ORDEN MAT/1940/2023, de 22 de diciembre, por la que se acuerda la distribución definitiva de los créditos presupuestarios previstos en la Orden AGM/1038/2023, de 1 de agosto, por la que se convocan subvenciones, dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027, para el fomento de la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos municipales en Aragón.

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Los puntos 3 y 4 del apartado sexto de la Orden AGM/1038/2023, de 1 de agosto, por la que se convocan subvenciones, dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027, para el fomento de la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos municipales en Aragón, establecen del siguiente modo, el presupuesto para la financiación de las subvenciones que en ella se contemplan. Se indica que las subvenciones se concederán teniendo en cuenta la cuantía total máxima y las siguientes aplicaciones presupuestarias:


La citada Orden AGM/1038/2023, de 1 de agosto, señala que, desconociéndose en el momento de la convocatoria la cuantía de la adjudicación a las entidades solicitantes en función de su naturaleza jurídica, esto es, entidades locales y otras entidades públicas previstas en la planificación de residuos y, en consecuencia, el volumen de gasto con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes del presupuesto de gasto del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón para los años 2023, 2024 y 2025, será en el momento previo a la adjudicación, cuando se acuerde la transferencia de créditos que proceda, mediante la correspondiente modificación presupuestaria si fuera preciso, conforme a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, y en la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023.


El punto 4 la Orden indica que la cuantía total máxima podrá ampliarse, sin necesidad de nueva convocatoria, en los supuestos previstos en el artículo 42.2 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, condicionado a la previa declaración de disponibilidad del crédito.


Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y vistos los informes de la comisión de valoración previstos en el punto 5 del apartado decimotercero de la Orden AGM/1038/2023, de 1 de agosto, la correcta distribución del crédito por aplicaciones presupuestarias y por anualidades es la siguiente:


Por lo tanto, es necesario adaptar las partidas presupuestarias previstas en esta convocatoria al tipo de entidades que serán perceptoras de la subvención y las cuantías por anualidades.


Esta modificación en la distribución del presupuesto de la convocatoria mediante los necesarios documentos de ajuste no supone un incremento del gasto total comprometido.


En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en los apartados 4 y 5 del artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.2 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, y visto el apartado sexto de la Orden AGM/1038/2023, de 1 de agosto, por la que se convocan subvenciones para el fomento de la economía circular mediante por la que se convocan subvenciones, dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027, para el fomento de la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos municipales en Aragón, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico como Consejero de Medio Ambiente y Turismo por el Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, dispongo:


Primero.- Modificar la distribución de los créditos presupuestarios previstos en la Orden AGM/1038/2023, de 1 de agosto, por la que se convocan subvenciones para el fomento de la economía circular mediante por la que se convocan subvenciones, dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027, para el fomento de la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos municipales en Aragón, de forma que el presupuesto definitivo, destinado a otorgar las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las entidades beneficiarias, por aplicaciones presupuestarias y anualidades es la siguiente:


Segundo.- Modificar la Resolución aprobatoria del gasto de la convocatoria para el año 2023 en los términos referenciados.


Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, "en aquellas convocatorias, en las que, dentro de los límites señalados en los apartados anteriores, se haya fijado en la convocatoria una cuantía adicional o se haya atribuido carácter estimativo a la distribución de la cuantía máxima entre distintos créditos presupuestarios, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver".


Zaragoza, 22 de diciembre de 2023.


El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, MANUEL BLASCO MARQUÉS

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