Departamento de medio ambiente y turismo - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-190)

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RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2023, del Presidente del Instituto Aragonés del Agua, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas en especie a entidades locales para la elaboración de protocolos preventivos de los puntos de agua estratégicos en las infraestructuras locales de los municipios para la disposición y carga de agua de los medios de extinción de incendios en la zona de interfaz urbano forestal en la Comunidad Autónoma de Aragón.


La Orden AGM/652/2023, de 15 de mayo, conjunta de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales y del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas en especie a entidades locales para la elaboración de protocolos preventivos de los puntos de agua estratégicos en las infraestructuras locales de los municipios para la disposición y carga de agua de los medios de extinción de incendios en la zona de interfaz urbano forestal en la Comunidad Autónoma de Aragón, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 96, de 23 de mayo de 2023.


El régimen de concesión de estas ayudas se ajusta al procedimiento de concurrencia competitiva y se tramita de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, instruyéndose, y evaluándose según lo previsto en el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, y en la Orden AGM/1547/2021, de 5 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales de Aragón para impulsar actuaciones en materia de aguas.


El informe de instrucción de la Secretaria General del Instituto Aragonés del Agua de 27 de julio de 2023 describe los pasos seguidos en la tramitación de la subvención, explica los requerimientos de subsanación realizados y analiza el cumplimiento de los requisitos para poder ser entidad beneficiaria de cada una de las solicitudes recibidas.


Por otro lado, tal y como establece el apartado duodécimo de la Orden de convocatoria, evaluadas las solicitudes que cumplían los requisitos básicos, la comisión de valoración emite su informe, de fecha 9 de agosto de 2023, en el que se han concretado los resultados de la baremación específica de los criterios de otorgamiento establecidos en la Orden de convocatoria, realizando una prelación de las solicitudes a estimar de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente.


Con todo ello, mediante Resolución de 10 de agosto de 2023, se efectuó la propuesta de resolución provisional de concesión de subvenciones. Su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" el 22 de agosto de 2023 abrió el trámite de audiencia a los interesados previsto en el punto 5 del apartado duodécimo de la Orden de convocatoria, concediéndoles un plazo de cinco días hábiles para que aquellas entidades que lo considerasen oportuno pudieran presentar alegaciones.


Transcurrido el plazo anterior sin haber recibido ningún escrito de alegaciones, el 15 de septiembre de 2023 se emite Resolución del Director del Instituto Aragonés del Agua por la que se formula la propuesta de resolución definitiva, por lo que en aplicación de lo previsto en el punto decimotercero de la Orden que rige esta convocatoria, procede dictar la resolución del procedimiento de acuerdo con dicha propuesta de resolución formulada por el órgano instructor.


Por cuanto antecede, en aplicación del apartado decimotercero de la Orden AGM/652/2023, de 15 de mayo, en ejercicio de las competencias que a esta presidencia confiere la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 8.1.b) y 26 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, se dicta la siguiente resolución:


Primero.- Conceder las ayudas en especie para la elaboración de protocolos preventivos de los puntos de agua estratégicos en las infraestructuras locales de los municipios para la disposición y carga de agua de los medios de extinción de incendios en la zona de interfaz urbano forestal en la Comunidad Autónoma de Aragón, a las entidades locales que se incluyen en el anexo I de esta Resolución.


Segundo.- Desestimar las ayudas a las entidades locales que se relacionan en el anexo II por los motivos que se indican en cada caso.


Tercero.- Declarar concluso el procedimiento administrativo para las entidades locales interesadas relacionadas en el anexo III, por haber desistido expresamente de su solicitud.


Cuarto.- Publicar esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", en la página web del Instituto Aragonés del Agua y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con el apartado decimotercero de la Orden de convocatoria.


Quinto.- Contra esta Resolución, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá interponerse por la entidad local interesada requerimiento previo ante el presidente del Instituto Aragonés del Agua en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 20 de septiembre de 2023. El Presidente del Instituto Aragonés del Agua, Manuel Blasco Marqués

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