Departamento de educación, cultura y deporte - Otras disposiciones y acuerdos (BOA 2023-90)
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ORDEN ECD/609/2023, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/1828/2022, de 9 de diciembre, por la que se convocan las ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas.
Por Orden ECD/1828/2022, de 9 de diciembre, se aprobó la convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva en la Comunidad Autónoma de Aragón para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Dicha Orden, en su capítulo III, artículo 40.2, establece la distribución presupuestaria, al señalar que "La distribución presupuestaria estimada por categorías y anualidad será la siguiente:
Si las solicitudes presentadas por categoría no agotan el crédito que tienen asignado en el párrafo anterior, el crédito sobrante se podrá destinar a las otras categorías en las que esté agotado el crédito".
Al no haber sido ejecutados los importes asignados a la anualidad de 2022, se ha realizado una incorporación de remanentes de crédito del año 2022 al año 2023, al amparo del artículo 6 del Decreto-Ley 2/2022, de 6 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para agilizar la gestión de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación (Next Generation EU-MRR) para la reactivación económica y social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
En consecuencia, según lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:
Primero.- Modificación de la Orden ECD/1828/2022, de 9 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva en la Comunidad Autónoma de Aragón para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Uno. Se modifica el artículo 40, punto 2, del capítulo III de la Orden de convocatoria, que queda redactado como sigue:
"La distribución presupuestaria estimada por categorías y anualidad será la siguiente:
Si las solicitudes presentadas por categoría no agotan el crédito que tienen asignado en el párrafo anterior, el crédito sobrante se podrá destinar a las otras categorías en las que esté agotado el crédito."
Segundo.- Efectos.
Esta Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".
Zaragoza, 9 de mayo de 2023.
El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO