Departamento de ciencia, universidad y sociedad del conocimiento - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-156)

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ORDEN CUS/1058/2023, de 2 de agosto, por la que se publica el Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la modificación para el aumento de la oferta de plazas del título de Grado en Biomedicina por la Universidad San Jorge, en el curso académico 2023/2024.


Con fecha 26 de julio de 2023, el Gobierno de Aragón adoptó el Acuerdo por el que se autoriza a la Universidad San Jorge la modificación para el aumento de la oferta de plazas del título de Grado en Biomedicina por la Universidad San Jorge en el curso académico 2023/2024.


De conformidad con el apartado tercero del citado Acuerdo, éste debe ser publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".


En su virtud, resuelvo:


Ordenar la publicación del referido Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón" cuyo texto figura como anexo.


Zaragoza, 2 de agosto de 2023.


La Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento,


P.S. La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales,


(Decreto de 6 de julio de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón)


MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN


ANEXO


ACUERDO DE 26 DE JULIO DE 2023, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN PARA EL AUMENTO DE LA OFERTA DE PLAZAS DEL TÍTULO DE GRADO EN BIOMEDICINA POR LA UNIVERSIDAD SAN JORGE, EN EL CURSO ACADÉMICO 2023/2024.


La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.


Mediante el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, cuyo artículo 15 atribuye a la Dirección General de Universidades la tramitación para la implantación, modificación, supresión y renovación de la acreditación de enseñanzas universitarias.


La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario establece en el artículo 9 la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado. En relación con ello, el artículo 8 dispone que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la autorización de la implantación de éste por la indicada Comunidad Autónoma.


Asimismo, el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece, en el apartado 1 del artículo 33, que los centros universitarios acreditados institucionalmente podrán proponer, a través de su universidad, modificaciones sustanciales de los planes de estudios verificados, que serán solicitadas para su aprobación al Consejo de Universidades.


El marco jurídico expuesto se completa con la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, que atribuye al Gobierno de Aragón la competencia para autorizar la implantación, modificación y supresión de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, y con el Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto 72/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 100, de 29 de mayo de 2023), que entró en vigor el 30 de mayo de 2023. Dicho Decreto derogó la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, por la que se regula el procedimiento de implantación, seguimiento, modificación, renovación de la acreditación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón.


El apartado 1 del artículo 10 del citado Reglamento dispone que la modificación sustancial del plan de estudios que afecte al número de plazas ofertadas precisará de autorización del Gobierno de Aragón. El apartado 3 del artículo 33 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, dispone que el procedimiento para la modificación sustancial se tramitará conforme a lo establecido para el proceso de verificación de los planes de estudios recogido en el artículo 26. En términos similares se expresa el apartado 2 del artículo 9 del Reglamento que dispone que la modificación sustancial de los planes de estudios se tramitará conforme a lo establecido para el proceso de verificación en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.


Con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del Reglamento y al amparo de la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio -norma que, previamente a la entrada en vigor del Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, regulaba el procedimiento de modificación de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón- se emite el 7 de marzo de 2023, por la Dirección General de Universidades, informe favorable sobre la adecuación a la programación universitaria vigente de la solicitud de modificación del Grado en Biomedicina en el curso académico 2023-2024.


Informada favorablemente la modificación del Grado en Biomedicina el 23 de mayo de 2023 por la Subcomisión de Evaluación de Titulaciones de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón, la Universidad San Jorge solicita la autorización de la modificación del Grado en Biomedicina, consistente en el aumento en 5 plazas de la oferta, pasando de 50 a 55 plazas para el curso académico 2023-2024.


Con fecha 18 de julio de 2023, es emitida la resolución de la Comisión de Verificación y Acreditación de Planes de Estudios del Consejo de Universidades de aprobación de la citada modificación de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 10 del Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.3 del Reglamento, con fecha 27 de junio de 2023, la Dirección General de Universidades solicita a la Dirección General de Asistencia Sanitaria la emisión de un informe sobre la disponibilidad efectiva de plazas en centros sanitarios acreditados para la formación y la realización de prácticas del alumnado.


Con fecha 3 de julio de 2023, la Dirección General de Asistencia Sanitaria informa que en la reunión anual ordinaria de la Comisión Paritaria de Seguimiento del Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Universidad privada San Jorge con objeto de regular las bases de la relación entre esa Universidad y el Departamento de Sanidad, celebrada el 12 de junio de 2023, no se informó del número exacto de plazas necesarias en el sistema público de salud para el Grado en Biomedicina por lo que no se llegó a concretar la capacidad docente disponible para esta titulación; no obstante, entre la documentación aportada por la universidad figura la relación de convenios suscritos con entidades privadas para la formación práctica.


Con fecha 19 de julio de 2023, la Dirección General de Universidades emite un informe propuesta en el que se considera que, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 10 del Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, la solicitud de autorización reúne los requisitos exigidos por dicha norma en el marco del procedimiento de autorización para la modificación de títulos oficiales en la Comunidad Autónoma.


De conformidad con el Decreto de 6 de julio de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales ha sido designada como suplente de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, por lo que este acuerdo ha sido elevado al Gobierno de Aragón en aplicación de esa suplencia.


En virtud de cuanto antecede, a propuesta de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 26 de julio de 2023,


acuerda


Primero.- Autorizar la modificación del título de Grado en Biomedicina por la Universidad San Jorge para el aumento de la oferta de plazas en el curso académico 2023-2024.


Segundo.- La Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón llevará a cabo el seguimiento y la renovación de la acreditación de la enseñanza de acuerdo con lo previsto en el artículo 85 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón y en los artículos 28, 29, 34 y 35 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.


Tercero.- Este Acuerdo producirá sus efectos desde la fecha de su adopción y será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", y trasladado al Registro de Universidades, Centros y Títulos.

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