Departamento de economía, planificación y empleo - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-109)
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CORRECCIÓN de errores de la Orden EPE/594/2023, de 28 de abril, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones reguladas en la Orden EPE/268/2023, de 14 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad.
Advertido error en la Orden arriba indicada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 88, de 11 de mayo de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su subsanación en los siguientes términos:
En la página 18866, en el último guión del número 5 del apartado noveno, donde dice:
"- Que la persona contratada no ha finalizado su relación laboral de carácter indefinido para otro empleador por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo, en un plazo de 3 meses previos a la fecha del alta en la Seguridad Social con el contrato incentivado."
Debe decir:
"- Que la persona contratada no ha finalizado una relación laboral de carácter indefinido para otro empleador, dentro de los tres meses previos a la fecha de su alta en la Seguridad Social con el contrato incentivado, salvo que, en su caso, aquel contrato hubiese finalizado por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo."