Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-131)
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RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 18 de noviembre de 2009, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada de una explotación porcina de cebo con capacidad para 6.000 plazas (720 UGM), a ubicar en el polígono 8, parcela 3, del término municipal de Sariñena (Huesca), y promovida por Esteve i Rius, SL. (Número de Expediente: INAGA 500202/02/2023/04483).
Con fecha 2 de mayo de 2023, se presenta en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, la solicitud para modificar la Autorización Ambiental Integrada de la explotación con REGA ES222130000195 para incorporar una balsa de agua a sus instalaciones.
Antecedentes de hecho
Primero.- La explotación, con REGA ES222130000195, dispone de Autorización Ambiental Integrada otorgada mediante Resolución de 18 de noviembre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 242, de 15 de diciembre del citado año (Expediente. INAGA 500301/02/2008/11716).
Mediante Resolución de 28 de diciembre de 2012, del INAGA, se modifica puntualmente dicha Autorización Ambiental Integrada por ampliación del plazo establecido para el inicio de actividad hasta el 15 de diciembre de 2015. (Expediente. INAGA 500601/02/2012/09573).
Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha Autorización Ambiental Integrada (Expediente. INAGA 500601/02/2013/11277).
Mediante Resolución de 11 de enero de 2017, del lNAGA, se deniega la modificación puntual solicitada por incumplimiento de distancias respecto a otra instalación ganadera, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 57, de 23 de marzo de 2017. (Expediente. INAGA 500601/02/2016/08469).
Mediante Resolución de 18 de diciembre de 2017, del INAGA, se estima como modificación no sustancial el cambio de ubicación de las instalaciones dentro de la misma parcela. (Expediente INAGA 500601/02/2017/06417).
Segundo.- La modificación puntual solicitada consiste en incorporar una balsa de agua de 2.100 m³ impermeabilizada mediante PEAD 1,5 mm + Geotextil 300 g. a sus instalaciones.
Tercero.- Considerando los criterios del artículo 14.1 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la modificación propuesta se considera no sustancial. Sin embargo, procede recoger estos cambios en la Autorización Ambiental Integrada, modificando puntualmente la Resolución, todo ello de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
Fundamentos jurídicos
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Decreto 53/2019, de 28 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control; el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:
Modificar la Resolución de 18 de noviembre de 2009, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada de una explotación porcina de cebo con capacidad para 6.000 plazas (720 UGM), a ubicar en el polígono 8, parcela 3, del término municipal de Sariñena (Huesca), en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:
Al punto 2.1. de la Resolución se le añadirá el siguiente párrafo:
2.1. Las instalaciones para el desarrollo de la actividad se corresponden con seis naves iguales para cebo de dimensiones 66x13,50 m, una caseta para oficina y vestuarios de dimensiones 6x5 m, una balsa de purines con una capacidad de 3.444 m³, una fosa de cadáveres de dimensiones interiores 7x5x2 m, vallado perimetral de la explotación y vado de desinfección.
La instalación proyectada es una balsa de agua de 2.100 m³ impermeabilizada mediante PEAD 1,5 mm + Geotextil 300 g.
Sin perjuicio de los criterios establecidos en esta Resolución, la modificación propuesta estará supeditada a cualquier otra intervención administrativa necesaria previa al inicio de la actividad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que, en su caso, pudiera interponerse.
Zaragoza, 19 de mayo de 2023.
El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL