RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2023, del Gobierno de Zaragoza, por la que se declara válida la licitación pública convocada para la enajenación, con adjudicación a la oferta económica más ventajosa, de la parcela de propiedad municipal PR 1.1. de las resultantes del proyecto de reparcelación del Plan de Interés General de Aragón, polígono Malpica-Santa Isabel (Expte. 74.858/2023).

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Primero.- Declarar válida la licitación pública para la enajenación con adjudicación a la oferta económica más ventajosa siendo el precio el único criterio de adjudicación de la parcela de propiedad municipal PR 1.1. de las resultantes del proyecto de reparcelación del Plan de Interés General de Aragón, polígono Malpica-Santa Isabel, para la implantación de nuevas actividades productivas, logísticas y de servicios, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 c) y 109 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, cumplimentando el destino previsto en el artículo 105.1 de dicho cuerpo legal.


Segundo.- Adjudicar a la entidad mercantil Montepino Logística Zaragoza, SLU, (CIF B-99564734), a propuesta de la Mesa de Contratación celebrada en fecha 20 de diciembre de 2023, por un importe de dos millones de euros (2.000.000 ) IVA no incluido, (2.420.000 , iva incluido) la parcela municipal objeto de la presente licitación pública.


Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en las cláusulas tercera y décima del Pliego de Cláusulas económico-administrativas que ha regido la presente enajenación mediante licitación pública, el precio del contrato junto con el IVA se satisfará al Ayuntamiento de Zaragoza de una sola vez en un único plazo no superior a un mes que comenzará a contar desde la adjudicación del contrato.


Cuarto.- El presente acuerdo, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", habrá de formalizarse en escritura pública compraventa en la fecha que señalará el Ayuntamiento de Zaragoza, previo requerimiento efectuado por el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, una vez que haya quedado acreditado por parte del adjudicatario del contrato, el abono de la totalidad del precio del contrato más el IVA correspondiente.


Sin perjuicio de ello, con anterioridad a dicha fecha, el adjudicatario del contrato deberá abonar las tasas correspondientes por anuncios, entregando justificantes ante el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, todo ello en los plazos establecidos en el propio Pliego.


De igual manera el Ayuntamiento gestionará de forma coordinada con el Gobierno de Aragón la eliminación de la prohibición de disponer sobre la parcela que figura inscrita en el Registro de la Propiedad, todo ello conforme a la cláusula undécima del Pliego de Condiciones así como el apartado cuarto del Acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 24 de noviembre de 2023.


Quinto.- La entidad adjudicataria asume el contenido íntegro de los Pliegos de Cláusulas económico-administrativas que han regido la enajenación de la parcela mediante licitación pública, así como el conjunto de derechos y obligaciones dimanantes del mismo y de la oferta presentada.


Sexto.- Notificar el presente acuerdo a la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón para la toma de conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 121 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, con carácter previo a la formalización mediante otorgamiento de escritura pública.


Séptimo.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.


Zaragoza, 22 de diciembre de 2023.- El Secretario General, P.D. La Jefa del Servicio de Administración del Suelo y Vivienda, María Teresa Barrao Sánchez.

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