Departamento de hacienda y administración pública - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-134)
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ORDEN HAP/900/2023, de 4 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo de 28 de junio de 2023, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 19 de junio de 2023, de la Mesa Sectorial de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, sobre simplificación de procesos selectivos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Aprobado por el Gobierno de Aragón, el 28 de junio de 2023, Acuerdo por el que se otorga la aprobación expresa y formal, y se ratifica, al Acuerdo de 19 de junio de 2023, de la Mesa Sectorial de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, sobre simplificación de procesos selectivos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, se procede a su publicación en los términos que se consignan a continuación.
Zaragoza, 4 de julio de 2023.
El Consejero de Hacienda y Administración Pública,
P.S. El Vicepresidente y Consejero de Industria,
Competitividad y Desarrollo Empresarial,
(Decreto del Presidente de 23 de junio de 2023)
ARTURO ALIAGA LÓPEZ
ACUERDO DE 28 DE JUNIO DE 2023, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE OTORGA LA APROBACIÓN EXPRESA Y FORMAL, RATIFICÁNDOLO, AL ACUERDO DE 19 DE JUNIO DE 2023, DE LA MESA SECTORIAL DE ADMINISTRACIÓN GENERAL SOBRE SIMPLIFICACIÓN DE PROCESOS SELECTIVOS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
En reunión de la Mesa Sectorial de Administración General, celebrada el 19 de junio de 2023, con el voto favorable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIF, se ha alcanzado un acuerdo simplificación de procesos selectivos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El artículo 38 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en su apartado 3, señala que los Acuerdos versarán sobre materias competencia de los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas y que, para su validez y eficacia, será necesaria su aprobación expresa y formal por estos órganos. El apartado 6 de este mismo artículo determina que los Acuerdos, una vez ratificados, deberán ser publicados en el Boletín Oficial que corresponda en función de su ámbito territorial.
El artículo 2.2.f) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece que corresponde al Gobierno de Aragón otorgar la aprobación expresa o formal para la validez y eficacia de los acuerdos alcanzados.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 28 de junio de 2023, acuerda:
Primero.- Otorgar la aprobación expresa y formal, ratificándolo, Acuerdo de 19 de junio de 2023, de la Mesa Sectorial de Administración General, sobre simplificación de procesos selectivos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se adjunta como anexo al presente Acuerdo.
Segundo.- Ordenar su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
ANEXO
ACUERDO DE 19 DE JUNIO DE 2023, DE LA MESA SECTORIAL DE ADMINISTRACIÓN GENERAL SOBRE SIMPLIFICACIÓN DE PROCESOS SELECTIVOS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.
El 19 de octubre de 2022, el Gobierno de España y las organizaciones sindicales CCOO y UGT, suscribieron el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, que se presentó en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, que se celebró el 7 de noviembre de 2022.
Uno de los ejes esenciales del precitado Acuerdo es la apertura de la administración a la ciudadanía y la atracción de nuevas incorporaciones al servicio público, en especial de la juventud, para garantizar en el presente y en el futuro una prestación de los servicios públicos de la más alta calidad.
Partiendo del reconocimiento y la profesionalidad de las y los empleados públicos, las Administraciones Públicas deben continuar disponiendo de personas cualificadas, motivadas y comprometidas con la vocación de servicio público. Un conjunto de empleadas y empleados públicos profesionalizados, que contribuyan a prestar el servicio público orientado a la ciudadanía y de acuerdo con los actuales estándares de rendición de cuentas y con capacidad para dar soluciones rápidas y respuestas a los nuevos desafíos. Y todo ello en el marco de una adecuada planificación de recursos humanos que asegure un dimensionamiento suficiente de efectivos.
Con el propósito de materializar estos objetivos se establece en el apartado séptimo del Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, la necesidad de analizar los nuevos perfiles profesionales, actualizando y modernizando los procedimientos de selección y de captación de talento para reforzar y diversificar nuevas incorporaciones al servicio público con un modelo de selección garantista, flexible, mixto y social.
A tal efecto, la Mesa Sectorial de Administración General acordó la constitución de una Mesa Técnica con el objetivo de analizar la situación actual de los procedimientos de selección para el personal funcionario y proponer medidas para su modernización, promoviendo unos procedimientos más ágiles y atractivos para la sociedad, acordes con las nuevas titulaciones y perfiles profesionales, al tiempo que permitan garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de acceso al empleo públicos.
Una vez concluidos los trabajos por la Mesa Técnica se eleva a la Mesa Sectorial de Administración para su Acuerdo y aplicación en los procedimientos de selección.
En consecuencia, en el seno de la Mesa Sectorial de Administración General, en su reunión de 19 de junio de 2023, la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIF, han alcanzado el siguiente Acuerdo:
Primero.- Ámbito de aplicación.
Este Acuerdo será de aplicación a los procesos selectivos de todas las escalas y clases de especialidad, para la selección del personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, a partir de los procesos selectivos que se convoquen a partir de 2025.
Segundo.- Periodo de realización de los ejercicios.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán lugar entre los tres y nueve meses siguientes a la publicación de la convocatoria.
Tercero.- Simplificación de los procesos selectivos para los subgrupos A1 y A2.
En el caso de los procesos selectivos para la selección del personal funcionario de los subgrupos A1 y A2, las bases de las convocatorias de los citados procesos selectivos se regirán por las siguientes reglas:
a) Subgrupo A1: Las pruebas constarán de dos ejercicios, en primer lugar, un ejercicio tipo test y, en segundo lugar, un ejercicio práctico, sobre las materias del temario. Ambas partes se puntuarán por separado, si bien tendrán el mismo valor sobre el total de la nota final.
El ejercicio tipo test constará de 120 preguntas más 15 de reserva con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida. Las respuestas correctas puntúan positivamente, las no contestadas no tienen valoración y las erróneas restan un tercio del valor de la respuesta correcta.
El ejercicio práctico constará de dos partes: una parte de preguntas cortas sobre uno o varios supuestos prácticos, y una segunda parte de desarrollo (redacción de un informe o dictamen). Antes de leer los ejercicios por las personas aspirantes y de publicar las notas obtenidas por cada uno de ellos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.
Para la corrección del ejercicio tipo test se eliminará el sistema de plicas y se sustituirá por otro sistema más ágil que garantice la objetividad e imparcialidad, previa negociación colectiva.
En la Escala Facultativa Superior, en la Escala Sanitaria Superior, en la Escala Superior de Investigación y en la Escala de Economistas, los temarios constarán, además del temario específico de su escala o clase de especialidad, únicamente de los siguientes temas generales: prevención de riesgos laborales, igualdad, procedimiento administrativo común, estructura básica de la administración de la comunidad autónoma, régimen de personal de la administración de la comunidad autónoma y negociación colectiva.
En la Escala Superior de Administración los temas generales se integrarán en el resto de temas junto con el temario de materias específicas. En la confección de los temarios deberá tenderse al equilibrio de número de temas entre las diferentes clases de especialidad.
El número de temas en este Subgrupo será de 75 temas.
La nota mínima para superar cada uno de los ejercicios será de un tercio de la nota máxima alcanzable. La nota final de la fase de oposición será la suma de ambas notas y, para aprobar esta fase, será necesario que dicha nota final no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.
a.1) Escalas y clases de especialidad que utilizarán este método selectivo:
a.2) Supuestos específicos: En la clase de especialidad de Administradores Superiores se realizarán tres ejercicios sobre las materias del temario, el primer ejercicio será de tipo test, el segundo será de carácter práctico y el tercero consistirá en un ejercicio oral. Los ejercicios serán eliminatorios y tendrán, todos ellos, el mismo valor sobre el total de la nota final.
El ejercicio tipo test constará de 120 preguntas más 15 de reserva con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre las materias del temario. Las respuestas correctas puntúan positivamente, las no contestadas no tienen valoración y las erróneas restan un tercio del valor de la respuesta correcta.
El ejercicio práctico constará de dos partes: una parte de preguntas cortas sobre uno o varios supuestos prácticos, y una segunda parte de desarrollo (redacción de un informe o dictamen). Antes de leer los ejercicios por las personas aspirantes y de publicar las notas obtenidas por cada uno de ellos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.
El ejercicio oral quedará sujeto a la base 1.1.2.1.2. de la Resolución de 30 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario. El ejercicio oral será objeto de grabación.
En esta clase de especialidad el número de temas será el que se determine en la convocatoria.
a.3) La clase de especialidad de Interventores e Inspectores Financieros y la Escala de los Letrados de los Servicios Jurídicos permanecerán con los procedimientos vigentes de selección previstos en la Resolución de 30 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario.
a.4) Transcurrida la fase de oposición, durante la realización del periodo de prácticas, se realizará un curso formativo cuyo contenido se acordará mediante negociación colectiva y que versará, entre otras, sobre derecho constitucional, estatuto de autonomía, organización territorial del Estado, el Presidente y el Gobierno de Aragón, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, los órganos administrativos, las Cortes y el Justicia de Aragón, derecho administrativo, protección de datos, administración electrónica, transparencia, ética e integridad pública. El curso no será eliminatorio, si bien será evaluable, de forma que la nota obtenida en el curso se sumará a la obtenida en el proceso selectivo.
b) Subgrupo A2. Las pruebas constarán de dos ejercicios sobre las materias del temario, en primer lugar, un ejercicio tipo test y, en segundo lugar, un ejercicio práctico. Ambas partes se puntuarán por separado, si bien tendrán el mismo valor sobre el total de la nota final.
El ejercicio tipo test constará de 90 preguntas más 10 de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida. Las respuestas correctas puntúan positivamente, las no contestadas no tienen valoración y las erróneas restan un tercio del valor de la respuesta correcta.
El ejercicio práctico constará de preguntas cortas, un mínimo de 15 y un máximo de 20 preguntas, sobre uno o varios supuestos prácticos. Antes de leer los ejercicios por las personas aspirantes y de publicar las notas obtenidas por cada uno de ellos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.
Para la corrección del ejercicio tipo test se eliminará el sistema de plicas y se sustituirá por otro sistema más ágil que garantice la objetividad e imparcialidad, previa negociación colectiva.
En la Clase de Especialidad Técnicos de Informática, en la Escala Técnica Facultativa, en la Escala Técnica Sanitaria y en la Escala Técnica de Investigación los temarios constarán, además del temario específico de su escala o clase de especialidad, únicamente de los siguientes temas generales: Prevención de riesgos laborales, igualdad, procedimiento administrativo común, estructura básica de la administración de la comunidad autónoma, régimen de personal de la administración de la comunidad autónoma y negociación colectiva.
En la Escala Técnica de Gestión, los temas generales se integrarán en el resto de temas junto con el temario de materias específicas. En la confección de los temarios deberá tenderse al equilibrio de número de temas entre las diferentes clases de especialidad.
El número de temas en este Subgrupo será de 50 temas.
La nota mínima para superar cada uno de los ejercicios será de un tercio de la nota máxima alcanzable. La nota final de la fase de oposición será la suma de ambas notas y, para aprobar esta fase, será necesario que dicha nota final no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.
b.1) Escalas y clases de especialidad que utilizarán este método selectivo:
b.2) La clase de especialidad de Técnicos de Gestión e Inspección Financiera se regirá por lo previsto en la Resolución de 30 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario.
b.3) Transcurrida la fase de oposición, durante la realización del periodo de prácticas, se realizará un curso formativo cuyo contenido se acordará mediante negociación colectiva y que versará, entre otras, sobre derecho constitucional, estatuto de autonomía, organización territorial del Estado, el Presidente y el Gobierno de Aragón, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, los órganos administrativos, las Cortes y el Justicia de Aragón, derecho administrativo, protección de datos, administración electrónica, transparencia, ética e integridad pública. El curso no será eliminatorio, si bien será evaluable, de forma que la nota obtenida en el curso se sumará a la obtenida en el proceso selectivo.
Cuarto.- Simplificación de los procesos selectivos para los subgrupos C1 y C2.
c.1) Subgrupo C1. Se realizarán dos ejercicios sobre las materias del temario, realizados de forma conjunta, uno de carácter teórico y otro teórico-práctico. Ambos ejercicios se puntuarán por separado, cada una de ellos con un 50% sobre el total de la nota máxima, si bien se realizarán en un mismo acto.
El primer ejercicio, de carácter teórico, consistirá en la contestación de un cuestionario tipo test de 80 preguntas y 10 de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre las materias del temario.
Las respuestas correctas puntúan positivamente, las no contestadas no tienen valoración y las erróneas restan un tercio del valor de la respuesta correcta.
El segundo ejercicio, de carácter práctico, consiste en la contestación de un cuestionario tipo test de 40 preguntas, más 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo válida una de ellas, sobre uno o varios supuestos prácticos formulados por el órgano de selección.
Las respuestas correctas puntúan positivamente, las no contestadas no tienen valoración y las erróneas restan un tercio del valor de la respuesta correcta.
La nota mínima para superar cada uno de los ejercicios será de un tercio de la nota máxima alcanzable. La nota final de la fase de oposición será la suma de ambas notas y, para aprobar esta fase, será necesario que dicha nota final no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.
Los temarios constarán, además del temario específico de su escala o clase de especialidad, únicamente de los siguientes temas generales: prevención de riesgos laborales, igualdad, estructura básica de la Comunidad Autónoma y régimen de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma.
El número de temas específicos en este Subgrupo será de 25 temas.
Transcurrida la fase de oposición, durante la realización del periodo de prácticas, se realizará un curso formativo cuyo contenido se acordará mediante negociación colectiva y que versará, entre otras, sobre aspectos básicos de la Constitución Española, Estatuto de Autonomía, organización territorial del Estado, el Presidente y el Gobierno de Aragón, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, los órganos administrativos, las Cortes y el Justicia de Aragón, derecho administrativo, protección de datos, administración electrónica, transparencia, ética e integridad pública. El curso no será eliminatorio, si bien será evaluable, de forma que la nota obtenida en el curso se sumará a la obtenida en el proceso selectivo.
c.2) Escalas y clases de especialidad que utilizarán este método selectivo:
c.3) Supuestos específicos. La Escala Ejecutiva de Agentes de protección de la naturaleza, se regirá además por lo previsto en el apartado 1.3.2.1. de la Resolución de 30 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario.
c.4) Subgrupo C2. Se realizarán dos ejercicios, realizados de forma conjunta, uno de carácter teórico y otro teórico-práctico. Ambos ejercicios se puntuarán por separado, cada una de ellos con un 50% sobre el total de la nota máxima, si bien se realizarán en un mismo acto.
El primer ejercicio, de carácter teórico, consistirá en la contestación de un cuestionario tipo test de 70 preguntas y 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre las materias del temario.
Las respuestas correctas puntúan positivamente, las no contestadas no tienen valoración y las erróneas restan un tercio del valor de la respuesta correcta.
El segundo ejercicio, de carácter práctico, consiste en la contestación de un cuestionario tipo test de 35 preguntas, más 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo válida una de ellas, sobre uno o varios supuestos prácticos formulados por el órgano de selección.
Las respuestas correctas puntúan positivamente, las no contestadas no tienen valoración y las erróneas restan un tercio del valor de la respuesta correcta.
La nota mínima para superar cada uno de los ejercicios será de un tercio de la nota máxima alcanzable. La nota final de la fase de oposición será la suma de ambas notas y, para aprobar esta fase, será necesario que dicha nota final no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.
Los temarios constarán, además del temario específico de su escala o clase de especialidad, únicamente de los siguientes temas generales: prevención de riesgos laborales, igualdad, y régimen de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma.
El número de temas específicos en este Subgrupo será de 17 temas.
c.5) Escalas y clases de especialidad que utilizarán este método selectivo:
c.6) Transcurrida la fase de oposición, durante la fase de prácticas, se realizará un curso formativo cuyo contenido se acordará mediante negociación colectiva El curso no será eliminatorio, si bien será evaluable, de forma que la nota obtenida en el curso se sumará a la obtenida en el proceso selectivo.
El curso se versará sobre nociones básicas de la constitución española, estatuto de autonomía, organización territorial del Estado, el Presidente y el Gobierno de Aragón, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, los órganos administrativos, las Cortes y el Justicia de Aragón, derecho administrativo, protección de datos, administración electrónica, transparencia, ética e integridad pública.
Quinto.- Bases de los procesos selectivos.
Lo dispuesto en el presente Acuerdo se trasladará a las correspondientes bases de los procesos selectivos que se convoquen a partir del ejercicio 2025.