Departamento de economía, planificación y empleo - Anuncios (BOA nº 2023-119)
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EXTRACTO de la Orden EPE/795/2023, de 15 de junio, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones previstas en la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
BDNS (Identif.): 703459
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/703459).
Primero.- Entidades beneficiarias.
De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras aprobadas por Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden, las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5 de dicha Orden y que, como entidades promotoras, suscriban un convenio de colaboración con una empresa colaboradora en los términos establecidos en los artículos 8 y 9 de la misma Orden.
Segundo.- Objeto de la convocatoria.
La finalidad de estas subvenciones es favorecer la integración laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción. Para alcanzar dicha finalidad, las subvenciones sufragarán los gastos de contratación de preparadores laborales, los costes indirectos y las acciones de prospección llevadas a cabo por las entidades beneficiarias.
Tercero.- Bases reguladoras de las subvenciones.
Las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones se establecen en la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, por la que se por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo ("Boletín Oficial de Aragón", número 98, de 23 de mayo de 2018).
https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1021000444141
Cuarto.- Cuantía.
1. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
2. Las subvenciones convocadas se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 51016/G/3221/480540/33005 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo y denominada "Empleo con apoyo", asignando a este fin un importe total de cien mil euros (100.000 ).
Quinto.- Plazos de solicitud.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, el plazo de solicitud es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la firma del convenio o acuerdo de prórrogas del mismo, regulados ambos en el artículo 8 y 9.1 respectivamente de la misma norma.
2. Para aquellos supuestos de empleo con apoyo que se hubiesen acordado, en los términos establecidos en el artículo 8 de la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, en el período de tiempo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, el plazo de quince días hábiles para la presentación de solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Sexto.- Otros datos.
1. Las solicitudes dirigidas al Instituto Aragonés de Empleo se presentarán electrónicamente a través de la sede electrónica en la dirección https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/programa-empleo-apoyo-medida-fomento-empleo-personas-discapacidad-mercado-ordinario o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 4436 denominado "Subvenciones para el programa de empleo con apoyo".
2. El uso de dicho modelo de solicitud será obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 15 de junio de 2023.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.