Departamento de economía, planificación y empleo - Otras disposiciones y acuerdos (BOA nº 2023-94)

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ORDEN EPE/632/2023, de 9 de mayo, por la que se da publicidad al Acuerdo de 3 de mayo de 2023, del Gobierno de Aragón, por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto empresarial promovido por Ataraxial SLU para desarrollar cultivos hidropónicos de flores comestibles y germinados en los polvorines de Campiel (Calatayud).


Adoptado por el Gobierno de Aragón, el día 3 de mayo de 2023, el Acuerdo por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto empresarial promovido por Ataraxial SLU para desarrollar cultivos hidropónicos de flores comestibles y germinados en los polvorines de Campiel (Calatayud), se procede a su publicación en anexo a la presente Orden.


Zaragoza, 9 de mayo de 2023.


La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL


ANEXO


ACUERDO DE 3 DE MAYO DE 2023, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE DECLARA COMO INVERSIÓN DE INTERÉS AUTONÓMICO EL PROYECTO EMPRESARIAL PROMOVIDO POR ATARAXIAL SLU PARA DESARROLLAR CULTIVOS HIDROPÓNICOS DE FLORES COMESTIBLES Y GERMINADOS EN LOS POLVORINES DE CAMPIEL (CALATAYUD)


Las inversiones de interés autonómico se definen en el artículo 6 del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón.


Dicha norma legal fue modificada por el Decreto-ley 4/2019, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para la agilización de la declaración de interés general de planes y proyectos ("Boletín Oficial de Aragón", número 22, de 1 de febrero de 2019), cuyo artículo primero introduce dos nuevos preceptos (7 bis y 7 ter) para regular la declaración de interés autonómico con interés general de Aragón e incorporar los efectos del silencio administrativo y caducidad en todos los procedimientos de declaración de interés autonómico a efectos de suplir una laguna establecida en dicha normativa y garantizar el rigor en su aplicación.


Asimismo, la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, modificó el artículo 11 regulador de las especialidades aplicables en materia de medio ambiente, para determinar que la declaración interés autonómico conllevará la aplicación de la tramitación de urgencia y el despacho prioritario de los procedimientos administrativos ambientales previstos en la normativa autonómica, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios establecidos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.


Finalmente, por la disposición final primera del Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 55, de 21 de marzo de 2023), se han modificado los artículos 6 y 7 bis) del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, con la finalidad de fijar los criterios a tomar en consideración para obtener la declaración de inversión de interés autonómico prevista en el artículo 6 y la declaración de interés autonómico con interés general regulada en el artículo 7 bis), como son su impacto en términos de creación de puestos de trabajo, así como la inversión, siguiendo para ello el criterio establecido en el Decreto-ley.


Desde su implantación, este instrumento ha permitido que importantes proyectos de inversión en Aragón puedan acelerarse y de este modo, potenciar la creación de nuevo empleo e incentivar la actividad económica aragonesa. Los efectos de que una inversión sea declarada de interés autonómico, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, son que dichos proyectos tendrán una tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de los trámites establecidos en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa que deban seguirse para la efectiva ejecución de los proyectos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, además de otros efectos de fomento de la inversión.


De conformidad con lo expresado, con fecha 17 de marzo de 2023 tuvo entrada en el Registro General del Gobierno de Aragón una solicitud de declaración de inversión de interés autonómico del proyecto promovido por Ataraxial, SLU, para desarrollar cultivos hidropónicos de flores comestibles y germinados en los polvorines de Campiel (Calatayud).


El proyecto presentado es único en la Comunidad Autónoma de Aragón, y dará lugar a la mayor superficie dedicada a cultivo hidropónico. En particular, el cultivo hidropónico se plantea como una de las alternativas para luchar contra la pobreza y el hambre dado que permite obtener alimentos de alta calidad nutritiva ocupando un espacio limitado y sin ser vulnerable a las condiciones meteorológicas. En este sentido, el proyecto pretende sentar las bases para la modernización del sector agroalimentario en Aragón aumentando su eficiencia y rentabilidad.


El proyecto será desarrollado por la empresa Ataraxial, SLU, que es la cabecera de un grupo de empresas aragonesas creada en 2008, que trabaja en diferentes sectores, que van desde la biotecnología hasta la agroindustria. Ofrece servicio de consultoría especializada en asesoría a emprendedores y empresas de base tecnológica, en especial de biotecnología, nanotecnología y diagnóstico, trabaja en distintos proyectos relacionados con la agroindustria, con el objetivo de mejorar los procesos productivos de cultivo y recolección y se dedica al desarrollo de sistemas de generación de energía renovables (fotovoltaica, eólica e hidráulica), tanto para instalaciones de autoconsumo, como proyectos de producción industrial. Parte de la estabilidad económico-financiera del grupo viene determinada por la empresa biotecnológica Certest Biotec que forma parte del grupo empresarial y es fuente de gran parte de sus ingresos pasados y futuros.


El proyecto tiene dos partes diferenciadas, ambas ubicadas en el mismo emplazamiento, que son:


- Cultivos hidropónicos: cultivos de flores comestibles y microgreens que se llevarán a cabo en módulos de control, desarrollados por Modulagrofarm (empresa del grupo), que se instalarán en el interior de los polvorines. Con esto se consigue una producción constante sin limitaciones climatológicas y, al estar ubicados en el interior de los polvorines, no se produce un impacto visual sobre el paisaje. La rentabilidad de estos cultivos es elevado, puesto que a pesar de la inversión inicial son cultivos que necesitan menos recursos para obtener los productos. Además, se eliminan gastos de gestión de residuos puesto que no se generan.


Estos cultivos se dispondrán en módulos dentro de los polvorines, simulando un invernadero bajo roca, aprovechando las condiciones del interior, pero sin alterar su estructura y respetando las edificaciones.


La puesta a punto de las necesidades de los cultivos se realizará por parte del proyecto Germigreens, ya que dentro de Ataraxial es la parte destinada a la producción de cultivos hidropónicos. Posteriormente se procederá al traslado a las instalaciones de Innoflower o de Ataraxial para su envasado y/o transformación y posterior venta al consumidor final. Dado que se podrá romper con la estacionalidad de algunas especies, se podrá posicionar líder en su sector al tener la posibilidad de distribuir flores todo el año independientemente del ciclo estacional de crecimiento de cada variedad.


- Invernadero experimental: un invernadero situado en las inmediaciones de los polvorines, el cual servirá para investigar especies autóctonas, así como nuevas especies y recuperación de especies de la zona. Se realizarán actividades didácticas sobre las propiedades de estos cultivos, la importancia del cuidado del medio ambiente y de una alimentación sostenible y saludable. También se realizarán talleres con escuelas de cocina y con personas interesadas en el mundo gastronómico.


Todo el proyecto en global está destinado a transformar un paraje en desuso en una zona de referencia de cultivos novedosos, cultivos ecológicos y sostenibles, dando un valor diferencial a la zona donde se va a desarrollar. Y, en concreto, tiene los siguientes objetivos:


- Innovación en cultivos hidropónicos, centrándose en cultivos que aporten un gran valor nutricional y mejoren la soberanía alimentaria, pudiendo convertirse en un referente de investigación agroalimentario de cultivos a través del invernadero.


- Recuperación de semillas autóctonas, como podría ser el garbanzo de Huérmeda u otros de los que se valore su interés gastronómico y cultural.


- Producción de flores comestibles durante todo el año, para poder dar una continuidad a este producto sin verse afectado por su estacionalidad.


- Estudios de agricultura sostenible para ajustar las necesidades de los cultivos lo máximo posible teniendo el menor desperdicio de los productos obtenidos.


- Puesta en valor de la zona con el invernadero de experiencias, dando prioridad a un turismo de calidad, siendo referente para encuentros gastronómicos, catas u otras actividades.


- Formación tanto en medio ambiente, como en agricultura sostenible y alimentación saludable.


Los aspectos socio-económicos más relevantes del proyecto de inversión, que se describen en la memoria justificativa presentada por la sociedad promotora, pueden resumirse en los siguientes:


- El proyecto se desarrollará en los polvorines de Campiel (Villarvilla-Campiel), en el término municipal de Calatayud. Se trata de un conjunto de parcelas repartidas en los parajes de Campiel, Villarvilla y Ahuero. Es una zona no urbanizable de protección especial, con régimen urbanístico específico, en concreto, dentro de suelo no urbanizable especial de protección del ecosistema natural SNUE-EN (EI).


- La inversión económica aproximada prevista para el proyecto se estima en 3 millones de euros que se realizará entre 2023 y 2025 en tres fases: urbanización de los polvorines, invernadero de experiencias y unión de los polvorines. Los polvorines irán explotándose de forma progresiva, alcanzándose el 100% del aprovechamiento en 2027.


- En relación con la creación de empleo, el grupo Ataraxial cuenta con 50 trabajadores (sin contar con la plantilla de Certest Biotec), de los cuales 5 están directamente relacionados con el proyecto y 16 de ellos pertenecen a Innoflower, empresa del grupo que también estaría vinculada con el proyecto. Para cumplir el plan de negocio de este proyecto, se estima que será necesario crear alrededor de 15 puestos de trabajo directos en los próximos 5 años. Adicionalmente, en las épocas de mayor demanda, se prevé que sea necesario algún puesto adicional para la recogida de producto y su posterior distribución tanto como parte de Ataraxial como por parte de Innoflower. El empleo se creará de forma indefinida, entre un amplio abanico de cualificaciones, salvo para los picos de demanda, que serán fijos-discontinuos.


Desde el punto de vista de empleo indirecto, el proyecto favorecerá la consolidación del grupo empresarial en la comarca de Calatayud, lo que favorecerá al posicionamiento de la zona y, por tanto, a la atracción de otras empresas del sector que lleven a cabo actividades complementarias como el procesado de los productos.


El proyecto ha sido analizado por parte de la Dirección General de Economía del Departamento de Economía, Planificación y Empleo, que emitió informe con fecha 12 de abril. En dicho informe expone el impacto positivo que tendrá el proyecto en la comarca y en el municipio en cuanto al volumen de empleo que se estima que va a crear en la zona, ya que "según los últimos datos disponibles del IAEST, se registraron 1.016 personas paradas en el mes de febrero de 2023 en el municipio de Calatayud (de acuerdo al padrón, su población era de 19.776 habitantes en el año 2022), y 1.627 personas paradas en la comarca de la Comunidad de Calatayud en el mismo mes. Ello pues supondría un gran impulso para la reducción del desempleo local y de toda la comarca, que evidentemente tendrá que abastecer de fuerza de trabajo esta instalación".


Por otra parte, el informe destaca el sector económico en que se desarrollará el proyecto: la industria y su importancia en Aragón: "la Comunidad Autónoma de Aragón presenta una especialización productiva relativa en el sector industrial, respecto al conjunto de España, lo que produce importantes impactos positivos para la economía regional. Por un lado, y como la teoría y evidencia empírica económica han demostrado ampliamente, la industria es el sector que crea más valor añadido por unidad de trabajo; es decir, es el sector de la economía con mayor productividad en su conjunto. Por otro lado, la industria aragonesa es el principal agente de las exportaciones regionales. Además, el empleo que genera es de mayor calidad que el de los otros sectores, tanto por su menor tasa de temporalidad, como por la cualificación exigida a sus trabajadores de los distintos niveles. Por otra parte, es el sector que más esfuerzo inversor realiza en I+D+i privado. Por ello, todos los proyectos empresariales que permitan una ampliación de las capacidades productivas industriales en la Comunidad Autónoma, contribuyen a potenciar los determinantes económico sociales señalados".


Y, dentro de la industria, el informe destaca la importancia de la industria alimentaria en Aragón: "La instalación de este proyecto en la Comunidad Autónoma de Aragón resulta coherente con la delimitación de Sectores Estratégicos enunciada por el Gobierno de Aragón, entre los que se encuentra la Industria de la Alimentación, cuya importancia relativa se sitúa en torno al 2,8% del VAB total de la Comunidad Autónoma y el 3,2% del empleo total regional, de acuerdo con las estimaciones del Instituto Aragonés de Estadística. Así, este proyecto refuerza la especialización industrial de Aragón contribuyendo también al dinamismo mostrado en los últimos años por la actividad agrícola.


En este marco estratégico de especialización productiva regional se encuadra el proyecto de inversión presentado por Ataraxial, SLU, que contribuirá a reforzar el proceso de convergencia de especialización productiva industrial manufacturera del municipio de Calatayud y de la comarca Comunidad de Calatayud. Así lo evidencian los últimos datos disponibles del IAEST que analizan el Valor Añadido Bruto comarcal, que muestran cómo el peso del sector industrial manufacturero en relación al total del VAB de la comarca de la Comunidad de Calatayud alcanzaba el 15,7% en el año 2019 (último dato disponible), mientras que en el conjunto de Aragón su peso era del 17,8% del VAB total".


En virtud de lo anteriormente expuesto, la Dirección General de Economía concluye informando favorablemente la declaración del proyecto como inversión de interés autonómico por todas las consecuencias positivas para la Comunidad Autónoma que pueden derivarse en materia de cohesión territorial, inversión y generación de empleo, en concreto por el importante efecto positivo que tendrá para la dinamización económica del municipio y la comarca y por ser una inversión generadora de riqueza e ingresos en el ámbito local. Así, señala los efectos que tendrá el proyecto desde la perspectiva económica, social y territorial:


"Desde el punto de visto económico, el proyecto fortalecerá el tejido empresarial en un sector estratégico para la Comunidad Autónoma como es la Industria de la Alimentación, así como sus implicaciones para el sector agrícola. Además, por las características del proyecto presentado, este permitiría generar un crecimiento local endógeno, duradero, innovador y sostenible. Asimismo, el proyecto tendrá un destacado impacto social al generar empleo local cualificado, lo que refuerza la cohesión social e incide positivamente en la estructura social actual de la zona, configurándose como una palanca de desarrollo económico y social no solo para el municipio de Calatayud y del conjunto de la comarca de la Comunidad de Calatayud, sino para todo Aragón.


Adicionalmente, desarrollar el proyecto de inversión que promueve Ataraxial SLU generará, junto a la propia inversión económica y creación de empleo ya citados anteriormente, la obtención de sumas de ingresos en tasas e impuestos municipales y autonómicos durante las próximas décadas, lo que repercute favorablemente en su capacidad económica y las dotan de recursos para acometer tanto la ampliación de los servicios existentes como la implantación o mejora de los equipamientos necesarios.


Desde la óptica territorial, este proyecto contribuye a la cohesión regional, fomentando un asentamiento de la población en el territorio oscense durante los próximos años. A tal efecto, cabe destacar que la generación de empleo en el medio rural es un objetivo básico de la Política Demográfica y contra la despoblación de la Comunidad Autónoma de Aragón, ya que es un pilar fundamental que contribuye a revertir la pérdida de población que ha experimentado el medio rural aragonés".


En consecuencia, visto el informe de la Dirección General de Economía y considerando que constituyen objetivos estratégicos del Plan del Gobierno de Aragón promover la actividad económica y el empleo en el mundo rural, impulsar el desarrollo de la economía y apoyar los proyectos empresariales en Aragón; se concluye que el proyecto de inversión promovido por Ataraxial SLU reúne los requisitos para su declaración como una inversión de interés autonómico, con los efectos previstos en los artículos 6 y siguientes del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón. Y ello, por las consecuencias positivas que tanto para el municipio afectado, como para la Comunidad aragonesa pueden derivarse, tanto por su localización, volumen de inversión, como por su contribución al desarrollo del medio rural y al impulso del sector de la industria, clave en nuestra región.


Dicha declaración, conforme ya se ha indicado, conlleva que todos los trámites administrativos vinculados a la autorización, ejecución y desarrollo del proyecto tendrán un impulso preferente y urgente por parte de las Administraciones Públicas aragonesas, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, con las especificaciones establecidas en los artículos 10 y 11 del citado Decreto-ley en materia de urbanismo y medio ambiente.


La redacción de este último precepto fue modificada por el artículo 17 de la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, al objeto de indicar que "La declaración de un proyecto de inversión como de interés autonómico conllevará la aplicación de la tramitación de urgencia y el despacho prioritario de los procedimientos administrativos ambientales previstos en la normativa autonómica, de acuerdo con los artículos 33 y 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respectivamente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios establecidos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos".


No obstante, de acuerdo con el interés público presente en el referido proyecto, ampliamente justificado en este acuerdo con la concurrencia de los requisitos para su declaración como una inversión de interés autonómico, se considera procedente, de forma adicional, aplicar la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, además de a los procedimientos medioambientales previstos en el citado artículo 11 del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, al resto de los procedimientos administrativos que resulte necesario tramitar para la ejecución del presente proyecto.


Sin perjuicio de lo expuesto, hay que recordar que la declaración de inversión de interés autonómico no exime a la mercantil solicitante del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para que se otorguen las autorizaciones y actos administrativos necesarios, ni condiciona a la Administración en la aplicación de la normativa legalmente exigible.


De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, las declaraciones de inversión de interés autonómico deberán acordarse a propuesta de cualquiera de los miembros del Gobierno de Aragón, en cualquier momento de la tramitación administrativa del expediente, si bien sólo surtirán efectos a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión. A su vez, corresponde al Departamento de Economía, Planificación y Empleo, y en concreto a su Secretaría General Técnica, "la promoción e impulso de proyectos de inversión de interés autonómico", y "el impulso y tramitación de los expedientes relativos a proyectos de inversión de interés autonómico", de acuerdo con el Decreto 29/2020, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento.


En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, como competente para impulsar el procedimiento referido a la inversión cuya declaración de interés autonómico se solicita, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 3 de mayo de 2023, se adopta el siguiente


acuerdo:


Primero.- Declarar el proyecto empresarial promovido por Ataraxial, SLU, para desarrollar cultivos hidropónicos de flores comestibles y germinados en los polvorines de Campiel (Calatayud), como una inversión de interés autonómico, a los efectos previstos en el Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica de Aragón, que incluye la aplicación de la tramitación de urgencia y el despacho prioritario de los procedimientos administrativos ambientales previstos en la normativa autonómica y la consiguiente reducción a la mitad los plazos ordinarios establecidos, de acuerdo con lo previsto en la nueva redacción del artículo 11 de dicho Decreto-ley.


Asimismo, de acuerdo con el interés público concurrente en el referido proyecto derivado de la anterior declaración, se acuerda de oficio aplicar la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al resto de los procedimientos administrativos que resulte necesario tramitar para la ejecución del proyecto.


Segundo.- Publicar el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón".

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