Departamento de medio ambiente y turismo - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-175)

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RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2023, del Presidente del Instituto Aragonés del Agua, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación, para la redacción de planes municipales de actuación ante riesgos de inundación y la adquisición de equipos y medios materiales de protección frente a inundaciones durante el año 2023.


La Orden AGM/185/2023, de 14 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación, para la redacción de planes municipales de actuación ante riesgos de inundación y la adquisición de equipos y medios materiales de protección frente a inundaciones durante el año 2023, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 41, de 1 de marzo de 2023.


El régimen de concesión de estas subvenciones se ajusta al procedimiento de concurrencia competitiva y se tramita de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, instruyéndose, y evaluándose según lo previsto en el artículo 24 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, y en la Orden AGM/1547/2021, de 5 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales de Aragón para impulsar actuaciones en materia de aguas.


La cuantía total máxima de esta convocatoria es de cien mil euros (100.000 €),on cargo a la partida presupupuestaria 72010 G/5121/760142/91002 PEP 2023/000031 del presupuesto del Instituto Aragonés del Aguaara el ejercicio 2023, distribuidos en cincuenta mil euros (50.000 €) para la línea 1 "Planenes a actuación municipal ante el riesgo de inundaciones" y cincuenta mil euros (50.000 €) para la nea 2 "Adquisición d de equipos, servicios, medios y elementosásicos de protección y seguridad ante el riesgo de inundación"n".


El apartado undécimo de la Orden de convocatoria estableció un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de forma que el plazo comenzó el 2 de marzo y finalizó el 30 de marzo de 2023. Tras la conclusión de dicho plazo, se constata que se han recibido un total de 21 solicitudes, 8 para la línea 1 y 13 para la línea 2 correspondientes a 21 ayuntamientos.


El informe de instrucción de 12 de junio de 2023 describe los pasos seguidos en la tramitación de la subvención, explica los requerimientos de subsanación realizados y analiza el cumplimiento de los requisitos para poder ser entidad beneficiaria de cada una de las solicitudes recibidas.


Por otro lado, tal y como establece el apartado decimoquinto de la Orden de convocatoria, evaluadas las solicitudes que cumplían los requisitos básicos, la comisión de valoración emite su informe, de fecha 20 de junio de 2023, en el que se han concretado los resultados de la baremación específica de los criterios de otorgamiento establecidos en la Orden de convocatoria, realizando una prelación de las solicitudes a estimar de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente.


Con todo ello, la Directora del Instituto Aragonés del Agua, mediante Resolución de 23 de junio de 2023, efectuó la propuesta de resolución provisional de concesión de subvenciones. Su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" el 4 de julio de 2023 abrió el trámite de audiencia a los interesados previsto en el punto 5 del apartado decimoquinto de la convocatoria, concediendo un plazo de 5 días hábiles para que aquellas entidades que lo considerasen oportuno pudieran presentar alegaciones.


Transcurrido el citado plazo se ha presentado únicamente una alegación correspondiente al ayuntamiento de Pradilla de Ebro que ha sido analizada por la Comisión de Valoración, cuya composición fue modificada por Resolución de 6 de julio de 2023 de la Directora del Instituto Aragonés del Agua. Así, mediante informe de 2 de agosto de 2023 la Comisión de Valoración ha decidido ha decidido no aceptar la alegación presentada por el Ayuntamiento de Pradilla de Ebro.


El 7 de agosto de 2023 se emite resolución de la Directora del Instituto Aragonés del Agua por la que se formula la propuesta de resolución definitiva, por lo que en aplicación de lo previsto en el punto decimosexto de la Orden que rige esta convocatoria, procede dictar la resolución del procedimiento de acuerdo con dicha propuesta de resolución formulada por el órgano instructor.


Por cuanto antecede, en aplicación del apartado decimosexto de la Orden AGM/185/2023, de 14 de febrero, en ejercicio de las competencias que a esta presidencia confiere la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 8.1.b y 26 de Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, se dicta la siguiente Resolución:


Primero.- Conceder las subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación, para la redacción de planes municipales de actuación ante riesgos de inundación y la adquisición de equipos y medios materiales de protección frente a inundaciones durante el año 2023, a las entidades locales que se incluyen en el anexo I, por un importe global de cuarenta y seis mil cuatrocientos ochenta y un euros con sesenta céntimos (46.481,60 €) para la nea 1 y cuarenta y s seis mil ochocientos cincuenta y cuatro euros con sesenta y seis céntimos (46.854,66 €) para la línea 2, incando la a actuación, la valoración obtenida y el importe de la ayuda.


Segundo.- Desestimar las subvenciones a las entidades locales que se relacionan en el anexo II, por haberse agotado el crédito disponible para poder ser atendidas o por los motivos que se indican en cada caso.


Tercero.- Publicar esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", en la página web del Instituto Aragonés del Agua y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con el apartado decimosexto de la Orden de convocatoria.


Cuarto.- Contra esta Resolución, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá interponerse por la entidad local interesada requerimiento previo ante el Presidente del Instituto Aragonés del Agua en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 25 de agosto de 2023.


El Presidente del Instituto Aragonés del Agua,


MANUEL BLASCO MARQUÉS

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