Departamento de ciudadanía y derechos sociales - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-115)
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ORDEN CDS/770/2023, de 13 de junio, por la que se publica el levantamiento de suspensión de medida cautelar relativa a la ejecución de cierre de la residencia "Centro Social El Edén", sita en Camino Bárboles, 169, de Zaragoza, al amparo de autos dictados por la Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, pieza separada medidas cautelares, procedimiento ordinario número 131/2023.
Vistos los Autos, de fechas 20 de abril y 31 de mayo de 2023, pieza separada medidas cautelares procedimiento ordinario 131/2023, emitido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en virtud de los cuales, se acordó desestimar la medida cautelar solicitada por la entidad "Fundación Centro Social el Edén" consistente en la continuación de la suspensión de la ejecución de cierre de la residencia "Centro Social el Edén", sita en Camino Bárboles, 169, de Zaragoza, la Consejera del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, en cumplimiento del pronunciamiento judicial y, al amparo de lo dispuesto en el artículo 117 de la Constitución Española, capítulo II del título VI y capítulo IV del título IV de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, mediante Orden de 9 de junio de 2023, y notificada, con esa misma fecha, ha acordado requerir a la entidad "Fundación Centro Social el Edén", a través de la persona que ejerce la representación, para que informe a las personas usuarias, familiares u otras personas de referencia sobre la obligación de traslado y reubicación de personas residentes y proceda al cierre efectivo de la residencia, en el plazo máximo de dos meses, contados a partir de la notificación de la citada Orden. Al efecto, se ha requerido a la entidad para que aporte, a la unidad administrativa competente en ordenación de servicios sociales, la siguiente documentación en los plazos señalados:
1. En el plazo de 10 días hábiles, a computar a partir del día siguiente a la notificación de la Orden: relación de personas residentes, datos de identificación y localización de familiares o personas de contacto, así como las comunicaciones efectuadas a las personas usuarias y a sus familiares o personas de referencia sobre la obligación de reubicación en otros centros autorizados por cierre de la residencia.
En el siguiente enlace puede consultarse la relación de centros autorizados: https://www.aragon.es/documents/20127/2523242/WEB+RESIDENCIAS+INSCRITOS+PROVINCIAS+PARA+ENTREGAR+MAYORES+%284%29.pdf/195a70aa-f2dc-f068-3e4b-944cb1fbd030?t=1674656873683
2. En el plazo de 15 días hábiles, a computar a partir del día siguiente a la notificación de la Orden: plan de reubicación de las personas usuarias en alojamiento alternativo, sustentado por los documentos que avalen las gestiones realizadas con los centros de destino, indicando la fecha de ingreso en los otros centros.
3. En el plazo máximo de dos meses, a computar a partir de la notificación de la Orden: comunicación de la reubicación que deberá efectuarse con anterioridad al transcurso del plazo dispuesto y cierre efectivo del centro.
La presente publicación se efectúa por razones de interés público y para el debido conocimiento de las personas usuarias, familiares u otras personas de referencia, al amparo de lo dispuesto en el Auto emitido por la Sección Primera, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 9 del Decreto 138/1990, de 9 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de acción social.
En consecuencia, se solicita, a los familiares o personas de contacto de las personas residentes que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, colaboren en la reubicación de las personas residentes, a la mayor brevedad, e informen a la unidad administrativa competente en ordenación de servicios sociales de las gestiones realizadas, mediante la presentación y cumplimentación del anexo adjunto, ya sea a través del correo corporativo: inspeccioncsociales@aragon.es o en cualquiera de las oficinas de registro indicadas en el artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 13 de junio de 2023.
La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA