Departamento de bienestar social y familia - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-215)
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ORDEN BSF/1569/2023, de 31 de octubre, por la que se modifica el importe máximo de la convocatoria de subvenciones aprobada mediante Orden CDS/694/2023, de 17 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.
Mediante Orden CDS/694/2023, de 17 de mayo, se hizo pública la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023 ("Boletín Oficial de Aragón", número 102, de 31 de mayo de 2023).
La instrucción de los expedientes se ha realizado por personal de la Secretaría General Técnica del Departamento de Bienestar Social y Familia, procediéndose a la inadmisión de las solicitudes que no cumplían los requisitos de acceso a la convocatoria, y requiriendo la subsanación de las solicitudes incompletas.
El artículo segundo de la Orden de convocatoria determina como importe máximo de la misma, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, el de 8.975.000 euros distribuido por aplicaciones presupuestarias del siguiente modo:
11010 G3111/480509/37001, 8.475.000 euros.
11010 G3111/780197/37001, 500.000 euros.
En el mismo artículo se prevé que, en caso de que puedan concederse subvenciones por una cuantía adicional, no precisará de nueva convocatoria, al amparo del artículo 58.2 del reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en su reunión ordinaria de 12 de mayo de 2023, adoptó por unanimidad un acuerdo sobre la concesión de subvenciones a programas de interés social con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, asignando a la Comunidad Autónoma de Aragón la cuantía de 10.093.237,54 euros. Esta distribución fue acordada por el Consejo de Ministros en su reunión de 5 de septiembre de 2023.
Por otro lado, el presupuesto de gastos del Departamento de Bienestar Social y Familia, cuenta, en la aplicación presupuestaria 11010 G3111/480509/37001, con un saldo adicional de 96.309,12 euros, procedente de reintegros de entidades beneficiarias en convocatorias anteriores.
De acuerdo con el apartado 4.º del punto 2 del artículo 58, del mencionado reglamento de la Ley General de Subvenciones, procede la fijación de la cuantía adicional en el supuesto de haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.
De acuerdo con lo anterior y en el ejercicio de la competencia otorgada en el artículo 19 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón dispongo:
Primero.- Modificar el artículo 2.1. de la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023, aprobada mediante Orden CDS/694/2023, de 31 de mayo, por la incorporación de un importe adicional de 1.214.546,66 euros, que queda redactado en los siguientes términos:
Las ayudas se financiarán con cargo a los presupuestos del Departamento de Bienestar Social y Familia, condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto, por un importe máximo de 10.189.546,66 euros con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
11010 G/3111/480509/37001 por un importe de 9.689.546,66 euros.
11010 G/3111/780197/37001 por un importe de 500.000 euros.
Segundo.- Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón". Dicha publicación no implica la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Zaragoza, 31 de octubre de 2023.
La Consejera de Bienestar Social y Familia,
CARMEN MARÍA SUSÍN GABARRE