Departamento de presidencia y relaciones institucionales - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-156)

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ORDEN PRI/1055/2023, de 2 de agosto, por la que se resuelve la Línea 3 de la convocatoria de subvenciones, aprobada mediante Orden PRI/146/2023, de 8 de febrero, a Colegios Profesionales, Asociaciones sin ánimo de lucro y Fundaciones para la financiación de proyectos en materia de mediación intrajudicial y extrajudicial para el año 2023.


Mediante Orden PRI/146/2023, de 8 de febrero, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 36, de 22 de febrero de 2023, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Gobierno de Aragón http://www.aragon.es, se convocaron subvenciones a Colegios Profesionales, Asociaciones sin ánimo de lucro y Fundaciones para la financiación de proyectos en materia de mediación intrajudicial y extrajudicial para el año 2023.


El procedimiento de concesión de estas subvenciones se ajusta a lo previsto en el artículo 16.2 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, y en los artículos diecinueve a veintisiete de la Orden PRE/777/2017, de 5 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de mediación, evaluándose y seleccionándose las solicitudes conforme a los criterios de selección y baremación establecidos en el apartado duodécimo de la Orden de convocatoria.


De conformidad con lo dispuesto en las bases reguladoras y en la convocatoria, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor (Dirección General de Justicia, a través del Servicio de Administración General) sometió las solicitudes recibidas a examen y valoración de la Comisión de Valoración constituida a tal efecto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.4 de la Orden PRE/777/2017, de 5 de junio, que, reunida en fecha 4 de mayo de 2023, elaboró el correspondiente informe de evaluación de los distintos proyectos presentados para la Línea 3 de subvención, en función de la baremación realizada y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria.


En atención al informe emitido por esta Comisión de Valoración, con fecha 8 de mayo de 2023 se dictó por la Dirección General de Justicia propuesta de resolución provisional en relación con la Linea 3, con expresión de la relación de solicitantes para los que se proponía la concesión de subvención, una vez realizada la evaluación de las solicitudes y los criterios de valoración seguidos para efectuarla y cumpliendo los requisitos necesarios para acceder a la subvención.


Notificada de forma electrónica la Resolución a los solicitantes, consta en el expediente la presentación por todos aquellos a los que se proponía un importe de subvención inferior al solicitado, dentro del plazo concedido al efecto, del anexo III de la Orden de Convocatoria, aceptando la propuesta de las condiciones de concesión de la subvención, así como su reformulación en los términos propuestos.


En cumplimiento de lo previsto en el artículo 27.2 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, la Comisión de Valoración emitió con fecha 29 de mayo de 2023 informe favorable a la reformulación de los proyectos de subvención incluidos en la Línea 3, siendo emitida el día 30 de mayo la Resolución de la Directora General de Justicia con propuesta de resolución definitiva de las subvenciones correspondientes a la referida línea.


La precitada Resolución fue notificada a los propuestos como beneficiarios para que, tal como prevé el apartado decimoquinto de la convocatoria, manifestasen su renuncia expresa, entendiéndose, de no existir aquella, que aceptaban todas y cada una de las condiciones expresadas en la Orden de concesión de la ayuda y la normativa de aplicación. Ninguna de las entidades propuestas como beneficiarias ha manifestado su renuncia expresa.


Una vez desarrollados todos los trámites necesarios, de acuerdo con el apartado decimosexto de la Convocatoria, por parte de la Dirección General de Justicia, como órgano instructor de la subvención, se ha elevado a la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, la propuesta de concesión definitiva de las subvenciones correspondientes a la Línea 3 Realización de proyectos de implantación y programas piloto de implantación de la mediación intrajudicial en los distintos Partidos Judiciales de Aragón.


En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRI/146/2023, de 8 de febrero, resuelvo:


Primero.- Conceder las subvenciones para proyectos en materia de mediación intrajudicial y extrajudicial desarrollados por Colegios Profesionales, Asociaciones sin ánimo de lucro y Fundaciones, correspondientes a la Línea 3 Realización de proyectos de implantación y programas piloto de implantación de la mediación intrajudicial en los distintos Partidos Judiciales de Aragón, relacionados a continuación, por un importe total de 45.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria G/1421/480454/91002 del presupuesto de 2023, quedando obligados al cumplimiento de las bases establecidas en la convocatoria:


Segundo.- La justificación de los proyectos subvencionados en el apartado primero de la presente Orden deberá realizarse mediante la presentación de la documentación establecida en el apartado decimoctavo de la Orden de la convocatoria y teniendo en cuenta que la justificación económica habrá de realizarse por el importe del proyecto reformulado.


Los gastos financiados con cargo a las subvenciones concedidas deberán referirse a las actuaciones realizadas durante el periodo subvencionable que se extiende, de conformidad con el apartado cuarto de la convocatoria, de 1 de enero y el 30 de septiembre de 2023.


El plazo de justificación de los proyectos subvencionables finalizará el día 30 de octubre de 2023, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga de dicho plazo establecida en el artículo 36.3 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.


Tercero.- En cuanto a las obligaciones de los beneficiarios se estará a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 9 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, y el artículo 8 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, debiendo asimismo cumplir cualesquiera otras obligaciones impuestas en la normativa estatal y autonómica aplicable, en esta Orden y en la correspondiente convocatoria.


De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento General de Protección de datos y en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, todas las entidades que resulten beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente convocatoria deberán firmar un "Acuerdo encargado de tratamiento de datos".


Cuarto.- Notificar la presente Resolución de forma electrónica a los interesados, así como ordenar su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


Zaragoza, 2 de agosto de 2023.


La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales,


M.ª TERESA PÉREZ ESTEBAN

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