sólo podrá ser objeto de ayuda, la adquisición de un aparato o equipo de cada tipo indicado que sustituya a otro con menor eficiencia energética y/o más contaminante y además cuando el lugar de recogida del aparato o equipo a sustituir y el lugar de entrega/ instalación del aparato o equipo nuevo se ubique en la Comunidad Autónoma de Aragón.
3. El aparato sustituido, no podrá ser reutilizado y deberá ser gestionado como residuo, lo que deberá acreditarse en los términos señalados en el artículo 11 de la Orden de convocatoria.
4. Los aparatos electrodomésticos y equipos objeto de subvención deberán ser adquiridos desde el mismo día de la entrada en vigor de esta Orden de convocatoria, hasta la finalización del crédito disponible para cada una de las tres líneas de actuación y, en todo caso, transcurridos doce semanas desde la fecha de inicio.
La venta de los aparatos o equipos que requieran instalación deberá incluirla de modo que, si no se realiza efectivamente su instalación dentro del periodo indicado en el párrafo anterior, no podrá acogerse a las ayudas del "Plan Renove Aragón 2024".
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden ICD/1035/2020, de 23 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del consumo a través de la puesta en marcha de planes de renovación de aparatos electrodomésticos, equipos productores de calor y frío y calderas, denominados "Planes Renove".
Cuarto.- Importe de la línea y cuantías de ayudas.
1. El presupuesto máximo destinado para las ayudas del "Plan Renove Aragón 2024" es de 1.221.520 euros, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2024:
15060/G/6221/780160/91002, Plan Renove, 1.000.000 euros.
15070/G/7311/780160/91002, Plan Renove, 221.520 euros.
2. La cuantía individualizada de la subvención a otorgar será de una cantidad fija por cada tipo de aparato o equipo, a descontar en el precio de la compra. Dichas cuantías se especifican en el artículo 7, punto 4 de la Orden de convocatoria.
3. La cuantía de ayuda, en ningún caso podrá ser superior al 25 % del coste de los aparatos o equipos correspondientes (IVA no incluido). Asimismo, el importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisición del aparato.
4. Las ayudas serán por tipo de aparato o equipo y serán compatibles entre sí.
Quinto.- Plazo de las actuaciones.
1. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de esta convocatoria y finalizará en el momento en que se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias existentes destinadas al efecto y, en todo caso, hasta el día que se cumpla doce semanas desde el inicio de la convocatoria. En el supuesto de que las disponibilidades presupuestarias existentes se agoten antes de la fecha final indicada para la presentación de solicitudes, la entidad colaboradora hará pública esta circunstancia mediante anuncio en la web www.renovearagon.com. En este caso, los establecimientos y empresas instaladoras adheridas deberán retirar la información comercial y publicitaria relativa al Plan.
Sexto.- Particularidades de los establecimientos y empresas instaladoras adheridas.
El Procedimiento de adhesión de establecimientos y empresas instaladoras adheridas al "Plan Renove Aragón 2024" se regula en el artículo 8 de la Orden de convocatoria y en el artículo 9 de la misma, se establecen los compromisos de los establecimientos y empresas instaladoras adheridas, así como en el artículo 11 se regula la justificación de la actuación subvencionable por los mismos.
Zaragoza, 24 de mayo de 2024.- La Consejera de Economía, Empleo e Industria, María del Mar Vaquero Perianez.