Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-158)
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RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 7 de octubre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la Autorización Ambiental Integrada para la instalación de una explotación porcina de cebo con capacidad para 5.280 plazas, ubicada en la parcela 95, polígono 9 en el término municipal de La Mata de los Olmos (Teruel), promovida por la sociedad Explotaciones El Carpio SL. (Número de Expediente: INAGA 500202/02/2023/03122).
Con fecha 21 de marzo de 2023, se presenta en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, la solicitud para modificar la Autorización Ambiental Integrada de la explotación con REGA ES441460000006 para su registro como pequeño productor de residuos peligrosos.
Antecedentes de hecho
Primero.- La explotación porcina, con REGA ES441460000006, dispone de Autorización Ambiental Integrada para una capacidad de 5.280 plazas de cebo, renovada mediante Resolución de 7 de octubre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 218, de 5 de noviembre del citado año (Expte. INAGA 500601/02/2012/00162).
Mediante Resolución de 14 de marzo de 2018, de este Instituto, se toma conocimiento del cambio de titularidad de la Autorización Ambiental Integrada a favor de Explotaciones El Carpio SL (Expte. INAGA 500202/02/2018/01056).
El 4 de octubre de 2022, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 193, la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental de 25 de julio de 2022, por la que se revisó la Autorización Ambiental Integrada incorporando el anexo II de Mejores Técnicas Disponibles (Expte. INAGA 50202/02/2019/12202).
Segundo.- La modificación puntual solicitada consiste en otorgar número de pequeño productor de residuos y su incorporación a la Autorización Ambiental Integrada.
La notificación de inicio de expediente con tasas, se realizó el 27 de marzo de 2023, haciéndose efectivo el pago de dicha tasa el 19 de junio de 2023.
Tercero.- Considerando los criterios del artículo 14.1 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la modificación propuesta se considera no sustancial. Sin embargo, procede recoger estos cambios en la Autorización Ambiental Integrada, modificando puntualmente la resolución, todo ello de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
Fundamentos jurídicos
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Decreto 53/2019, de 28 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control; el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:
Modificar la Resolución de 7 de octubre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la Autorización Ambiental Integrada para la instalación de una explotación porcina de cebo con capacidad para 5.280 plazas, ubicada en la parcela 95, polígono 9 en el término municipal de La Mata de los Olmos (Teruel), en los siguientes puntos dejando inalterado el resto:
Al punto 1.6. de la Resolución se le añade el siguiente párrafo:
"Se inscribe la explotación en el registro de pequeño productor de residuos con el n.º AR/PP-17.292, para los siguientes residuos: Infecciosos (Cód. 180202), Químicos (Cód. 180205), Envases contaminados (Cód. 150110), Aceites usados (Cód. 130208), Baterías (Cód. 160601), Fluorescentes (Cód. 200121), Envases de aerosoles (Cód. 150111) y cualquier otro pequeño residuo peligroso que se genere en la explotación, no debiendo exceder en su conjunto las 10 t/año."
Sin perjuicio de los criterios establecidos en esta Resolución, la modificación propuesta estará supeditada a cualquier otra intervención administrativa necesaria previa al inicio de la actividad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que, en su caso, pudiera interponerse.
Zaragoza, 21 de junio de 2023.
El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,
P.D. La Jefa de Área III del INAGA,
(Resolución de 16 de junio de 2023, del Director del INAGA)
ELENA MARTÍN GUTIÉRREZ