Departamento de sanidad - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-190)

RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que reconoce nivel de carrera profesional, por el procedimiento ordinario de acceso a la carrera profesional, a personal sanitario de formación profesional y personal de gestión y servicios del Servicio Aragonés de Salud.


Por Orden SAN/675/2019, de 11 de junio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 120, de 21 de junio de 2019, se crea el Portal Electrónico de Gestión de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud y se establecen las medidas iniciales para su puesta en marcha. Mediante Resolución de 16 de septiembre de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica el procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional del personal del Servicio Aragonés de Salud, se establece que a partir del 1 de octubre de 2019, la participación en el procedimiento de carrera profesional requerirá que los méritos a valorar estén incorporados en el expediente electrónico de cada aspirante, así como la inscripción en la correspondiente convocatoria de carrera profesional a través del Portal Electrónico de Gestión de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud, siendo el cuarto trimestre de 2019 el primero en el que las solicitudes de carrera profesional, así como los correspondientes méritos, debían estar incorporados en el Portal de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud.


Mediante Resolución de 8 de julio de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, se modifica el apartado segundo de la Resolución de 3 de abril de 2017, relativa al procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional de personal sanitario de formación profesional y personal de gestión y servicios en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud ("Boletín Oficial de Aragón", número 140, de 16 de julio de 2020), resultando de aplicación a las solicitudes pendientes.


Por Acuerdo del Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 3 de mayo de 2023, se otorgó aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 28 de marzo de 2023, del Servicio Aragonés de Salud y las organizaciones sindicales CSIF, CCOO y UGT para la mejora de la sanidad en Aragón, en virtud del cual se procederá al pago, con efectos económicos del 1 de mayo de 2023, del nivel III de carrera profesional al personal sanitario de formación profesional y de gestión y servicios, que tenga dicho nivel reconocido o pendiente de reconocer a la fecha de la firma de dicho acuerdo.


En virtud de lo previsto en los apartados segundo y sexto de la Resolución de 3 de abril de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, relativa al procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional de personal sanitario de formación profesional y personal de gestión y servicios en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud ("Boletín Oficial de Aragón", número 77, de 25 de abril de 2017), las Gerencias de Sector y la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias, han elevado propuesta a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud de reconocimiento de nivel o niveles de carrera profesional, como consecuencia, de los informes vinculantes emitidos por las Comisiones Evaluadoras de los Centros tras la evaluación efectuada de las solicitudes de cambio y acceso a la carrera profesional presentadas durante el cuarto trimestre de 2019.


De conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 25 del Decreto 122/2020, de 9 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud, así como en el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia resuelve:


Primero.- Reconocer nivel de carrera profesional, por el procedimiento ordinario, al personal sanitario de formación profesional del Servicio Aragonés de Salud que se relaciona en el anexo I, con indicación de la categoría y nivel o niveles de carrera profesional reconocidos, con fecha de efectos económicos y administrativos de 1 de enero de 2020, para los niveles I y II. Para el nivel III con fecha de efectos administrativos de 1 de enero de 2020 y fecha de efectos económicos de 1 de mayo de 2023.


Segundo.- Reconocer nivel de carrera profesional, por el procedimiento ordinario, al personal de gestión y servicios del Servicio Aragonés de Salud que se relaciona en el anexo II, con indicación de la categoría y nivel o niveles de carrera profesional reconocidos, con fecha de efectos económicos y administrativos de 1 de enero de 2020, para los niveles I y II. Para el nivel III con fecha de efectos administrativos de 1 de enero de 2020 y fecha de efectos económicos de 1 de mayo de 2023.


Tercero.- La presente Resolución será objeto de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la página web del Servicio Aragonés de Salud.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Zaragoza, 25 de septiembre de 2023.


La Directora Gerente del Servicio Aragonés de Salud, ANA CRISTINA CASTILLO FORNIÉS

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