Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-154)

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RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se procede a dar de baja y extinguir la Autorización Ambiental Integrada otorgada para la explotación de cebo de porcino con capacidad de 2.994 plazas de cebo (359,28 U.G.M), situada en la parcela 1 del polígono 27 del municipio de Zuera (Zaragoza). (Número de Expediente: INAGA 500202/02/2023/03741).


El 12 de abril de 2023 tiene entrada en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la solicitud de caducidad de la Autorización Ambiental Integrada, formulada por la empresa Maid Agroindustrial.


Antecedentes de hecho


Primero.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la explotación de cebo de porcino con capacidad de 2.994 plazas de cebo (359,28 U.G.M), situada en la parcela 1 del polígono 27 del municipio de Zuera (Zaragoza), promovida por María Pilar Nasarre Marco. (Expte. INAGA 500601/02/2016/02049). Esta Resolución se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 3, de 4 de enero de 2018.


El 29 de noviembre de 2021, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 1 de octubre de 2021, por la que se revisó la Autorización Ambiental Integrada de la explotación incorporando el anexo II de Mejoras Técnicas Disponibles (Expte. INAGA 500202/02/2019/12330).


Segundo.- La empresa Maid Agroindustrial SL manifiesta su pretensión de construir una explotación porcina de transición próxima a la ubicación de la Autorización Ambiental Integrada referida. Solicita su caducidad indicando que, habiendo transcurrido el periodo de inicio de la actividad fijado en la Autorización Ambiental Integrada, está limitando y condicionando el desarrollo de cualquier actividad y desarrollo en la zona.


Tercero.- El día 21 de abril de 2023, se solicita informe a la Unidad de Inspección y Calidad Ambiental, adscrita al Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza, en relación a la situación de la explotación, quien confirma, tras visita a la zona el día 4 de mayo de 2023, la inexistencia de obras de construcción en el emplazamiento indicado en la Autorización Ambiental Integrada.


Cuarto.- Con fecha 18 de mayo de 2023, se da trámite de audiencia al titular de la Autorización Ambiental Integrada otorgada por Resolución de 13 de diciembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. Con la misma fecha se da traslado del borrador de Resolución al Ayuntamiento de Zuera y el 23 de mayo al promotor del expediente.


Fundamentos jurídicos


Primero.- La Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo I de la Ley, entre las que se incluye la competencia sobre Autorizaciones Ambientales Integradas.


Segundo.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 21.1 dispone, que la Administración está obligada a dictar Resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.


Tercero.- El artículo 70 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, establece en 5 años el plazo en el que caducarán las Autorizaciones Ambientales Integradas cuando el ejercicio de la actividad principal de la instalación no se hubiere iniciado, determinando que es el órgano ambiental quien debe declararla previo trámite de audiencia al titular.


Vistos, el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:


1. Proceder a dar de baja y extinguir la Autorización Ambiental Integrada otorgada por Resolución de 13 de diciembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la explotación de cebo de porcino con capacidad de 2.994 plazas de cebo (359,28 U.G.M), situada en la parcela 1 del polígono 27 del municipio de Zuera (Zaragoza).


2. Comunicar al Ayuntamiento de Zuera (Zaragoza) que la Autorización Ambiental Integrada de la explotación de referencia queda sin efecto.


3. Comunicar al Ministerio para la Transición Ecológica a los efectos de proceder a dar de baja dicha Autorización Ambiental Integrada en el inventario de instalaciones regulado en el artículo 8.2.a) del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 13 de junio de 2023.


El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL

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