Departamento de vertebración del territorio, movilidad y vivienda - Anuncios (BOA nº 2023-102)

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EXTRACTO de la Orden VMV/690/2023, de 25 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.


BDNS (Identif.): 698287


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/698287).


Primero.- Beneficiarios.


Podrán acceder a las ayudas, siempre que tengan su residencia fiscal en Aragón, las personas físicas o jurídicas que sean titulares de alguna de las autorizaciones vigentes de transporte a la fecha de la solicitud enumeradas en el artículo 14.1.a) de las bases reguladoras recogidas en el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre.


Serán también destinatarios finales, según el artículo 14.1.b) y c) de las bases reguladoras, las personas físicas o jurídicas que tengan su residencia fiscal en Aragón y que a fecha de la solicitud de la ayuda presten el servicio público de transporte urbano en autobús, y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en el párrafo anterior y las que intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR.


Segundo.- Objeto.


Esta Orden tiene por objeto convocar ayudas para la digitalización de empresas privadas de transporte de viajeros y mercancías, de los operadores de transporte y de las empresas cargadoras, como empresas que intervienen en el transporte de mercancías, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, de conformidad con el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre.


Serán actuaciones subvencionables las recogidas en el artículo 19 de las bases reguladoras que deberán cumplir los requisitos que se establezcan en la Orden de la Convocatoria y en el anexo I de las bases reguladoras:


a) Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.


b) Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.


c) Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de Gestión.


d) Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP.


e) Categoría 5: Implantación de sistemas SAE.


f) Categoría 6: Actualización de sistemas SAE.


g) Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.


h) Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.


i) Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.


Tercero.- Bases reguladoras.


Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, publicado en el "Boletín Oficial del Estado", número 257, de 26 de octubre de 2022.


Cuarto.- Cuantía y financiación.


Estas ayudas se otorgan al amparo de la subvención concedida por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana, en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar este programa incluido en el Componente 6 del PRTR y se financian con cargo a los créditos comtemplados en la aplicación presupuestaria G/13060/5132/770199/32428 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.


La cuantía global máxima para la concesión de las ayudas es de 2.986.425 €.


Quinto.- Plazo de presentación.


El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará al día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y durará hasta el 30 de junio de 2024, de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre.


Zaragoza, 25 de mayo de 2023.- El Consejero de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro Domingo.

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