Departamento de ciudadanía y derechos sociales - Anuncios (BOA nº 2023-102)

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EXTRACTO de la Orden CDS/694/2023, de 17 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.


BDNS (Identif.): 697306


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/697306).


Primero.- Beneficiarios.


Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades que tengan la consideración de entidades del tercer sector de acción social, definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del tercer sector de acción social, así como Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales.


Segundo.- Objeto.


Convocatoria correspondiente al año 2023 para la financiación de programas de interés social con cargo a la asignación del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, que se desarrollen en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Los programas subvencionables podrán presentarse bajo tres modalidades cuya definición, prioridades y requisitos específicos para su cumplimiento se detallan en el anexo I de la Orden de convocatoria:


a) Programas de atención a las personas con necesidades de atención integral sociosanitaria.


b) Programas de atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral.


c) Proyectos de inversión destinadas a financiar equipamientos y obras de adaptación y rehabilitación de centros y unidades de atención social y sociosanitaria


Tercero.- Bases reguladoras.


Orden CDS/303/2020, de 3 de abril, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas.


Cuarto.- Cuantía.


Las subvenciones se concederán, por una cuantía máxima de 8.975.000 euros, con la siguiente distribución:


11010 G/3111/480509/37001 por un importe de 8.475.000 euros.


11010 G/3111/780197/37001 por un importe de 500.000 euros.


Quinto.- Presentación de las solicitudes.


1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles computados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".


2. Las solicitudes, dirigidas a la Secretaría General Técnica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, se presentarán por medios telemáticos, en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón disponible en la dirección electrónica https://www.aragon.es/tramites, incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento 9691 Subvenciones para la financiación de programas de interés social con cargo a la asignación tributaria del IRPF-Convocatoria 2023. En la página de dicho procedimiento, el botón "Iniciar trámite" dirige a la "Plataforma de tramitación de las subvenciones para programas de interés social financiados con cargo a la asignación tributaria del IRPF", disponible en la dirección electrónica https://ptsis.aragon.es/logon, medio obligatorio para la presentación de las solicitudes. Solo en el supuesto de que el último día hábil de presentación del plazo hubiera problemas técnicos en la herramienta informática mencionada que impidieran su presentación por esta vía y la obtención del justificante del registro, se admitirá a trámite la solicitud presentada telemáticamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través del Registro Telemático del Gobierno de Aragón o de los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades que integran la Administración Local o del sector institucional.


3. Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada la documentación correspondiente a través de la plataforma indicada, se procederá a su firma electrónica, y presentación en el registro electrónico.


Sexto.- Otros datos.


La documentación justificativa de la subvención deberá presentarse con la fecha límite del día 28 de febrero de 2025.


Zaragoza, 17 de mayo de 2023.- La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, M.ª Victoria Broto Cosculluela.

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