Departamento de medio ambiente y turismo - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-224)
ORDEN MAT/1691/2023, de 9 de noviembre, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Palomar de Arroyos (Teruel).
Visto el proyecto de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Palomar de Arroyos redactado por el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, resultan de él los siguientes:
Antecedentes
Primero.- Con fecha 24 de mayo de 2021, se remite solicitud a la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal para que el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente acuerde la realización de la clasificación de vías pecuarias del término municipal de Palomar de Arroyos (Teruel).
Segundo.- Con fecha 14 de junio de 2021, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente considera justificada la conveniencia de realizar la clasificación correspondiente y tiene a bien acordar su realización.
Tercero.- Con fecha 28 de octubre de 2022, la Dirección Provincial de Teruel del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, acuerda el inicio de las operaciones de clasificación de las vías pecuarias de Palomar de Arroyos.
Cuarto.- En el "Boletín Oficial de Aragón", número 218, de 10 de noviembre de 2022, se publica anuncio del Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel por el que se hace público el inicio de las operaciones de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Palomar de Arroyos (Teruel) fijando el día 22 de diciembre de 2022 a las 10:30 horas de la mañana en el Ayuntamiento de Palomar de Arroyos y designando a la Ingeniera Técnico Forestal D.ª Noelia Pérez Lahoz para la realización de dichos trabajos y como representante de la Administración en el acto de recorrido, reconocimiento y estudio de las vías pecuarias.
Quinto.- Con fecha 15 de noviembre de 2022, se remiten oficios al presidente de la Diputación Provincial de Teruel, al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palomar de Arroyos, al Presidente del Ligallo General de Pastores Trashumantes, al Presidente de la Comarca Cuencas Mineras, al Presidente de la Cámara Agraria Provincial, al Presidente de UAGA, al Presidente de ASAJA, y al Jefe de Servicio de Patrimonio, en los que se comunica la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" del inicio de los trabajos de clasificación, solicitando que emitan el correspondiente informe al respecto, si procede y que designen los prácticos y representantes para el acto de clasificación. Así como para la exposición en el tablón de anuncios de las Entidades Locales cuando proceda. También con la misma fecha se comunica al Alcalde-Presidente de los Ayuntamientos de Aliaga, Castel de Cabra, Montalbán, Escucha y Cuevas de Almudén, al presidente de la Asociación Cabañeras de Aragón, la fecha en que van a ser recorridas y la posibilidad de nombrar una comisión o representante para que asista a la citada operación.
Sexto.- Con fecha 28 de noviembre de 2022, la Cámara Agraria Provincial de Teruel designa al vocal D. Leoncio Benedicto Corbatón, como su representante para asistir a la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Palomar de Arroyos, mandando escrito al respecto.
Séptimo.- Con fecha 22 de diciembre de 2022, se recibe escrito por el que el Ayuntamiento de Palomar de Arroyos certifica la exposición pública relativa al inicio de las operaciones en el tablón de anuncios de esa Entidad.
Octavo.- Con fecha 22 de diciembre de 2022, se produce la constitución de la comisión para la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Palomar de Arroyos (Teruel) levantándose la correspondiente acta. Se emite informe para la clasificación de las vías pecuarias de dicho término municipal por la Ingeniera Técnica Forestal designada, en el que se da cuenta de la tramitación seguida, de la descripción de las vías pecuarias recorridas, del proceso de toma de datos y de las coordenadas de los puntos singulares quedando todo ello reflejado en el plano. Y este Informe es ratificado por la comisión constituida para los trabajos de clasificación.
Noveno.- El proyecto de clasificación fue objeto del trámite de información pública mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 122, de 28 de junio de 2023. Y el texto del anuncio comunicado, al día siguiente para su exposición en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Palomar de Arroyos y de la Comarca Cuencas Mineras, así mismo se comunica, en esa fecha, al Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, al Presidente de la Cámara Agraria Provincial de Teruel, de la Asociación Ligallo General de Pastores, al Presidente de UAGA y al Presidente de ASAJA, al Presidente de la Asociación Cabañeras de Aragón, al Subdirector de Agricultura y Ganadería en Teruel y al Jefe del Servicio de Patrimonio de la Diputación General de Aragón. También con la misma fecha se comunica al Alcalde-Presidente de los Ayuntamientos de Aliaga, Castel de Cabra, Montalbán, Escucha y Cuevas de Almudén.
Décimo.- Con fecha 11 de agosto de 2023, la Secretaria del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, emite certificado, en el que queda reflejado que durante el periodo de vista se presentó una alegación por parte de la Diputación Provincial de Teruel de fecha 25 de julio de 2023, en la que solicitó acceso al expediente electrónico. Con fecha 27 de julio de 2023, la Subdirección de Medio Ambiente le remitió a la Diputación Provincial el proyecto y plano del expediente.
Decimoprimero.- Con fecha 25 de septiembre de 2023, la Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Palomar de Arroyos (Teruel) certifica la exposición del anuncio de información pública del expediente en el tablón de anuncios de ese Ayuntamiento sin que se haya presentado alegación o reclamación al mismo.
Decimosegundo.- Con fecha 25 de septiembre de 2023, la Secretaria-Interventora de la Comarca de Cuencas Mineras, certifica la exposición del anuncio de información pública del expediente en el tablón de anuncios de esa institución sin que se haya presentado alegación o reclamación al mismo.
Decimotercero.- Con fecha 5 de octubre de 2023, la Secretaria del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en Teruel, manifiesta su acuerdo con lo actuado por la Ingeniera Técnico Forestal, D.ª Noelia Pérez Lahoz, designada para la clasificación y eleva el expediente al Director General de Gestión Forestal para su resolución.
Fundamentos jurídicos
Primero.- El artículo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y el artículo 17 de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón, dispone que la clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, categoría, anchura, trazado y demás características generales de cada vía pecuaria.
Segundo.- La disposición adicional primera de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, insta a la Administración a clasificar con carácter de urgencia las vías pecuarias.
Tercero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al trámite de audiencia, mediante anuncios publicados en el "Boletín Oficial de Aragón", y colocados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Palomar de Arroyos y de la Comarca Cuencas Mineras.
Cuarto.- Durante la práctica de la clasificación, y en el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron alegaciones.
Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón; el Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos; el Decreto 102/2023, de 12 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta del Gobierno de Aragón; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.
El Consejero de Medio Ambiente y Turismo de acuerdo con el informe de la Secretaria del Servicio Provincial de Teruel, y a propuesta de la Dirección General de Gestión Forestal, resuelve:
Primero.- Aprobar la clasificación de las vías pecuarias sitas en el término municipal de Palomar de Arroyos (Teruel), en la que se integran las que se relacionan en el anexo I.
Segundo.- Los recorridos, direcciones, superficie y demás características de las antedichas vías pecuarias figura en el proyecto de clasificación, de fecha 22 de diciembre de 2022.
En todo su trazado, la anchura quedará fijada con carácter definitivo una vez practicado el deslinde de la vía pecuaria.
Si en el referido término municipal hubiese, además de las incluidas en la clasificación, otras vías pecuarias, no perderán éstas su carácter y deberán ser clasificadas con posterioridad.
Tercero.- La presente Orden deberá ser objeto de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 9 de noviembre de 2023.
El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, MANUEL BLASCO MARQUÉS
anexo I Vías pecuarias sitas en el término municipal de Palomar de Arroyos (Teruel)
Relación de abrevaderos-descansaderos.
V. P Número 3: De Cuevas de Almudén a Montalbán.
- Abrevadero: punto 3.8.
- Descansadero: punto 3.8.