EXTRACTO de la Orden PIC/398/2024, de 19 de abril, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2024, para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual.
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BDNS (Identif.): 755843
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/755843).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán solicitar estas subvenciones las empresas, tanto personas físicas como jurídicas, con domicilio social en Aragón y que estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma.
Segundo.- Finalidad.
La realización de cortometrajes de ficción, documentales o de animación en las siguientes modalidades:
a) Cortometrajes con una duración menor de 30 minutos, realizados por un director novel (empresario individual) o por una productora con menos de dos años de antigüedad, ambos con domicilio social en Aragón y que no hayan registrado anteriormente ninguna producción audiovisual en algún depósito legal.
b) Cortometrajes con una duración menor de 30 minutos, realizados por empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón, tanto empresario individual que con anterioridad a la finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria haya realizado y registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal, como empresa productora con más de dos años de antigüedad o que haya registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal.
En ambas modalidades la solicitud de subvención será para el proyecto completo, debiendo estar terminado el cortometraje y registrado en un Depósito Legal a fecha 13 de noviembre de 2024.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura, modificada por la Orden ECD/1803/2022, de 13 de diciembre.
Cuarto.- Importe.
El importe total de la convocatoria es 60.000 , que se reparten en dos modalidades:
20.000 para la modalidad a).
40.000 para la modalidad b).
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial de Aragón".
Zaragoza, 19 de abril de 2024.- La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, Tomasa Hernández Martín.