RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2024, de la Interventora General, por la que se aprueba el Plan de Actuaciones de Control Financiero a realizar durante el año 2024.
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El texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, encomienda a la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón el control de la actividad económica financiera de esta Administración, sus organismos, entes y empresas públicas. Dicho control se lleva a cabo a través del ejercicio de la función interventora y del control financiero.
El control financiero se ejerce sobre la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma, los organismos públicos, las empresas de la Comunidad Autónoma, los consorcios, asociaciones, fundaciones privadas de iniciativa pública y demás entidades con personalidad jurídica propia en los que sea mayoritaria la representación directa o indirecta de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, se ejerce sobre las sociedades mercantiles, empresas, entidades y particulares por razón de las subvenciones, créditos avales y demás ayudas concedidas con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma o a fondos de la Unión Europea gestionados por ésta, al objeto de determinar la situación económico-financiera de la entidad a la que va destinada la subvención, crédito, aval o ayuda, y su efectiva aplicación a la finalidad para la que se concedieron los mismos.
En este sentido, el artículo 39 del Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 23/2003, de 28 de enero, dispone que la Intervención General elaborará un Plan anual que incluirá la programación de los controles financieros a realizar en el ejercicio y los órganos competentes para su ejecución, con objeto de ordenar los recursos disponibles, cumplir con las normas aplicables en esta materia y sistematizar y planificar adecuadamente los trabajos.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas, esta Intervención General resuelve:
Primero.- Se aprueba el Plan de Actuaciones de Control Financiero a realizar durante el año 2024, que se acompaña como anexo a esta Resolución.
Segundo.- La ejecución del Plan se llevará a cabo a través de los Servicios de Control Financiero de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma. En el caso de que los efectivos de personal no fueran suficientes para el cumplimiento del plan de control formulado se podrá contar con personal de otros Servicios o Intervenciones Delegadas de la Intervención General.
También se podrán contratar los servicios externos de firmas de auditoría que fueran necesarios, que realizarán su trabajo bajo la dirección y supervisión de los Servicios de Control Financiero responsables.
Tercero.- El Plan podrá ser modificado a propuesta de la Interventora Adjunta de Control Financiero, en atención a los medios disponibles o por otras razones debidamente ponderadas que lo justifiquen.
Cuarto.- La Intervención Adjunta de Control Financiero elaborará un informe con los resultados más significativos de la ejecución del Plan que será publicado en sede electrónica.
Zaragoza, 2 de febrero de 2024.
La Interventora General,
ANA GÓMEZ BARRIONUEVO
ANEXO I
PLAN DE ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO A REALIZAR
DURANTE EL EJERCICIO 2024
1. Control financiero sobre centros docentes (públicos o concertados).
Se realizarán seis controles sobre centros públicos o concertados, en virtud de la Ley 12/1987, de 2 de julio, de Gratuidad de Estudios de Bachillerato y Formación Profesional, Artes Aplicadas y Oficios Artísticos y de autonomía de gestión económica de los Centros docentes públicos no universitarios, y del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos. La determinación de los centros o del alcance concreto se efectuará por la Interventora Adjunta de Control Financiero.
El control financiero de centros públicos docentes y centros concertados será responsabilidad del Servicio de Control Financiero de la Administración, así como las Intervenciones Delegadas Territoriales en Huesca y Teruel en su ámbito territorial.
2. Control financiero sobre los centros e instituciones sanitarias del Servicio Aragonés de Salud.
Conforme a lo establecido en el artículo 50 del Reglamento por el que se desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, se realizará el control financiero de los sectores sanitarios.
La ejecución de este control financiero se realizará de acuerdo a un modelo trasversal/ horizontal, aplicando procedimientos de revisión selectivos en cada ámbito provincial que permita el análisis comparativo entre sectores de los distintos indicadores y magnitudes.
El alcance de cada informe será determinado por la Intervención Adjunta de Control Financiero, una vez analizados los riesgos de especial relevancia existentes en la gestión de los centros sanitarios con la finalidad de aportar mayor eficiencia y mejores resultados derivados de la comparación entre los distintos sectores o centros analizados y optimizar conclusiones y recomendaciones.
El control financiero de centros e instituciones sanitarios será responsabilidad del Servicio de Control Financiero de la Administración, así como las Intervenciones Delegadas Territoriales en Huesca y Teruel en su ámbito territorial.
3. Control financiero de entidades de derecho público, empresas y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma.
Respecto del sector institucional de la Comunidad Autónoma, se realizarán auditorías, de cumplimiento para verificar si se ha cumplido la legalidad vigente en la gestión de fondos públicos, y si los actos, operaciones y procedimientos de gestión se han desarrollado de conformidad con las normas, disposiciones y directrices que le sean de aplicación.
En virtud del principio de auditoría única, y con relación a aquellas empresas y entidades públicas que, por exigencia de la legislación mercantil o por acuerdo interno de su Consejo vienen obligadas a auditar sus cuentas anuales por firmas externas, la Intervención General examinará los informes de los auditores contratados, que deberán ser remitidos a la Intervención General para su análisis a los efectos de las competencias que le corresponden, por no proceder una segunda opinión de auditoría sobre las cuentas anuales.
Las auditorías de cumplimiento se realizarán sobre las operaciones efectuadas en el ejercicio 2023 de las siguientes entidades:
Entes Públicos:
Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud (IACS).
Aragonesa de Servicios Telemáticos (AST).
Sociedades Mercantiles:
Plaza Desarrollos Logísticos.
Fundaciones:
Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos (CEFCA).
Fundación de Desarrollo de la Comarca del Campo de Daroca.
Fundación Torralba-Fortún.
Consorcios:
Consorcio del Aeropuerto de Teruel.
AECT Pirineos-Pyrénées.
Consorcio de la Reserva de la Bioesfera de Ordesa-Viñamala.
Estos controles serán responsabilidad del Servicio de Control Financiero del Sector Público Institucional.
4. Supervisión continua de las entidades integrantes del Sector Público Institucional.
Con la finalidad de cumplir con el artículo 91 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Aragón, realizará las actuaciones de planificación, ejecución y evaluación correspondientes a la supervisión continua que se determine reglamentariamente.
La supervisión continua se asigna al Servicio de Control Financiero del Sector Público Institucional.
5. Control financiero sobre las actuaciones financiadas con fondos de la Unión Europea.
En cumplimiento de la normativa comunitaria la Intervención General de la Administración General de Aragón realizará durante el año 2024 las siguientes actuaciones de auditoría, así como aquellas otras que puedan establecer la Comisión Europea en cada caso:
5.1. Certificación de las cuentas FEAGA y FEADER del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en su condición de Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se llevará a cabo la auditoría para la certificación y liquidación de la cuenta FEAGA y FEADER para el ejercicio económico comprendido entre el 16 de octubre de 2023 y el 15 de octubre de 2024, emitiéndose un informe y un dictamen, sobre la imagen fidedigna de las cuentas, el funcionamiento de los sistemas de gobernanza, los informes de rendimiento de indicadores y sobre la legalidad y regularidad de los gastos cuyo reembolso se solicita a la Comisión, todo ello al amparo de lo dispuesto en artículo 12 del Reglamento (UE) 2021/2116, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021 y sus reglamentos de desarrollo.
5.2. Control financiero sobre beneficiarios de ayudas financiadas con cargo a fondos comunitarios, en virtud del Capítulo III del Título V del Reglamento (UE) 1306/2013, relativo a los controles de las operaciones comprendidas en el sistema de financiación del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA). Plan de control 2023/2024, que incluye el control a 16 beneficiarios (para realizar 19 controles) por un importe total a auditar de 6.924.867,12 euros.
- Medida 08020307-Programas nacionales de apoyo al sector vitivinícola (4 controles).
- Medida 08020306-Fondos operativos para las organizaciones de productores (10 controles).
- Medida 08020304-Programas escolares (3 controles).
- Medida 08020310-Almacenamiento público y privado (2 controles).
5.3. Programa Operativo FSE Aragón 2014-2020.
En relación al Programa Operativo del Fondo Social Europeo (FSE) para Aragón, en el que la Intervención General tiene la condición de Autoridad de Auditoría, siguiendo las exigencias de los Reglamentos Comunitarios, se prevén las siguientes actuaciones:
A) Autoría de legalidad y regularidad de las operaciones sobre la base del gasto declarado al Fondo por la Comunidad Autónoma de Aragón durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y 30 de junio de 2024, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 1303/2013 y lo previsto en la estrategia de auditoría elaborada al efecto y aprobada por la Comisión Europea.
B) Auditoría temática de indicadores del marco de rendimiento. Se realizará el seguimiento de las recomendaciones resultantes de la auditoría temática realizada en el ejercicio 2021 de indicadores del marco de rendimiento incluidos en el informe anual de ejecución 2018 elaborado por la Dirección General de Desarrollo Estatutario y Programas Europeos en su calidad de Organismo Intermedio.
C) Auditoría de la Cuenta del ejercicio financiero correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y 30 de junio de 2024 y elaborada por la Autoridad de Certificación, de conformidad con el artículo 29 del Reglamento Delegado (UE) 408/2014, de la Comisión de 3 de marzo de 2014.
5.4. Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020.
En el caso del Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para Aragón, la Autoridad de Auditoría es la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), mientras que esta Intervención General asume funciones y otras responsabilidades como "Otro Organismo de Control" (OOC).
Siguiendo las exigencias de los Reglamentos Comunitarios, se prevé la realización de autorías de legalidad y regularidad de operaciones sobre la base del gasto declarado al Fondo por la Comunidad Autónoma de Aragón durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y 30 de junio de 2024.
5.5. Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE 2014-2020.
En el caso del Programa Operativo de Empleo Juvenil correspondiente al Fondo Social Europeo, la Autoridad de Auditoría es la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), asumiendo esta Intervención General funciones y otras responsabilidades como "Otro Organismo de Control" (OOC).
Siguiendo las exigencias de los Reglamentos Comunitarios, se prevé la realización de auditorías de legalidad y regularidad de operaciones sobre la base del gasto declarado al Fondo por la Comunidad Autónoma de Aragón durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y 30 de junio de 2023.
5.6. Actuaciones de cierre del periodo 2014-2020.
De acuerdo con los artículos 138 y 141 del Reglamento (UE) 1303/2013, se realizarán, tanto como Autoridad de Auditoría del Programa Operativo FSE-Aragón como Órgano de Control del resto de Programas Operativos antes citados, auditorías de operaciones sobre los gastos certificados a la Comisión Europea incluidos en la solicitud final de pago intermedio, temáticas sobre minoraciones de gastos, fiabilidad de datos de indicadores, en su caso, así como análisis del informe final de ejecución, declaración final de gasto y solicitud de pago final.
5.7.- Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
De acuerdo con lo establecido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por la Comisión Europea, se realizarán auditorías del sistema de seguimiento del MRR y, en su caso, las auditorías sobre hitos y objetivos recogidos en las solicitudes de pago presentadas a la Comisión Europea y auditorías sobre la legalidad y regularidad del gasto ejecutado con cargo al MRR, de conformidad con la estrategia dictada por la Intervención General de la Administración del Estado, en su calidad de Autoridad de Auditoría así designada por el artículo 21 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que atribuye a la misma las actuaciones derivadas del diseño y ejercicio del control de los fondos que se exijan por la normativa europea.
Corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), a través de la Oficina Nacional de Auditoría (ONA), la realización de estas auditorías, planificando las actuaciones a realizar que asignará a las Intervenciones Generales de las Comunidades Autónomas en función de sus competencias.
Así, se prevén la realización de auditoría de sistemas de gestión y control a la entidad ejecutora Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Todos estos trabajos se asignan al Servicio de Control Financiero de Fondos Europeos Agrícolas y el Servicio de Control Financiero de Fondos Europeos Estructurales.
6. Control posterior de los gastos cuyo control previo se realiza en régimen de fiscalización previa limitada.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Reglamento por el que se desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, se han de realizar controles posteriores para verificar el grado de cumplimiento de la legalidad de los extremos no comprobados en la fiscalización o intervención previa.
Durante el año 2024 se realizarán los siguientes informes:
- Control posterior de ayudas y subvenciones concedidas en los años 2022-2023.
- Control posterior de prestaciones sociales concedidas por el IASS.
- Control posterior de los anticipos de caja fija.
- Control posterior de contratos menores.
El alcance de cada uno de los informes se determinará por la Interventora Adjunta de Control Financiero en coordinación con las Intervenciones Delegadas, una vez identificados y evaluados los riesgos de especial relevancia existentes en la gestión de dichos gastos.
El trabajo se llevará a cabo por el Servicio de Control Financiero de la Administración.
7. Control posterior de los gastos financiados por el Fondo de Inversiones de Teruel.
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) y la Diputación General de Aragón, se elaborará un informe sobre la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de los gastos efectuados con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel (FITE), así como los informes de cumplimiento previstos en dichos convenios.
El trabajo será responsabilidad del Servicio de Control Financiero del Sector Público Institucional.
8. Control Financiero de perceptores de subvenciones públicas.
Se realizará un control financiero sobre 20 beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas pagadas en el año 2023. La selección se llevará a cabo por la Intervención Adjunta de Control Financiero.
El trabajo será responsabilidad del Servicio de Control Financiero del Sector Público Institucional.