DECRETO 47/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se procede al cese y nombramiento de consejeros del Consejo Escolar de Aragón

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La Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón, modificada por la Ley 15/1999, de 29 de diciembre, de medidas tributarias, financieras y administrativas, y por la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece en su artículo 10 la composición del Consejo Escolar de Aragón, determinando que sus consejeros serán nombrados y cesados mediante Decreto del Gobierno de Aragón. Asímismo, el artículo 12 de la citada Ley establece que el mandato de los miembros del Consejo Escolar de Aragón será de cuatro años, renovándose la composición del Consejo por mitad cada dos años de cada uno de los grupos de consejeros que establece el artículo 10. Por su parte, el artículo 13 regula las causas de la pérdida de la condición de miembro del Consejo Escolar de Aragón, así como el procedimiento para la sustitución de éstos.


En el artículo 10.2 de la misma norma se establece que serán Consejeros del Consejo Escolar de Aragón, entre otros, según se recoge en el punto b) "Nueve padres de alumnos, propuestos por las confederaciones o federaciones de asociaciones de padres, en proporción a su representatividad"; en el punto c) "Cuatro alumnos, propuestos por las confederaciones o federaciones de asociaciones de alumnos, en proporción a su representatividad"; en el punto k) "Cuatro representantes de la Administración Local, propuestos por las federaciones o asociaciones de municipios de Aragón, de forma que se garantice la igual representación del ámbito rural y del urbano; y en el punto m) "Un representante propuesto por cada uno de los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación parlamentaria, designados por las Cortes de Aragón."


El artículo 13 determina las causas de la pérdida de la condición de miembro del Consejo y recoge como tales en el apartado 1.f) "Por acuerdo de la organización o entidad que efectuó la propuesta de su nombramiento".


Recientemente, la Secretaría del Consejo Escolar de Aragón ha dado traslado al Departamento de Educación, Ciencia y Universidades un escrito de D. Miguel Ángel Sanz Gómez, Presidente de la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Aragón (FAPAR) en el que se nos comunica la propuesta de sustitución en el nombramiento de un miembro en representación de las confederaciones o federaciones de asociaciones de padres de alumnos.


Asimismo, la Secretaría del Consejo de Escolar de Aragón ha trasladado al Departamento de Educación, Ciencia y Universidades un escrito de D.ª Andrea Amatria Vallejo, Presidenta de la Federación de Asociaciones de Alumnos Solidarios Aragoneses (FAESA) en el que comunica la propuesta de sustitución en el nombramiento de un miembro en representación de las confederaciones o federaciones de asociaciones de alumnos.


También, desde la misma Secretaría del Consejo Escolar de Aragón se ha trasladado otro escrito, en esta ocasión de D. Eduardo Gallart Monzón en su calidad de Secretario General de la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias (FAMCP) en el que comunica la propuesta de sustitución de un miembro del Consejo Escolar de Aragón, en representación de la Administración Local.


Por su parte, mediante Decreto 36/2024, de 28 de febrero, del Gobierno de Aragón se procedió al cese y nombramiento de consejeros del Consejo Escolar de Aragón en representación de las Cortes de Aragón, habiéndose detectado la falta de cese expreso de la representante propuesta por uno de los partidos políticos.


En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 20 de marzo de 2024,


DISPONGO:


Primero.- El cese de:


a) D.ª Ana Belén Soriano Mor, a propuesta de la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de la Escuela Pública de Aragón (FAPAR).


b) D.ª Andrea Amatria Vallejo, a propuesta de la Federación de Asociaciones de Alumnos Solidarios Aragoneses (FAESA).


c) D.ª Eva María Díez Rodríguez, a propuesta de la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias (FAMCP).


d) D.ª Marta de Santos Loriente, en representación del Partido Podemos Aragón, como consejeras del Consejo Escolar de Aragón, agradeciéndoles los servicios prestados.


Segundo.- El nombramiento como consejeros y consejera del Consejo Escolar de Aragón de:


a) D. Javier Royo Sebastián, a propuesta de la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de la Escuela Pública de Aragón (FAPAR) en representación de las confederaciones o asociaciones de padres de alumnos.


b) D. Jaled Chej Liman, a propuesta de la Federación de Asociaciones de Alumnos Solidarios Aragoneses (FAESA) en representación de las confederaciones o federaciones de asociaciones de alumnos.


c) D.ª Pilar Cortes Bureta, a propuesta de la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias (FAMCP), en representación de la Administración Local.


Tercero.- El mandato de la persona designada como consejero o consejera se atendrá a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón.


Cuarto.- La publicación de este Decreto en el "Boletín Oficial de Aragón", produciendo efectos desde el día siguiente al de su publicación.


Zaragoza, 20 de marzo de 2024.


El Presidente del Gobierno de Aragón, JORGE AZCÓN NAVARRO


La Consejera de Educación, Ciencia y


Universidades,


CLAUDIA PÉREZ FORNIÉS

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