Departamento de bienestar social y familia - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-210)

ORDEN BSF/1507/2023, de 25 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la financiación de actuaciones a favor de la integración de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para los años 2023 y 2024.


Con fecha 25 de mayo de 2023, fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 98, la Orden CDS/668/2023, de 16 de mayo, por la que se convocan subvenciones a entidades locales para la financiación de actuaciones a favor de la integración de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para los años 2023 y 2024, de acuerdo con la Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades que integran la Administración Local de Aragón, gestionadas por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, Instituto Aragonés de Servicios Sociales e Instituto Aragonés de la Juventud.


El objeto de dicha convocatoria es conceder subvenciones a entidades locales que durante los años 2023 y 2024 realicen proyectos para promover la integración socioeconómica de personas de origen extranjero, incluidas las migrantes, residentes en Aragón, a través de itinerarios de integración social, determinados en el artículo 3 de la citada Orden de convocatoria:


1. Proyectos que diseñen y acompañen itinerarios personalizados para la integración de las personas de origen extranjero que residen en la entidad local, que den respuesta a sus necesidades específicas, incluso desde los servicios sociales generales.


2. Proyectos de acogida a temporeros en el marco de la gestión de las campañas agrícolas, atendiendo a las personas de origen extranjero en situación de mayor vulnerabilidad.


3. Programas de realización de informes de arraigo social, informe de vivienda adecuada y valoración del informe de esfuerzo de integración.


4. Programa de Reencuentros de Familias en Aragón, para el acompañamiento profesional en la reagrupación familiar.


Estas subvenciones se tramitarán con cargo a la partida presupuestaria 11050 G/3241/460007/91002 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para los años 2023 y 2024.


Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el 15 de junio de 2023, ha sido revisada la documentación presentada y solicitada su subsanación si se carecía de algún documento necesario, para posteriormente ser examinadas y valoradas por la Comisión de Valoración constituida al efecto, según el artículo 11 de la Orden CDS/668/2023, de 16 de mayo, de convocatoria.


El órgano instructor, a la vista del expediente y del acta del órgano colegiado, formuló propuesta de resolución provisional, en acto único, que notificó la cuantía de subvención que se propone a todas las entidades solicitantes, concediéndoles un plazo de 5 días hábiles para presentar alegaciones, desistir o, se les dio opción de realizar reformulación de su proyecto inicial, adaptándolo a dicha propuesta de concesión, puesto que ninguna propuesta concedía la cuantía solicitada.


Se reformularon 10 solicitudes, que fueron revisadas por la Comisión de Valoración, dando su conformidad, y seis proyectos se mantienen según la solicitud inicial al no ejercer la opción de reformular. Así mismo, hay 3 entidades que presentaron el desistimiento de 4 solicitudes presentadas al conocer la cuantía de subvención propuesta. Por otra parte, no se han presentado alegaciones a la propuesta de resolución provisional.


Los acuerdos recogidos en acta fueron la base de la propuesta de resolución definitiva única del órgano instructor, que fue publica en sede electrónica del Gobierno de Aragón y notificada electrónicamente a las entidades propuestas como beneficiaras el 11 de octubre de 2023.


Vista la propuesta elevada por el órgano instructor según el informe de la Comisión de Valoración, la Consejera de Bienestar Social y Familia, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 14.1 de la Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades que integran la Administración Local de Aragón, gestionadas por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, Instituto Aragonés de Servicios Sociales e Instituto Aragonés de la Juventud, dispone:


Primero.- Conceder a las entidades locales relacionadas en el anexo I de la presente Orden, un importe de 493.304,09 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 11050 G/3241/460007/91002 para el ejercicio 2023 y 475.528,94 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 11050 G/3241/460007/91002 para el ejercicio 2024. En dicho anexo se detallan las entidades beneficiarias, el nombre del proyecto subvencionable a realizar, la puntuación obtenida, su coste total y la cuantía concedida, por orden de prelación.


Segundo.- Dar publicidad a las cuatro solicitudes desistidas por haber manifestado expresamente su desistimiento tras notificarse la propuesta de resolución provisional.


Tercero.- Las entidades beneficiarias están obligadas a cumplir la finalidad de la subvención concedida, ejecutar el importe adjudicado y la aportación de la entidad comprometida, justificando el importe total del proyecto en los términos previstos en la Orden de convocatoria, así como el resto de las obligaciones impuestas por la convocatoria y demás normativa de aplicación.


En el supuesto de incumplimiento de estas obligaciones se podrá proceder el reintegro de las cuantías percibidas o, en su caso, se producirá la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida.


Cuarto.- Publicar la presente Orden de Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, y surtirá sus mismos efectos.


Quinto.- Advertir que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes desde su notificación, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


Zaragoza, 25 de octubre de 2023.


La Consejera de Bienestar Social y Familia,


CARMEN MARÍA SUSÍN GABARRE

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