RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2024, del Director General de Comercio, Ferias y Artesanía, por la que se somete a información pública y se abre el plazo para la presentación de alegaciones en la tramitación de una licencia comercial de gran superficie promovida por Family Cash, SL, en el Centro Comercial Plaza Imperial, del término municipal de Zaragoza.
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La Ley 4/2015, de 25 de marzo, del Comercio en Aragón, define el concepto de establecimiento comercial, a los efectos de dicha ley, estableciendo en su artículo 13.2. que los establecimientos comerciales podrán ser individuales o colectivos.
La regulación en materia de licencia comercial para el establecimiento de grandes superficies comerciales en la Comunidad Autónoma de Aragón está recogida en la citada Ley 4/2015, de 25 de marzo, en los artículos 17 y siguientes.
El artículo 17 establece que: "se considerarán grandes superficies a los efectos de esta Ley los establecimientos comerciales que tengan una superficie de más de 2.500 metros cuadrados. Por superficie, a los efectos del cómputo de gran superficie, se entiende la superficie edificada y dedicada a sala o espacio de exposición y ventas dedicada a la actividad comercial minorista".
Por otro lado, el artículo 18 desarrolla que: "1. La instalación de todo tipo de establecimientos comerciales no estará sujeta a licencia o autorización comercial autonómica. No obstante, y con fin de protección del interés general, la instalación de las grandes superficies estará sujeta a licencia comercial. La competencia para el otorgamiento de esta licencia corresponderá al Departamento competente en materia de comercio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. La licencia comercial tiene como finalidad comprobar la ausencia de afección al interés general de la actividad. La tramitación para la obtención de la licencia comercial y, en su caso, el otorgamiento de esta sólo procederá una vez que el Ayuntamiento correspondiente haya concedido expresamente la licencia urbanística y ambiental de actividades clasificadas. En ningún caso podrá entenderse concedida la licencia comercial sin la previa obtención de las correspondientes licencias urbanística y ambiental de actividades clasificadas ()"
Según el artículo 20 de la misma norma, el procedimiento de concesión de la licencia comercial se regirá, sin perjuicio de lo establecido en dicha ley, por los trámites del procedimiento administrativo común e incluirá en todo caso una fase de información pública no inferior a veinte días.
Habiéndose remitido por parte de Family Cash, SL, el expediente y la licencia referida al establecimiento comercial para hipermercado de alimentación en Diagonal Plaza, av. (Eje 1) Centro Comercial Plaza lmperial, resuelvo:
Primero.- Someter a información pública por el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" el expediente de solicitud de licencia comercial promovido por promovida por Family Cash, SL, para hipermercado de alimentación en Diagonal Plaza, av. (Eje 1) C.C. Plaza lmperial, cuya superficie de sala de ventas es de 3.843,56 m², a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinarlo y presentar, dentro de dicho plazo, las alegaciones que estime pertinentes. La documentación podrá ser examinada en el siguiente enlace: https://www.aragon.es/-/comercio
Segundo.- Las alegaciones a las que se hace referencia en el apartado anterior podrán ser presentadas en el Registro General del Gobierno de Aragón (paseo María Agustín, 36, Zaragoza) y en las Delegaciones Territoriales de Huesca (plaza Cervantes, 1) y de Teruel (San Francisco, 1), dirigida a la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía, (Edificio Pignatelli, paseo María Agustín, 36, puerta 27, de Zaragoza), durante el plazo indicado, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Zaragoza, 6 de febrero de 2024.- El Director General de Comercio, Ferias y Artesanía, Javier Camo Monterde.