Departamento de economía, planificación y empleo - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-158)

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ORDEN EPE/1068/2023, de 8 de agosto, por la que se acuerda incrementar el crédito destinado a la concesión de subvenciones establecidas en la Orden EPE/242/2023, de 3 de marzo, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones reguladas en la Orden EPE/695/2022, de 19 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes PAMEJ 2021-2023.


La Orden EPE/695/2022, de 19 de mayo ("Boletín Oficial de Aragón", número 102, de 30 de mayo de 2022) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes PAMEJ 2021-2023, establece el procedimiento para la concesión de subvenciones que tienen por objeto favorecer la mejora de la empleabilidad de aquellos jóvenes que sean contratados en empleos relacionados con su titulación universitaria, de formación profesional o de formación para el empleo.


Mediante Orden EPE/242/2023, de 3 de marzo, ("Boletín Oficial de Aragón", número 51, de 15 de marzo de 2023) se convocaron para el año 2023 las subvenciones previstas en la citada Orden EPE/695/2022, de 19 de mayo.


En el punto 2 del apartado tercero de la Orden EPE/242/2023, de 3 de marzo, sobre financiación de las subvenciones, se estableció un crédito inicial de un millón quinientos mil euros (1.500.000 €) con cargo la aplicación presesupuestaria 51016/G/3221/470111/33005 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo correspondiente al ejercicio 2023 y denomina "Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad Joven". DiDicho apartado establece también que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, este crédito tiene carácter ampliable, por lo que podrá ser objeto de un incremento derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria, previa tramitación del preceptivo expediente de modificación crédito y su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Avanzada la convocatoria se constató que el crédito inicialmente previsto en la Orden EPE/242/2023, de 3 de marzo, resultaba insuficiente para atender todas las solicitudes de subvención presentadas por las empresas interesadas que, por cumplir todos los requisitos para ello, podían resultar potenciales beneficiarias de las correspondientes subvenciones.


En ese contexto se aprobó la Orden EPE/847/2023, de 22 de junio, por la que se acuerda incrementar el crédito destinado a la concesión de subvenciones establecidas en la Orden EPE/242/2023, de 3 de marzo. El importe del incremento ascendió a doscientos cincuenta mil euros (250.000 €), mentando así el importe tototal convocado hasta un millón setecientos cincuenta mil euros (1.750.000 €).


Dado el elevado volumen de solicitudes pendientes de resolver todavía, se prevé que el crédito de 1.750.000 euros, asignado hasta la fecha para atender todas las solicitudes, resultará insuficiente.


Por otro lado, recientemente, mediante Orden TES/630/2023, de 14 de junio, se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2023, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha distribución ha supuesto la reciente incorporación de créditos en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el año 2023 como consecuencia de mayores ingresos derivados de esta distribución.


El apartado 2 del artículo 4 de la citada Orden TES/630/2023, de 14 de junio, establecen que, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023, las comunidades autónomas podrán, con cargo a los fondos distribuidos mediante esta Orden, realizar los servicios y programas regulados en la normativa estatal recogida en el anexo I, así como desarrollar programas y servicios de políticas de activación para el empleo, distintos de los anteriores, adaptados a la realidad de las personas desempleadas y del tejido productivo de su ámbito territorial. El apartado 3 del citado artículo establece que las comunidades autónomas utilizarán los fondos estatales distribuidos mediante esta Orden para la ejecución de los programas mencionados en los apartados anteriores, siempre que éstos se hubieran incluido en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023, se dirijan al cumplimiento de los objetivos establecidos en el mismo y se integren en alguno de los ejes regulados en el artículo 13.3 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero.


En este sentido, el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2023 ("Boletín Oficial del Estado", número 134, de 6 de junio de 2023), incluye en el Eje 3 "Oportunidades de empleo" todas las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo, identificando como programas propios los "incentivos a la contratación".


Existe en el capítulo IV del Presupuesto de Gastos del INAEM crédito adecuado y suficiente para proceder a una nueva ampliación del crédito destinado a la financiación de la convocatoria de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes PAMEJ 2021-2023, prevista en la Orden EPE/242/2023, de 3 de marzo.


Visto el informe favorable de la Intervención Delegada de 4 de agosto de 2023, de acuerdo con lo anterior, en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto 29/2020, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Economía, Planificación y Empleo, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 19.1 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, resuelvo:


Primero.- Incrementar en quinientos mil euros (500.000 €) el édito previsto en el aparartado tercero de la Orden EPE/242/2023, de 3 de marzo, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones reguladas en la Orden E/695/2022, de 19 de mayo, por la que se establecen las bases s reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes PAMEJ 2021-2023. Dicho incremento se produce con cargo a la aplicación presupuestaria 51016/G3221/470111/33005, ascendiendo así el importe total convocado a dos millones doscientos cincuenta mil euros (2.250.000 €).


Segundo.- La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 8 de agosto de 2023.


La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL

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