Departamento de ciencia, universidad y sociedad del conocimiento - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-135)

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ORDEN CUS/909/2023, de 5 de julio, por la que se publica el Acuerdo de 28 de junio de 2023, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la implantación del título de Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Granada; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y la Universidad de València (Estudi General) a partir del curso académico 2023-2024.


Con fecha 28 de junio de 2023, el Gobierno de Aragón adoptó el Acuerdo por el que se autoriza a la Universidad de Zaragoza para la implantación del título de Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Granada; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y la Universidad de València (Estudi General), a partir del curso académico 2023-2024.


De conformidad con el apartado tercero del citado Acuerdo, éste debe ser publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".


En su virtud, resuelvo:


Ordenar la publicación del referido Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón" cuyo texto figura como anexo.


Zaragoza, 5 de julio de 2023.


La Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento,


MARÍA EUGENIA DIAZ CALVO


anexo


ACUERDO DE 28 DE JUNIO DE 2023, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE AUTORIZA LA IMPLANTACIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN HISTORIA CONTEMPORÁNEA POR LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA; LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID; LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID; LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA; LA UNIVERSIDAD DE GRANADA; LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA; LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA; LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO/EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA Y LA UNIVERSIDAD DE VALÈNCIA (ESTUDI GENERAL), A PARTIR DEL CURSO ACADÉMICO 2023-2024


La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.


Mediante el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, cuyo artículo 15 atribuye a la Dirección General de Universidades la tramitación para la implantación, modificación, supresión y renovación de la acreditación de enseñanzas universitarias.


La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece, en el artículo 9 la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado. En relación con ello, el artículo 8 dispone que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la autorización de la implantación de éste por la indicada Comunidad Autónoma.


Asimismo, el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece en su artículo 27 que, verificado el plan de estudios por el Consejo de Universidades y después de emitirse la autorización de la Comunidad Autónoma, se establecerá el carácter oficial del título por acuerdo del Consejo de Ministros y será publicado en el "Boletín Oficial del Estado", tras lo cual, se inscribirá en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, que permitirá finalmente el inicio de la impartición de la docencia del título universitario oficial de acuerdo con los plazos y requisitos establecidos en dicha norma.


El marco jurídico expuesto se completa con la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, que atribuye al Gobierno de Aragón la competencia para autorizar la implantación y supresión de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y con el Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto 72/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 100, de 29 de mayo de 2023) que entró en vigor el 30 de mayo de 2023.


El Decreto 72/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, derogó la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, por la que se regula el procedimiento de implantación, seguimiento, modificación, renovación de la acreditación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón. No obstante, conforme a lo dispuesto en su disposición transitoria única, las solicitudes de autorización de implantación, modificación y supresión de títulos oficiales presentadas por las universidades antes de la entrada en vigor de dicho reglamento se regirán por la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, Orden que resulta de aplicación a este procedimiento.


Mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón de 20 de octubre de 2009, se autorizó la implantación y puesta en funcionamiento del Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad de País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea; la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Universitat de València (Estudi General), con inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos con el código 4311727, siendo coordinadora la Universitat de València (Estudi General).


Por otro lado, con fecha 9 de enero de 2023, la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea presentó solicitud para la verificación del plan de estudios por el Consejo de Universidades conducente a la obtención del título universitario oficial de Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Granada; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y la Universitat de València (Estudi General). La autorización de este máster inicia el proceso de extinción del máster con la misma denominación con el código RUCT 4311727.


Por lo que atañe al procedimiento de implantación de enseñanzas universitarias oficiales, el artículo 5 de la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, señalaba que, con carácter previo a la solicitud de verificación del plan de estudios por el Consejo de Universidades, la universidad solicitante debería obtener un informe favorable de la Dirección General competente en materia de Universidades sobre la adecuación de dicha propuesta a la programación universitaria aprobada por el Gobierno de Aragón.


En virtud de lo establecido en el artículo 5 de la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, previa solicitud del Rector de la Universidad de Zaragoza, se emite, con fecha 20 de marzo de 2023, por la Dirección General de Universidades, informe favorable sobre la adecuación a la programación universitaria vigente de la solicitud de implantación del Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Granada; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y la Universitat de València (Estudi General), a partir del curso 2023-2024, con arreglo a la programación universitaria aprobada por el Acuerdo de 24 de marzo de 2021, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los principios y objetivos que guiarán la programación de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo 2021-2024.


Emitida la resolución positiva de verificación de 13 de marzo de 2023 por el Consejo de Universidades, con fecha 4 de mayo de 2023 el Rector de la Universidad de Zaragoza solicita la autorización de la implantación para el curso académico 2023-2024 del Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Granada; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y la Universitat de València (Estudi General).


De conformidad con todo lo anterior, el Rector de la Universidad de Zaragoza solicita, asimismo, la supresión del Máster con la misma denominación con el código RUCT 4311727. Respecto a la solicitud de supresión, de conformidad con el artículo 14.2 de la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, la solicitud debe ser razonada e incluir las medidas adoptadas para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando dichos estudios, así como el curso académico a partir del cual se iniciará el proceso de supresión.


En cuanto a la motivación de la propuesta, la supresión del máster antes citado obedece a la implantación del nuevo título y tiene en cuenta lo previsto en su memoria de verificación.


En relación a las medidas adoptadas para garantizar los derechos académicos de los estudiantes, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, en la sesión de 3 de mayo de 2023, acuerda que "los estudiantes matriculados en el curso 2022-2023 en el título que se extingue y que no hayan superado todas las asignaturas, con objeto de que puedan finalizar sus estudios, dispondrán de la posibilidad de matrícula sin docencia en los dos cursos siguientes, es decir 2023-2024 y 2024-2025, en las asignaturas no superadas".


Por su parte, la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón, con fecha 19 de junio de 2023, emite informe favorable a la solicitud de extinción del Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad de País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea; la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Universitat de València (Estudi General), con inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos con el código 4311727, al amparo del artículo 14.4 de la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, por la que se regula el procedimiento de implantación, seguimiento, modificación, renovación de la acreditación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón.


Tras examinar la solicitud recibida y la documentación presentada, y de acuerdo con los criterios establecidos en la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, con fecha 19 de junio de 2023 la Dirección General de Universidades constata en su informe propuesta que la solicitud continúa adecuándose a la vigente programación universitaria, aprobada por el Acuerdo de 24 de marzo de 2021, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los principios y objetivos que guiarán la programación de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo 2021-2024, y que no se estima necesario solicitar informe adicional a la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón.


A la vista de lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, la Dirección General de Universidades solicita al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento que se eleve al Gobierno de Aragón la propuesta para que se dicte el correspondiente Acuerdo de autorización, por un lado, para la supresión del Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad de País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea; la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Universitat de València (Estudi General), con inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos con el código 4311727 y, por otro lado, para la implantación del Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Granada; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y la Universitat de València (Estudi General), a partir del curso académico 2023-2024.


En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 28 de junio de 2023, se adopta el siguiente:


ACUERDO


Primero.- Autorizar la implantación del Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Granada; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y la Universitat de València (Estudi General), a partir del curso académico 2023-2024.


Segundo.- Autorizar la supresión del Máster Universitario en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona; la Universidad Autónoma de Madrid; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad de Cantabria; la Universidad de Santiago de Compostela; la Universidad de Zaragoza; la Universidad de País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea; la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Universitat de València (Estudi General), inscrito con el código RUCT 4311727.


Tercero.- Este Acuerdo producirá sus efectos desde la fecha de su adopción y será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" y trasladado al Registro de Universidades, Centros y Títulos.

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