Departamento de hacienda y administración pública - Autoridades y personal (BOA nº 2023-109)
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RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2023, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se hace público el nombre de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal, para ingreso en el Cuerpo Ejecutivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de Ayudantes Facultativos, Técnicos en Educación Infantil.
Concluidas las pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal, para ingreso en el Cuerpo Ejecutivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de Ayudantes Facultativos, Técnicos en Jardín de Infancia (ahora Técnicos en Educación Infantil), convocadas por Resolución de 15 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios ("Boletín Oficial de Aragón", número 130, de 2 de julio de 2020), según el Decreto 2/2022, de 12 de enero, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 13, de 20 de enero de 2022), que modifica la denominación atribuida a la Clase de Especialidad "Técnicos en Jardín de infancia" contenida en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crean determinadas clases de especialidad den los Cuerpos y Escalas de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por la de "Técnicos en Educación Infantil"; y vista la propuesta del Tribunal, por la presente Resolución se hace público el nombre de las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con la puntuación acumulada:
Escala de Ayudantes Facultativos, Técnicos en Educación Infantil.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 10.1 de la convocatoria, se declara la apertura de un plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo aporten ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que alguna de las personas aspirantes carece de uno o varios de los requisitos señalados en la convocatoria, no podrán ser nombradas funcionarias o funcionarios en prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refieren, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
Zaragoza, 30 de mayo de 2023.
El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR